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Batallones de trabajadores y campos de concentración

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.37274.CDMH/7.22.1

Título /Nombre Atribuído: Batallones de trabajadores y campos de concentración

[c] 01-01-1937 / 31-12-1947

Nivel de Descripción: Fondo

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/6084287

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica:

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Fondo integrado por más de 150.000 páginas de justificantes de revista y otros documentos contables remitidos por los responsables de los campos de concentración y batallones de trabajadores al Tribunal de Cuentas para su fiscalización. Los documentos que predominan son de dos tipos: 
1. En su mayor parte se trata de extractos o justificantes de revista elaborados mensualmente para el pago de haberes de los presos por el trabajo realizado. 
2. Relaciones nominales de altas y bajas de presos elaboradas también mensualmente en las que se indican los días de salario devengados a cada uno. 
La documentación recoge la información remitida al Tribunal de Cuentas desde los campos de concentración, depósitos de prisioneros, hospitales de prisioneros, batallones de trabajadores, batallones de trabajadores especializados, batallones disciplinarios de soldados trabajadores y batallones disciplinarios de soldados trabajadores penados. 
En algunas ocasiones los documentos muestran informaciones adicionales, como por ejemplo la procedencia de los presos, su traslado a otros campos, hospitales o batallones, su puesta en libertad y a veces también las tareas que realizaban. 
La mayor parte de los documentos corresponden al periodo comprendido entre 1937 y 1945. Solamente la documentación procedente del campo de concentración de Miranda de Ebro (Burgos) abarca el periodo de 1937 a 1947. 
La fuerza de trabajo de los batallones se dedicó a la construcción de obras públicas e infraestructuras y a la reconstrucción de las que habían sido dañadas durante la guerra civil, como aeropuertos, pantanos, ferrocarriles, minas, puertos y canales, entre otros. 
  
BATALLONES DE TRABAJADORES. BATALLONES DISCIPLINARIOS DE SOLDADOS TRABAJADORES. BATALLONES DISCIPLINARIOS DE SOLDADOS TRABAJADORES PENADOS. 
Al iniciarse la guerra civil, en 1936, el bando sublevado creó los primeros batallones de trabajadores dependientes de unidades militares. En mayo de 1937 Francisco Franco firmó un Decreto por el que se concedía el derecho al trabajo a los prisioneros de guerra y presos por delitos no comunes que constituyó la base para el establecimiento de un doble sistema de trabajos forzados: 
1. En primer lugar un Sistema de Redención de Penas por el Trabajo destinado a personas que habían sido condenadas por los tribunales militares a penas de prisión. Este sistema fue creado en virtud de una Orden del Ministerio de Justicia de 7 de octubre de 1938 y permitía a los condenados redimir días de cárcel por días de trabajo remunerado. 
2. En segundo lugar un sistema de batallones de trabajadores en los que se encuadraba a las personas clasificadas como desafectas al llamado Movimiento Nacional que, sin embargo, no habían recibido una condena de los tribunales. 
En julio de 1937 se creó la Inspección de Campos de Concentración de Prisioneros. El sistema preveía la concentración de los opositores y desafectos en campos y depósitos de prisioneros donde se llevaba a cabo su clasificación en dos grupos: 
El primero era el de aquellos que, tras haber sido acusados formalmente de un delito, debían ser juzgados por los tribunales militares. 
El segundo grupo lo formaban el resto, los prisioneros no procesados judicialmente pero clasificados como Desafectos o Afectos dudosos, que eran destinados a los batallones de trabajadores. Estos batallones funcionaron entre 1937 y 1940 bajo la dependencia directa de la Inspección de Campos de Concentración de Prisioneros. 
En 1940 los batallones de trabajadores originarios fueron sustituidos por los nuevos batallones disciplinarios de soldados trabajadores. Su origen se encuentra en la Orden del Ministerio del Ejército de 20 de diciembre de 1939 sobre Servicio Militar y Marina, que no reconocía como válido el servicio militar prestado en el ejército republicano durante la guerra civil. La medida afectaba a todos los varones pertenecientes a los reemplazos de 1936 a 1941, cuyos expedientes eran examinados por las Juntas de Clasificación y Revisión de las Cajas de Recluta. Al no considerarse válido su periodo de servicio militar, aquellos que fueron considerados desafectos al nuevo régimen fueron obligados a trabajar durante un periodo de tiempo equivalente en los batallones disciplinarios como soldados trabajadores dentro de una estructura institucional que ahora dependía del ejército. 
El nuevo sistema era una continuación del antiguo, ya que los presos eran concentrados en los campos y depósitos de prisioneros, donde se llevaba a cabo su clasificación, ahora por la Jefatura de Campos de Concentración y Batallones de Trabajadores, dependiente del Ministerio del Ejército, que sustituyó a la Inspección de Campos de Concentración de Prisioneros. 
Además de los jóvenes en edad militar clasificados como desafectos por haber servido en el ejército republicano, en los nuevos batallones disciplinarios se encuadró también a los soldados desertores del ejército sublevado y a los que durante la guerra civil se habían evadido a la zona republicana, a los soldados republicanos extranjeros presos, a los sancionados por la Fiscalía Superior de Tasas y a los condenados por consejos de guerra a penas de trabajo. 
Los batallones disciplinarios de soldados trabajadores permanecieron activos hasta diciembre de 1942. Una Orden del Ministerio del Ejército de 28 de octubre de 1942 estableció que el 31 de diciembre de ese año quedaría disuelta la Jefatura de Campos de Concentración y Batallones de Trabajadores y que desde el día 15 de ese mismo mes el personal encuadrado en los batallones quedaría incorporado a las unidades del ejército en situación de servicio militar activo, a excepción de los penados y de los sancionados por la Fiscalía Superior de Tasas. 
Por su parte, los batallones disciplinarios de soldados trabajadores penados estuvieron formados exclusivamente por personas que habían sido condenadas por los tribunales o sancionadas por la Fiscalía Superior de Tasas. Se crearon en 1941 y subsistieron hasta 1948. Hubo ocho de estos batallones divididos en dos agrupaciones. La primera estaba destinada en Ceuta y la segunda en la Segunda Región Militar, que tenía su Capitanía General en Sevilla, dedicadas a tareas de fortificación y otras obras militares a ambos lados del Estrecho de Gibraltar. 

