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Detalle Archivo


ARCHIVO DE CONCEJO DE BOGOTÁ, COLOMBIA

EAG

Área de Identificación

Identificador: CO. 11001. CdeB

Forma(s) autorizada(s) del nombre: ARCHIVO DE CONCEJO DE BOGOTÁ, COLOMBIA

Forma(s) paralela(s) del nombre:

Otra(s) forma(s) del nombre: Concejo Distrital

Tipo de Institución que conserva los fondos de archivo:

Titularidad: Archivos de titularidad publica

Categoría:

  • Archivos Territoriales

Subcategoría:

Gestión: Administración Central

Ciclo Vital:

  • Archivo Central

Área de Contacto

Localización y direcciones:

Area geográfica: Iberoamérica

País: Colombia

CC.AA./1ª División: Departamento de Cundinamarca

Provincia/2ª División:

Municipio: BOGOTÁ

Núcleo de Población menor: Localidad de Teusaquillo

Dirección: Calle 36 No. 28 A - 41 

Latitud: 4.62517

Longitud: -74.078

Abrir en Google Maps

Forma de Acceso: Calle 36 y Carrera 28 a

Parking Público: NO

Teléfono, fax, correo electrónico:

Teléfono:

  • 2088210

Fax:

Correo electrónico:

Página Web:

Persona de contacto:

Director:

  • Apellidos: Giraldo Jiménez
  • Nombre: Dora Luz
  • Cargo: Profesional Especializado
  • Fecha de Nombramiento: 2011-01-01

Informante:

  • Apellidos: Niño Fajardo
  • Nombre: Carolina
  • Cargo: Profesional Universitario
  • Fecha de Cumplimentación: 2012-03-01

Área de Descripción

Historia de la institución que custodia los fondos de archivo:

GOBIERNO COLONIAL DE BOGOTÁ

El proceso de dominación de los territorios americanos por parte de la monarquía española, comprendió un modelo de administración centralista, conformada jerárquicamente por un Consejo de Indias, Audiencias, Cabildos y Tribunales Reales. Con una burocracia diversa, se constituyeron los órganos de gobierno, representantes de la Corona Española, como: virreyes, capitanes, generales, gobernadores, corregidores, escribanos y alguaciles. A nivel local se establecieron los Cabildos, integrados por el alférez real, alcaldes, regidores, un procurador general, un mayordomo, un escribano, un alguacil, y otros oficios menores, su función era debatir y deliberar en diversos asuntos del gobierno en los territorios de Nueva Granada.

Santafé de Bogotá se fundó en 1538 por Gonzalo Jiménez de Quesada, y el Cabildo fue establecido en 1539. Cuando se instaló la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada en 1550, el Cabildo tuvo la facultad de nombrar el representante de la ciudad, el teniente, la justicia mayor y el capitán general, también se convirtió en representante y defensor de la ciudad. Sus atribuciones durante el periodo colonial comprendieron: recibir altos dignatarios, representar a la ciudad en actos protocolarios y ceremonias, administrar las obras pías y nombrar santos patronos, establecer el precio a los alimentos y vigilar su calidad, la construcción de fuentes de agua y limpieza de cañerías, y hacer mercedes de tierras baldías, entre otros .

EL GOBIERNO REPUBLICANO

Posteriormente, en los albores de la República la administración territorial se instituyó sobre la figura de cuatro (4) poderes: un Intendente, nombrado por el Presidente de la República, quien se encargó de la administración departamental; un Gobernador en cada provincia, subordinado al Intendente; las Asambleas Provinciales; y, los Cabildos o municipalidades de los Cantones. En ese contexto, el proceso de ordenamiento constitucional fluctuó entre ideas centralistas y federalistas durante el siglo XIX, donde el Cabildo continuó siendo parte del poder municipal, pero ahora sometido al poder regional del gobernador.

