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Tratado de Londres suscrito por Felipe II y Jacobo VI Appiani d'Aragona, señor del Piombino.

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28079.AHN/1.1.7.13.3.57

Título /Nombre Formal: Tratado de Londres suscrito por Felipe II y Jacobo VI Appiani d'Aragona, señor del Piombino.

[f] 29-05-1557 -

Nivel de Descripción: Subserie

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/5681037

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/5681037

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica:

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Los Presidios de Toscana o Estado de los Reales Presidios, constituyeron una entidad territorial bajo soberanía de la Monarquía Hispánica en la costa de Toscana entre 1557 y 1707. Durante la Guerra de Sucesión Española pasaron a manos austríacas y posteriormente quedaron bajo la soberanía del rey de Nápoles hasta su desaparición en 1801.

Los Presidios estaban situados en la costa tirrenica de Toscana, se trataba de Orbetello (capital de los mismos), Porto Ercole, Porto San Stefano, Talamone, Ansedonia, Piombino, y la isla de Elba (que incluía el presidio de Porto Longone, actual Porto Azzurro).

Con los Tratados de Londres y Florencia, suscritos respectivamente el 29 de mayo y el 3 de julio de 1557, se restablecieron importantes equilibrios en la Toscana de los Médici dos años después de la conclusión de la Guerra de Siena que había visto enfrentarse a las tropas francesas aliadas de la República de Siena con las tropas imperiales de Carlos V, aliadas de Cosme I de Médici, duque de Florencia.

El primer tratado, suscrito por Felipe II y Jacobo VI Appiani d'Aragona, señor del Piombino, imponía la restitución por parte de Cosme I de la Señoría del Piombino junto con la isla de Elba, a excepción de Portoferraio, a Jacobo VI Appiani y el establecimiento de algunos contingentes españoles en Piombino y Scarlino, que van a constituir el núcleo de los presidios septentrionales. La Corona de España se reservaba además, la posibilidad de fortificar la isla de Elba, como ocurrirá de hecho en la primavera de 1603 cuando se inicien las labores de fortificación de Porto Longone.

El segundo tratado, a su vez, sanciona oficialmente el fin de la República de Siena y su cesión en calidad de feudo ("in feudum nobile, ligium, et honorificum") al duque de Florencia que a su vez debía jurar fidelidad al rey de España y a sus sucesores. Además Felipe II se reservaba el control de los importantes puestos marítimos de Porto Ercole, Talamone, Orbetello, Porto Santo Stefano y de todo el Argentario que constituirían de esta forma los presidios meridionales.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • España, reino
  • Tratado de Londres, 1557
  • Política exterior
  • Diplomacia
  • España
  • Piombino (señorío, jurisdicción antigua, Toscana, Italia)
  • Tratados

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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