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09.1.01 EXPEDIENTES DE APROBACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28079.AGUCM/UCM.09.1.01

Título /Nombre Atribuído: 09.1.01 EXPEDIENTES DE APROBACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

[c] 01-01-1969 / 31-12-2005

Nivel de Descripción: Serie

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La intervención de las universidades en la elaboración de los planes de estudio en general, y del tercer ciclo en particular, no será efectiva hasta la puesta en marcha de la Ley General de Educación de 1970, y en el caso de la UCM se reflejará en los Estatutos de ese mismo año. En 1973 aparece el primer órgano encargado de la planificación docente, la Comisión de Planes de Estudio y Convalidaciones, presidida por uno de los vicerrectores. En 1976 esta Comisión se divide en una Comisión de Convalidaciones y en una Comisión de Planes de Estudio, esta última presidida en un primer momento por el Vicerrector de Investigación y Publicaciones, y desde 1977 por el Vicerrector de Ordenación Académica. La Comisión desaparece de las fuentes en 1983, pero parece que las competencias en esta materia continúan en manos del Vicerrector de Ordenación Académica hasta 1986, año en que pasan al nuevo Vicerrectorado de Estudios y Planificación Docente, evidenciando así el cada vez más importante papel que asumen las propias universidades en materia de planificación académica como consecuencia de la Ley de Reforma Universitaria de 1983 y de los correspondientes nuevos Estatutos de la UCM de 1985. Desde entonces, las competencias en materia de planificación académica han sido ejercidas sucesivamente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Planificación Docente (1988 / 1990), el Vicerrectorado de Estudios (1990 / 2005) y el Vicerrectorado de Doctorado, Títulos Propios y Programación Docente.

Sin embargo, sólo en 1991 aparece una unidad administrativa responsable de la programación docente específica del tercer ciclo, en concreto la Sección de Tercer Ciclo, encuadrada en el Servicio de Investigación y Relaciones Internacionales. En 1996 sus competencias pasan a la Sección de Doctorado, del Servicio de Títulos, pero en 2001 vuelven a una renovada Sección de Tercer Ciclo, ahora dependiente del Servicio de Tercer Ciclo y Estudios de Postgrado.

La tramitación de estos expedientes es la siguiente:
- El departamento interesado, o la reunión de varios de ellos, realizan la propuesta del programa de doctorado, y la remiten a la Comisión de Doctorado. En las propuestas figuran el título del programa, el departamento o departamentos implicados, el coordinador, número de plazas, y demás datos establecidos en la normativa.
- La Comisión, en su caso, aprueba la propuesta, y la devuelve al Departamento, quien la hace pública en los tablones de anuncios de los departamentos afectados y de las Secretarías de los Centros
- Las propuestas tienen carácter bienal, aunque pueden incluirse modificaciones cada curso académico. Para la modificación de los programas, los departamentos elevan a la Comisión de Doctorado una solicitud razonada firmada por el Director del Departamento o por el Coordinador del Programa, que sigue el mismo trámite que la primera aprobación

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso: La documentación ha venido siendo transferida regularmente por las unidades productoras al AGUCM desde 2001.

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: La función que da origen a la serie es la propuesta y aprobación de los programas de doctorado que se imparten en la Universidad.
Los expedientes incluyen los siguientes documentos:
- Formulario normalizado con informe de la propuesta de nuevo curso
- Acuerdo del consejo de departamento
- Oficio de remisión del jefe del departamento al Vicerrectorado de Estudios
- Acuerdo de la Comisión de Doctorado y notificación al departamento

Valoración, Selección, Eliminación: Los expedientes se conservarán en la unidad productora durante un año después de que finalice su vigencia administrativa. Después, serán transferidos al Archivo Intermedio (Resolución de 28 de diciembre de 2006, BOUCM 19 de enero de 2007)

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Acceso libre

Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Mecanografiado.

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas: NORMATIVA QUE LE AFECTA:
- Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (BOE 1 de septiembre), de Reforma Universitaria
- Real Decreto 185/1985, de 23 de enero (BOE 16 de febrero), por el que se regula el Tercer Ciclo de estudios universitarios
- Real Decreto 861/1985, de 24 de abril (BOE 11 de junio) que aprueba los Estatutos de la UCM
- Real Decreto 1561/1985, de 28 de agosto (BOE 4 de septiembre), por el que se modifica el Real Decreto 185/1985
- Real Decreto 86/1987, de 16 de enero (BOE 23), por el que se regulan las condiciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior
- Real Decreto 1397/1987, de 13 de noviembre (BOE 18), por el que se desarrolla el Real Decreto 185/1985
- Real Decreto 537/1988, de 27 de mayo (BOE 3 de junio), por el que se modifica el Real Decreto 185/1985
- Real Decreto 823/1989, de 7 de julio (BOE 11), por el que se añade al Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, una disposición adicional que reconoce el Título de Doctor del Instituto Universitario Europeo de Florencia
- Real Decreto 1555/1991, de 11 de octubre (BOE 4 de noviembre), que reforma y da nueva redacción a los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid
- Resolución de la Junta de Gobierno de la UCM de 31 de marzo de 1998 que regula el funcionamiento de la Comisión de Doctorado
- Real Decreto 778/1998 de 30 de abril (BOE 1 de mayo), por el que se regula el Tercer Ciclo de estudios universitarios
- Resolución de 28 mayo de 1999 (BOCM 8 de junio), que establece criterios interpretativos del Real Decreto 778/1998 sobre transición entre éste y el Real Decreto 185/1985
- Resolución de 16 de junio de 1999 (BOCM 26) que publica el Reglamento de Departamentos de la UCM
- Resolución de la Junta de Gobierno de la UCM de 26 de noviembre de 1999, que modifica el Reglamento de la Comisión de Doctorado
- Resolución de la Junta de Gobierno de la UCM de 26 de noviembre de 1999, que establece la normativa de los estudios de Doctorado
- Resolución de la Junta de Gobierno de la UCM de 11 de abril de 2000, que modifica la normativa de los estudios de Doctorado
- Resolución de la Junta de Gobierno de la UCM de 10 de octubre de 2001, que modifica la normativa de los estudios de Doctorado
- Decreto 58/2003, de 8 de mayo (BOCM 28), que aprueba los estatutos de la Universidad Complutense de Madrid
- Real Decreto 56/2005, de 21 de enero (BOE 25) por el que se regulan los estudios de universitarios oficiales de postgrado

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por el Archivo General de la UCM en febrero de 2006.

Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G). Norma internacional general de descripción archivística, Segunda edición, Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Estado de Cultura, 2000.
ISO 8601. Data elements and interchange formats. Information interchange. Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standardization, 2000.
ISO 3166. Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standardization, 1997.
Acuerdo del Pleno de la Conferencia de Archiveros de Universidad de 17 de junio de 2005 [http://www.crue.org/CAU/inicio.htm]

Volumen y soporte

  • 245 Caja(s)
    • Soporte: Papel


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