Con la promulgación de la Ley 11 de marzo de 1825, el Concejo Municipal tenía a cargo las siguientes atribuciones: ejercía como policía de la salubridad pública; el fomento de la industria, la agricultura y el comercio; el cuidado de las escuelas de primeras letras; la comodidad y ornamentación del cantón, entre otros.

Más tarde, con la Constitución Nacional de 1886 la administración municipal se institucionalizó mediante dos (2) poderes: el Alcalde, quien fungió como agente del Gobernador y a la vez mandatario del pueblo; y el Consejo Municipal, como corporación administrativa elegida popularmente por periodo de dos años, responsable de ordenar lo conveniente a la administración municipal, llevar el movimiento anual y censo de la población.

CÓDIGO DE RÉGIMEN POLÍTICO Y MUNICIPAL DE 1913

A partir del siglo XX las atribuciones legales del Concejo Municipal se fueron ampliando: con la expedición de la Ley 4 de 1913 “Código de Régimen Político y Municipal”, el Concejo se encargó en adelante de ordenar lo conveniente por medio de acuerdos para la administración del municipio; votar de conformidad con la constitución la ley, las ordenanzas, las contribuciones y gastos locales; llevar el movimiento anual de la población; formar el censo civil; nombrar jueces, personeros y tesoreros municipales. Desde entonces, el Concejo de Bogotá quedó conformado por quince (15) cabildantes, elegidos para periodos de dos (2) años; un presidente, un vicepresidente y un secretario. Existían las siguientes Comisiones Permanentes: presupuesto, obras públicas, higiene y beneficencia, instrucción pública, primera y segunda de contratos, gobierno y policía, ornato y cementerios, mercados.

CLAUSURA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

En 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el país, por lo cual se suspendieron las sesiones del Congreso Nacional, de las Asambleas y los Concejos Municipales hasta convocar a elecciones tanto para Presidente, como para las corporaciones públicas a celebrarse en 1957. Debido a que los Concejos Municipales se consideraron motivos de perturbación, se constituyeron Consejos Administrativos para asumir las funciones que venían ejerciendo los Concejos. En consecuencia, hacia 1954 el Concejo de Bogotá pasó a denominarse Consejo Administrativo, integrado por trece (13) miembros, entre ellos el Alcalde Mayor, quien se encargó de presidirlo; seis (6) elegidos por el Presidente de la República; y seis elegidos por elección popular.

Bajo el Consejo Administrativo se creó el Jardín Botánico José Celestino Mutis (1955); se creó la Lotería de Bogotá (1956); se creó la Banda Sinfónica Distrital (1957); se crearon las Juntas de Acción Comunal, entre otros. Con la reforma administrativa del Distrito Especial de Bogotá, promulgada mediante el Decreto Presidencial 3133 de 1968 (diciembre 26) dispuso que quince (15) fuera el número de cabildantes al Concejo de Bogotá, y se mantuvo el periodo de elección popular a dos años.

ESTATUTO ORGÁNICO DE BOGOTÁ, 1993

Más tarde, la Constitución Nacional de 1991 otorgó a Bogotá el estatus de Distrito Capital de la República, y capital del departamento de Cundinamarca, ordenando la creación de un nuevo régimen político y administrativo para la ciudad. Dos años después, mediante el Decreto Ley 1421 de 1993 (julio 21) se estableció el régimen especial para Bogotá, fijando el Concejo como la suprema autoridad del Distrito Capital, correspondiéndole vigilar y controlar la gestión que cumplen las autoridades distritales.

En el marco de esta Ley, el Concejo de Bogotá quedó conformado por cuarenta y cinco (45) cabildantes, elegidos popularmente por un periodo de tres años, a cargo de las siguientes funciones: dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; adoptar el Plan General de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas, entre otras funciones descritas en la misma Ley.

En el año 2001 el Concejo de Bogotá definió la siguiente estructura interna para la ejecución de sus funciones administrativas :

1. Dirección de Relaciones Industriales
1.1. División de Personal
1.2. División de Servicios Generales.

2. Unidad de Sistemas y Banco de Datos.
2.1. División de Correspondencia.
2.2. División de Documentación y Registro.
2.3. Biblioteca.

