Acceso Colaboradores
Identificador: ES. 46250. AHCV
Forma(s) autorizada(s) del nombre: ARCHIVO HISTÓRICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (ESPAÑA)
Forma(s) paralela(s) del nombre: Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana (España)
Otra(s) forma(s) del nombre: Archivo Central de la Generalitat Valenciana
Tipo de Institución que conserva los fondos de archivo:
Titularidad: Archivos de titularidad publica
Categoría:
Subcategoría:
Gestión: Administración Autonómica/Territorial
Ciclo Vital:
Localización y direcciones:
Area geográfica: España
País: España
CC.AA./1ª División: Comunidad Valenciana
Provincia/2ª División: Valencia - València
Municipio: VALENCIA
Núcleo de Población menor:
Dirección: Avda. de Campanar, 32 - 46015
Latitud: 39.48429
Longitud: -0.39261
Forma de Acceso:
Parking Público:
Teléfono, fax, correo electrónico:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Página Web:
Persona de contacto:
Director:
Informante:
Historia de la institución que custodia los fondos de archivo:
El Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana se crea por el artículo 88 de la Ley 12/2009, de Presidencia de la Generalitat, que modifica la denominación del Archivo Central de la Generalitat Valenciana creado por Decreto 57/1984, de 21 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, que tiene como misión recoger, conservar y disponer para su utilización los fondos documentales de la Generalitat Valenciana, cualquiera que fuera su soporte y forma de presentación.
La Ley Orgánica 5/1982 de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 31.6 atribuye a la Generalitat Valenciana compentencia exclusiva en materias relativas a Archivos que no sean de titularidad estatal. Por Real Decreto 3066/1983, de 13 de octubre se transfieren las competencias en materia de Cultura, y por Decreto 171/1983, de 29 de diciembre, de la Presidencia de la Generalitat Valenciana, dichas competencias las asume la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia y las asigna a la Dirección General de Cultura en conformidad con el artículo 14 del Decreto 38/1984, de Estructuración Orgánica, aprobado por el Consell el 2 de abril de 1984.
En este contexto legal y dado el gran interés que el titular de la Dirección General de Cultura tenía por la conservación de los fondos documentales de la Generalitat, se crea este Archivo.
El Decreto de creación del Archivo Central de la Generalitat Valenciana se publicó el 8 de junio de 1984 (D.O.G.V. 168) y es muy semejante al 914/1969 de creación del Archivo General de la Administración Civil (Alcalá de Henares) (B.O.E. 125), si bien no se marcan rígidos plazos de transferencias de documentación, por cuanto los señalados en la Administración del Estado no se cumplen, ni se realizan excesivas especificaciones pues la Comunidad Autónoma es una administración reciente con unas características en desarrollo constante. No se trataba tanto de formar una estructura rígida como de dar soporte legal a una necesidad que en ese momento comenzaba a plantearse, por la producción creciente de documentación de los distintos organismos de la Generalitat, conforme se iban realizando las transferencias y desarrollando el reciente Estatuto de Autonomía.
Según especifica el artículo 3 del Decreto de creación "anualmente las dependencias de la Administración Autonómica, coordinadas con los responsables del Archivo, remitirán a éste la totalidad de la documentación [...] que no sea necesaria para la tramitación de los asuntos y que carezca de vigencia administrativa, por haberse producido en la dependencia que los ha elaborado o tramitado la totalidad de sus efectos". Por consiguiente no hay un criterio fijo con respecto a la permanencia de la documentación en las dependencias que la producen, sino que los envíos se realizan anualmente cuando reúnan algunas de las condiciones expresadas.
Existen expedientes que una vez terminados no se vuelvan a consultar nunca, y en ese caso, al año siguiente podrán ser enviados al Archivo. Otros, por el contrario, tardan años en concluirse o se consultan con frecuencia y por tanto deberán permanecer en la oficina que los utilice. Cuando una serie documental se consulte poco y ocupe mucho espacio en la dependencia que la generó debe pasar al Archivo. No obstante, si queremos establecer un criterio rígido, cinco años es el tiempo que consideramos como norma. Todo documento debe conservarse y remitirse al Archivo Central, donde se estudiarán las series y se realizarán, en el momento adecuado, los correspondientes expurgos.
Con respecto a la disponibilidad de la documentación conservada en el Archivo el artículo 4 establece que "estará, en todo momento, a disposición de los organismos que hubieran remitido, facilitándoles, siempre que medie la solicitud por escrito del Jefe del Servicio o dependencia emanante de la documentación, cualquier información, copia o certificación que le soliciten e incluso, en casos estrictamente necesarios, los originales.
En virtud de la Ley 3/2005 de Archivos de la Generalitat este Archivo Central de la Generalitat Valenciana pasa a denominarse Archivo de la Generalitat y se erige en cabecera del Sistema Archivístico Valenciano (art. 7) . En este Archivo de la Generalitat debe conservarse la documentación de archivos relacionados con el periodo de instauración de la Generalitat, así como toda aquella documentación histórica que se considere de interés y las copias que, en cualquier tipo de soporte, obtenga de la documentación histórica de la que no sea titular. También ingresarán en los arhivos históricos de la Generalitat los documentos de carácter histórico o cultural adquiridos por ésta institución. Igualmente podrán admitir en depósito o comodato documentos de valor cultural pertenecientes a personas físicas o jurídicas distintas a la Generalitat.
