Acceso Colaboradores
Identificador: ES. 23050. AGC
Forma(s) autorizada(s) del nombre: ARCHIVO DEL GOBIERNO CIVIL DE JAÉN
Forma(s) paralela(s) del nombre:
Otra(s) forma(s) del nombre: Gobierno Civil, Jaén
Tipo de Institución que conserva los fondos de archivo:
Titularidad: Archivos de titularidad publica
Categoría:
Subcategoría:
Gestión: Administración Central
Ciclo Vital:
Localización y direcciones:
Area geográfica: España
País: España
CC.AA./1ª División: Comunidad Autónoma de Andalucía
Provincia/2ª División: Jaén
Municipio: JAÉN
Núcleo de Población menor:
Dirección: PLAZA DE LAS BATALLAS
Latitud:
Longitud:
Forma de Acceso:
Parking Público:
Teléfono, fax, correo electrónico:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Página Web:
Persona de contacto:
Director:
Informante:
Historia de la institución que custodia los fondos de archivo:
No se actualizan los datos de contacto
Fundación del archivo:
Año de apertura al público del archivo:
Existencia de Patronato: No
Existencia de Asociación de Amigos del Archivo: No
Integración en sistema archivístico o red de archivos: No
Supresión del archivo:
Contexto cultural y geográfico:
Atribuciones, fuentes legales:
Estructura administrativa del archivo:
Gestión de documentos y política de ingresos: Documentación en el Archivo Histórico Provincial de Jaén (208 cjas y 12 libros del Gobierno Civil de 1972-1984). El resto de documentación en la Subdelegación del Gobierno de Jaén.
Edificio:
Capacidad total de los depósitos (metros lineales)
Destinado a:
Total Edificio(s):
Documentación:
Metros lineales de documentación: 0
Fecha del documento más reciente:
Fecha del documento más antiguo:
Descripción somera de los fondos:
Fondos y otras colecciones custodiadas: Ver Cuadro de Clasificación
Instrumentos de descripción, guías y publicaciones:
Sala de investigadores
¿Posee el archivo sala de investigadores?
Petición anticipada de documentación: No
Observaciones:
Reserva de documentación: No
Observaciones:
Servicio de ayuda a la investigación: No
Observaciones:
Biblioteca Especializada
¿Posee el archivo Biblioteca Especializada? No
Espacios Públicos
Servicios de difusión
¿Dispone de Salón de actos?
Visitas guiadas:
Aula didáctica:
Sala de exposiciones:
Servicios recreativos
Tienda-Librería:
Restaurante/cafetería/máquina:
Observaciones:
Alquiler de espacios para uso de terceros:
Observaciones:
Servicios de reproducción
¿Existe servicio de reproducción documental? Sí
Servicios de conservación
Taller de encuadernación:
Control medioambiental:
Taller de restauración: No
Laboratorio fotográfico / microfilm:
Equipamiento
Cámara analógica/digital de captura de imagen fija:
Aparato lector/reproductor de microformas:
Equipo de captura/reproducción de imagen en movimiento y sonido:
Equipo de grabación/audición de registros sonoros:
Impresora:
Escáner:
Nº de Ordenadores de Uso interno:
Funciones informatizadas
¿Forma parte del Sistema Integral de Gestión Archivística Estatal?
¿Están las funciones informatizadas? No
Página Web:
Portal de difusión archivística:
Acceso Inventario:
Porcentaje Aproximado:
Horario:
Mañana:
Tarde:
Lunes a viernes:
Sábados, domingos y festivos:
Horario apertura al público: L-V: 9-14'30;17-19. S: 9-13 H.
Cerrado al público:
Horas de Apertura Semanales en Invierno: 0.0
Horas de Apertura Semanales en Verano:
Condiciones y requisitos para el uso y acceso:
Restringido: Sí
Especificación del Acceso Restringido: RESTRINGIDO
Acreditación:
Accesibilidad:
Identificador de la descripción: 33679
Identificador de la institución:
Reglas y convenciones:
Estado de elaboración: Publicado
Nivel de detalle:
Fechas de creación, revisión o eliminación:
Lengua y escritura:
Lengua(s):
Escritura(s):
Fuentes:
Nota: Materias:
ECONOMIA, COMERCIO Y HACIENDA
DERECHO Y ADMINISTRACION
HISTORIA SIGLOS XIX Y XX
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Archivos convencionales m.l. .......: 250
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Notas antiguas:
- ESTE ORGANISMO (INTEGRADO ORGANICAMENTE EN EL MINISTERIO DEL
INTERIOR) DESAPARECE EN 1997, AL ENTRAR EN VIGOR LA LEY 6/1997 DE 14
DE ABRIL DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACION
GENERAL DEL ESTADO. (BOE 15 ABRIL Nº 90).
- ESTA MISMA LEY CREA LAS 'DELEGACIONES DEL GOBIERNO EN LAS
COMUNIDADES AUTONOMAS' (QUE SE ADSCRIBEN ORGANICAMENTE AL MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS), Y LAS 'SUBDELEGACIONES DEL GOBIERNO
EN LAS PROVINCIAS' (QUE SE CONSTITUYEN EN ORGANOS DE LA RESPECTIVA
DELEGACION DEL GOBIERNO).
- LA DISPOSICION ADICIONAL CUARTA DE LA CITADA LEY ESTABLECE QUE LAS
COMPETENCIAS DE LOS GOBERNADORES CIVILES, ESTABLECIDAS EN LAS LEYES
1/1992 Y 23/1992, SON ASUMIDAS POR LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO EN LAS
COMUNDIDADES AUTONOMAS, CORRESPONDIENDO LAS DEMAS COMPETENCIAS DE
CARACTER SANCIONADOR A LOS SUBDELEGADOS DEL GOBIERNO.
Georreferencia: No
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