3. Unidad de Comunicaciones y Publicaciones.
3.1. División de Relatoría
3.2. División Anales y Publicaciones.

4. Oficina de Divulgación y Prensa
4.1. Sección de Protocolo.

5. Unidad de Control Interno.

Por su parte, la estructura de control político y normativo se realizó mediante la sesión plenaria, conformada por todos los Concejales; la Mesa Directiva, compuesta por un presidente, dos vicepresidentes y el Secretario General; las Comisiones Permanentes, integradas cada una por la tercera parte de los cabildantes, especializadas en las siguientes áreas: Comisión del Plan de Desarrollo, Comisión de Gobierno, y Comisión de Presupuesto y Hacienda Pública. De igual forma, se creó una Unidad Asesora Legislativa, que sirve de apoyo a la función legislativa del Concejo. Dos años después, se cambió la denominación de esta dependencia por Unidad de Apoyo Normativo.

Desde el año 2012 el Concejo de Bogotá funciona con la siguiente estructura organizacional, proferida mediante el Acuerdo 492 de septiembre 20:

1. Mesa Directiva.
1.1. Oficina de Control Interno.
1.2. Oficina Asesora de Comunicaciones.
1.3. Oficina Asesora de Planeación.
2. Secretaría General.
2.1. Comisiones Permanentes.
3. Dirección Jurídica.
4. Dirección Administrativa.
5. Dirección Financiera.

Fundación del archivo:

  • Fecha: 1910-01-01
  • Norma(s): Acuerdo Legislativo No. 3 de 1910

Año de apertura al público del archivo:

Existencia de Patronato: No

Existencia de Asociación de Amigos del Archivo: No

Integración en sistema archivístico o red de archivos: Sí

Supresión del archivo:

  • Fecha:
  • Norma(s):

Contexto cultural y geográfico: La ciudad de Bogotá, fundada en 1538, ejerció como sede de gobierno del Nuevo Reino de Granada y como su capital desde la instalación de la Audiencia de Santa Fe en 1550, condición que conservó durante los tres siglos de dominación española. Con el proceso de independencia, aunque la fisonomía administrativa de Bogotá cambió, siguió conservando su lugar como primer centro urbano del país, merecedor de un régimen jurídico diferente al de los demás municipios.

El área geográfica de Bogotá se amplió en 1954, con la expedición del Decreto Legislativo 3640 mediante el cual fue creado el Distrito Especial de Bogotá, anexando los municipios de Bosa, Engativá, Fontibón, Suba, Usme y Usaquén. Con la Constitución Política de 1991, Bogotá se convirtió en Distrito Capital de Colombia.

A partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en el año 1991, en el Articulo 332, se le otorga la facultad al Concejo de Bogotá la división administrativa del Distrito, a partir de esto la ciudad es dividida en 20 localidades, a partir de los siguientes criterios: La cobertura de los servicios básicos, comunitarios e institucionales, además de características sociales que les permitan identificarse.

Atribuciones, fuentes legales: =) Acuerdo Legislativo No. 3 de 1910
Decreto 3640 de 1954 (diciembre 17) “Por el cual se organiza el Distrito Especial de Bogotá”

=) Decreto 3133 de 1968 (diciembre 26) “Por el cual se reorganiza la organización administrativa del distrito especial de Bogotá”

=) Decreto 492 de 2012 (septiembre 20) “Por el cual se modifica la estructura organizacional del Concejo de Bogotá, D.C

Estructura administrativa del archivo:

  • •Plenaria del Concejo de Bogotá
    •Mesas Directivas del Concejo de Bogotá
    •Secretaría General
    •Archivo

Gestión de documentos y política de ingresos: GD-PR-01 Procedimiento de Gestión de Comunicaciones Oficiales.