En conformidad con el artículo 88 de la Ley 12/2009 se clarifican las características de este centro archivístico, adoptando con su nueva denominación de Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana una mejor identificación de sus funciones.
Entre los fondos y series documentales conservados, señalaremos a título indicativo algunos de los que merecen especial mención por su importancia, antigüedad e interés los siguientes:
-Actas de Consell, desde 1978 hasta 2007.
-Archivo de la Corporación Administrativa Gran Valencia, 1949-1986.
-Expedientes de fundaciones, desde el siglo XVIII hasta la actualidad.
-Expedientes personales de maestros de la provincia de Valencia, desde finales del siglo XIX hasta la actualidad.
-Tribunal Tutelar de Menores, desde su creación en 1923 hasta su extinción en 1989.
-Expedientes de la Propiedad Intelectual de la provincia de Valencia desde 1879.
-Expedientes del depósito legal de la provincia de Valencia, desde su creación en 1958.
-Expedientes de la Ley de peligrosidad social 1972-1986.
-Expedientes de la Ley de Asociaciones desde 1887.
-Expedientes de policía minera desde 1897.
-Expedientes de minas desde 1873.
-Expedientes de alumnos del Instituto de Bachillerato "Luis Vives" de Valencia, desde 1860 hasta 1940.
Fundación del archivo:
Año de apertura al público del archivo: 1988
Existencia de Patronato: No
Existencia de Asociación de Amigos del Archivo: No
Integración en sistema archivístico o red de archivos: Sí
Supresión del archivo:
Contexto cultural y geográfico:
Atribuciones, fuentes legales:
Estructura administrativa del archivo:
Gestión de documentos y política de ingresos:
Edificio:
Capacidad total de los depósitos (metros lineales)
Tipo de edificio:
Destinado a:
Total Edificio(s):
Documentación:
Metros lineales de documentación: 26111
Fecha del documento más reciente:
Fecha del documento más antiguo:
Descripción somera de los fondos:
Fondos y otras colecciones custodiadas: Ver Cuadro de Clasificación
Instrumentos de descripción, guías y publicaciones:
Sala de investigadores
¿Posee el archivo sala de investigadores? No
Petición anticipada de documentación: Sí
Observaciones:
Reserva de documentación: Sí
Observaciones:
Servicio de ayuda a la investigación: No
Observaciones:
Consulta y Acceso a la documentación:
Se realiza a través de la oficina productora o con autorización de ella, para los documentos producidos por la administración autonómica y la consulta es libre o restringida según la legislación vigente, para los documentos que contienen datos de carácter personal recibidos de otros organismos públicos.
Biblioteca Auxiliar:
Formada por más de ochocientas obras de archivística y ciencias auxiliares. Además disponemos de colecciones completas del Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, Butlletí Oficial y Diari de Sessions de Corts Valencianes; publicaciones de la Generalitat Valenciana (libros, folletos y carteles); Boletín Oficial del Estado desde 1924, Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, de Castellón y de Valencia desde 1989; Repertorio de Legislación y Jurisprudencia Aranzadi desde 1936.
Biblioteca Especializada
¿Posee el archivo Biblioteca Especializada? Sí
Número de monografías: 1594
Número de titulaciones periódicas: 25
¿Existe catálogo? Sí
Enlace a catálogo: https://xlpv.gva.es/cginet-bin/abnetop/O7844/ID2b46f987?ACC=101
Espacios Públicos
Servicios de difusión
¿Dispone de Salón de actos? No
Visitas guiadas: No
Aula didáctica: No
Sala de exposiciones: No
Servicios recreativos
Tienda-Librería: No
Restaurante/cafetería/máquina: No
Observaciones:
Alquiler de espacios para uso de terceros: No
Observaciones:
Servicios de reproducción
¿Existe servicio de reproducción documental? Sí
Servicios de conservación
Taller de encuadernación: No
Control medioambiental: No
Taller de restauración: No
Laboratorio fotográfico / microfilm: No
Equipamiento
Cámara analógica/digital de captura de imagen fija: Sí
Aparato lector/reproductor de microformas: No
Equipo de captura/reproducción de imagen en movimiento y sonido: No
Equipo de grabación/audición de registros sonoros: No
Impresora: Sí
Escáner: Sí
Nº de Ordenadores de Uso interno: 5
Funciones informatizadas
¿Forma parte del Sistema Integral de Gestión Archivística Estatal? No
¿Están las funciones informatizadas? Sí
Página Web: Sí
Portal de difusión archivística: Sí
Acceso Inventario: No
Porcentaje Aproximado:
Horario:
Mañana: Sí
Tarde: No
Lunes a viernes:
Sábados, domingos y festivos:
Horario apertura al público: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Cerrado al público:
Horas de Apertura Semanales en Invierno: 0.0
Horas de Apertura Semanales en Verano: 0.0
Condiciones y requisitos para el uso y acceso:
Restringido: No
Acreditación: No
Accesibilidad:
Identificador de la descripción: 1752857
Identificador de la institución:
Reglas y convenciones:
Estado de elaboración: Publicado
Nivel de detalle:
Fechas de creación, revisión o eliminación:
Lengua y escritura:
Lengua(s):
Escritura(s):
Fuentes:
Nota:
Georreferencia: No
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