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: REGULAR

Observaciones Conservación: Algunos documentos presentan decoloración y los bordes deteriorados

Índices de Descripción:

  • Represión política
  • Batallones disciplinarios
  • Campo de concentración de Miranda de Ebro (Burgos)
  • Presos políticos
  • Evacuados y refugiados
  • Campos de concentración

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias: El Centro Documental de la Memoria Histórica dispone de una copia del fondo en soporte digital almacenada en cuatro discos duros. Signaturas: SI,1899 a SI,1902.

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas: La documentación de este fondo se complementa con la que se conserva en los siguientes archivos: 
1. Fondos de los tribunales militares territoriales y de los juzgados togados militares, que se conservan en los archivos intermedios de las regiones militares. 
2. Archivo General Militar de Ávila. Entre los fondos del Cuartel General del Generalísimo se conservan documentos y memorias de la Inspección de Campos de Concentración de Prisioneros, así como listados de altas y bajas de prisioneros. 
3. Archivo General Militar de Guadalajara. Conserva expedientes personales de los integrantes de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores, así como documentación sobre los presos extranjeros confinados en el campo de concentración de Miranda de Ebro. 
4. Fondo de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Archivo del Ministerio del Interior. 

Notas de Publicaciones:

  • Acosta Bono, G., et al., El Canal de los Presos (1940-1962), Trabajos forzados: de la represión política a la explotación económica. Barcelona, Crítica, 2004.

    Arenal, I., 95 Batallón de Trabajadores. Madrid, 1999.

    Molinero, C.; Sala, M.; Sobrequés, J. (eds.), Los campos de concentración y el mundo penitenciario en España durante la guerra civil y el franquismo. Barcelona, Crítica.

    López Giménez, F.J., "La 2ª Agrupación de Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores Penados". En Boletín Informativo del Sistema Archivístico de la Defensa. Madrid, Unidad de Coordinación de Archivos Militares, 2003.

    Llarch, J., Batallones de Trabajadores. Barcelona, Editorial Vergi, 1975.

    Pascual, P., "Campos de concentración en España y Batallones de Trabajadores". Historia 16, número 310, 2001.

Área de Notas y Control

Notas: Signaturas: INCORPORADOS,1608 a INCORPORADOS,1752

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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