Edificio:

  • Introducción: Hasta el año 1966, el Concejo funcionó en el Edificio Liévano donde actualmente se encuentra ubicada la Alcaldía de Bogotá, posteriormente se compró el convento, cuya capilla ahora hace las veces de recinto principal. La entrada al campanario de la capilla se clausuró, pero aún se conservan las escaleras en caracol, remodeladas. El anterior altar es el lugar donde hoy día reposan las mesas de las directivas del cabildo. El estilo republicano de la edificación concuerda con todo el mobiliario: las sillas y las curules de los concejales en el recinto son las mismas, pero remodeladas, que utilizó el primer Concejo en 1826.
    • Uso exclusivo para funciones archivísticas: Sí
    • Uso compartido con otras funciones administrativas: No
  • Superficie útil del edificio en metros cuadrados: 117.22
  • Metros cuadrados de depósito: 117.22
  • Instalaciones para materiales especiales: No
  • Capacidad total de los depósitos (metros lineales)

    • Metros lineales de estanteria (total): 713
    • Metros lineales estantería fija: 0
    • Metros lineales estantería móvil: 0
    • Metros lineales estantería disponibles: 37
    • Metros lineales estantería ocupados: 676
    • Estimación aproximada en porcentaje: 0
  • Año de construcción de edificio: 1984
  • Año de última reforma: 2016

    Destinado a:

    • Todas las funciones de archivo: No
    • Exclusivamente a depósito: No

Total Edificio(s):

  • Superficie útil total: 117.22
  • Superficie dedicada a depósito: 117.22
  • Metros lineales de estantería disponibles: 37.0
  • Metros lineales de estantería ocupados: 676.0

Documentación:

Metros lineales de documentación: 676

Fecha del documento más reciente: 2017-07-10

Fecha del documento más antiguo: 1825-01-04

Descripción somera de los fondos:

Fondo Concejo de Bogotá D.C. Archivo central ubicado en la calle 36 No. 28 A - 41.

Los documentos corresponden a la producción documental de las dependencias que ejercen funciones misionales de la entidad. Los asuntos identificados son:

• Actas de comisiones permanentes: años 2001-2012; 16.48 metros lineales en documentos empastados (libros), y 222 cajas X200.
• Actas de plenaria: años 1993-2011; 4,60 metros lineales en documentos empastados (libros).
• Anuarios del Concejo: años 1825-2014; 51 cajas X200.
• Libros radicadores de proyectos de acuerdo: años 1993-2000; 1 caja X200.
• Proyectos de acuerdo y acuerdos sancionados: años 2001-2015; 146 metros lineales de documentos empastados (libros) y 31 cajas X200.
• Proposiciones: años 1994-2012; 372 cajas X200.

Fondos y otras colecciones custodiadas:  Ver Cuadro de Clasificación

Instrumentos de descripción, guías y publicaciones:

  • Inventarios Documentales.

Área de Servicios

Sala de investigadores

¿Posee el archivo sala de investigadores? Sí

Número de puestos: 4

Número de ordenadores: 0

Número de lectores microfilm / microforma: 0

Petición anticipada de documentación: Sí

Observaciones:

Localización de la información

Reserva de documentación: No

Observaciones:

Servicio de ayuda a la investigación: No

Observaciones:

Biblioteca Especializada

¿Posee el archivo Biblioteca Especializada? No

Espacios Públicos

Servicios de difusión

¿Dispone de Salón de actos? No

Visitas guiadas: No

Aula didáctica: No

Sala de exposiciones: No

Servicios recreativos

Tienda-Librería: No

Restaurante/cafetería/máquina: No

Observaciones:

Alquiler de espacios para uso de terceros: No

Observaciones:

