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Código de Referencia: ES.37274.CDMH/7.-1.-2.17.1862
Título /Nombre Atribuído: GUARDIA NACIONAL REPUBLICANA. COMITÉ CENTRAL
Nivel de Descripción: 2ª División
Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/2604733
Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/2604733
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: La Guardia Civil, según orden del 30/03/1936 del ministro de la Gobernación, en lo sucesivo se denominará Guardia Nacional Republicana, para lo que se creará una Comisión que determinará la organización, plantillas, reglamento y uniforme. Según orden del 1/09/1936 se constituye en Madrid un Comité Central, que procederá a la estructura funcional y disciplinaria del Instituto y a la labor informativa de la conducta que hayan observado los miembros del Instituto. El Comité Central queda autorizado para auxiliarse por Comités delegados, provinciales y locales, pudiendo asesorarse de los elementos dirigentes de los partidos y organizaciones sindicales del Frente Popular. En el artículo decimoséptimo de una orden del 26/12/1936 se dice que quedan disueltos los Cuerpos de la Guardia Nacional Republicana, Seguridad y Asalto, Vigilancia e Investigación y Milicias de retaguardia, cuyas fuerzas pueden solicitar su ingreso en el Cuerpo de Seguridad.
Forma de Ingreso: ---
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Documentación procedente de incautación relativa al Comité Central de la Guardia Nacional Republicana
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación:
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas: La Guardia Civil, según orden del 30/03/1936 del ministro de la Gobernación, en lo sucesivo se denominará Guardia Nacional Republicana, para lo que se creará una Comisión que determinará la organización, plantillas, reglamento y uniforme. Según orden del 1/09/1936 se constituye en Madrid un Comité Central, que procederá a la estructura funcional y disciplinaria del Instituto y a la labor informativa de la conducta que hayan observado los miembros del Instituto. El Comité Central queda autorizado para auxiliarse por Comités delegados, provinciales y locales, pudiendo asesorarse de los elementos dirigentes de los partidos y organizaciones sindicales del Frente Popular. En el artículo decimoséptimo de una orden del 26/12/1936 se dice que quedan disueltos los Cuerpos de la Guardia Nacional Republicana, Seguridad y Asalto, Vigilancia e Investigación y Milicias de retaguardia, cuyas fuerzas pueden solicitar su ingreso en el Cuerpo de Seguridad.
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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