Servicios de reproducción

¿Existe servicio de reproducción documental? No

Servicios de conservación

Taller de encuadernación: No

Control medioambiental: No

Taller de restauración: No

Laboratorio fotográfico / microfilm: No

Equipamiento

Cámara analógica/digital de captura de imagen fija: No

Aparato lector/reproductor de microformas: No

Equipo de captura/reproducción de imagen en movimiento y sonido: No

Equipo de grabación/audición de registros sonoros: No

Impresora: Sí

Escáner: Sí

Nº de Ordenadores de Uso interno: 3

Funciones informatizadas

¿Forma parte del Sistema Integral de Gestión Archivística Estatal? No

¿Están las funciones informatizadas? No

  • Gestión de usuarios: No
  • Descripción de Fondos: No
  • Porcentaje descrito de forma informatizada:
  • Lenguajes documentales: No
  • Otra Información:

Página Web: Sí

Portal de difusión archivística: No

Acceso Inventario: Sí

Porcentaje Aproximado: 100

Área de Acceso

Horario:

Mañana: Sí

Tarde: Sí

Lunes a viernes:

  • Sólo mañana: No
  • Sólo tarde: No
  • Mañana y tarde interrumpido: No
  • Mañana y tarde continuado: Sí

Sábados, domingos y festivos:

  • Sólo mañana: No
  • Sólo tarde: No
  • Mañana y tarde interrumpido: No
  • Mañana y tarde continuado: No

Horario apertura al público: 8:00 A 17:00

Cerrado al público: Cerrado los fines de semana

Horas de Apertura Semanales en Invierno: 0.0

Horas de Apertura Semanales en Verano: 0.0

Condiciones y requisitos para el uso y acceso:

Restringido: Sí

Especificación del Acceso Restringido:

Acreditación: No

Accesibilidad:

  • Facilidades para personas con discapacidad: Sí

Área de Control

Identificador de la descripción: 1736264

Identificador de la institución:

  • Identificador del centro responsable de la descripción: Archivo de Bogotá- Subdirección Sistema Distrital de Archivos
  • Usuario Creación:
    • Login: Bogotá_3
    • Nombre Apellidos: Yasmeli Murcia Robayo
  • Usuario Modificación:
    • Login: pilar.gavete
    • Nombre Apellidos: María Pilar Gavete Sebastián

Reglas y convenciones:Descripción realizada conforme a: Consejo Internacional de Archivos.

ISDIAH. Norma internacional para describir instituciones que custodian fondos de archivo, adoptada por el Comité de Buenas Prácticas y Normas. Londres, Reino Unido, 10-11 marzo 2008. Versión española de Blanca Desantes Fernández.

ISAD (G) Norma Internacional general de Descripción Archivística, 2° ed., Madrid: Consejo Internacional de Archivos, 2000.

ISAAR (CPF) Norma Internacional sobre Registros de Autoridad de Archivos relativos a instituciones, personas y familias, 2° ed., Viena: Consejo Internacional de Archivos, 2004.

Estado de elaboración: Publicado

Nivel de detalle:Completo

Fechas de creación, revisión o eliminación:

  • Fechas de creación: 2017-09-21
  • Fechas de modificación: 2022-06-30

Lengua y escritura: Español: spa (ISO 639-2)

Lengua(s):  

Escritura(s):   

Fuentes:

  • Fuente empleada: =) Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política de Colombia de 1991. Consultado en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125

    =) Presidencia de la República de Colombia. Decreto 3640 de 1954 (diciembre 17) “Por el cual se organiza el Distrito Especial de Bogotá”. Consultado en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1563

    =) Presidencia de la República de Colombia. Decreto 3133 de 1968 (diciembre 26) “Por el cual se reorganiza la organización administrativa del distrito especial de Bogotá”. Consultado en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3788

    =) Presidencia de la República de Colombia. Decreto Ley 1421 de 1993 (julio 21) “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”. Consultado en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#180

    =) Concejo de Bogotá. Decreto 492 de 2012 (septiembre 20) “Por el cual se modifica la estructura organizacional del Concejo de Bogotá, D.C., se crean dependencias, se les asignan funciones y se modifica la planta de personal y la escala salarial”. Consultado en: Registro Distrital 4972 de septiembre 24 de 2012.

Nota:

Georreferencia:



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