Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.28079.AGUCM/UCM.08.3.04
Título /Nombre Atribuído: 08.3.04 EXÁMENES Y PRUEBAS DE EVALUACIÓN ACADÉMICA
[c]
01-01-1774
/
31-12-1960
Nivel de Descripción: Serie
Historia Archivística: La documentación procedente de las Escuelas de Veterinaria ingresó en el AGUCM por transferencia normalizada de la Facultad de Veterinaria en octubre de 2005. La procedente de la Facultad y el Colegio de Medicina ingresó en el antiguo Archivo Histórico de la UCM por transferencia normalizada de la Facultad de Medicina en abril de 1980. La procedente de la Escuela de Magisterio María Díaz Jiménez ingresó en el AGUCM por transferencia normalizada de la Facultad de Educación en julio de 2000. El resto, ingresó en el AGUCM de forma y fecha indeterminada, antes de 1999.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Los exámenes son responsabilidad de cada profesor y, en última instancia, del Departamento, Facultad o Escuela en que se integra.
El trámite que da lugar a esta serie es el siguiente:
El Estatuto del Estudiante de la Universidad Complutense establece el derecho a una evaluación justa y el procedimiento de evaluación y de revisión e impugnación de las calificaciones, y recoge los procedimientos de evaluación: entre otros, trabajos y exámenes, parciales (con carácter liberatorio) y finales.
Exámenes:
- Las convocatorias de exámenes parciales serán acordadas entre profesor y estudiantes, siempre con un mínimo de antelación de 10 días respecto a la fecha de la prueba.
- Las convocatorias de exámenes finales serán acordadas y hechas públicas por la Dirección del Centro con una antelación mínima de 30 días, pudiendo variarse por causa de fuerza mayor.
- La duración máxima de cada prueba será de tres horas, si fuera necesario más tiempo habrá de hacerse en dos sesiones con una pausa mínima de treinta minutos entre ambas.
Trabajos de curso:
- La fecha de entrega de los trabajos quedará establecida en el momento de su propuesta.
- Los trabajos y memorias prácticas se devolverán a los firmantes, a petición propia, una vez concluido el plazo de reclamación contra la calificación final de la asignatura, salvo que esté pendiente de resolución una reclamación.
Evaluación y calificación:
- La calificación de las pruebas se hará pública, en el plazo máximo de 30 días desde la realización de la última prueba, por el responsable de la asignatura mediante lista oficial en el Departamento u otro lugar público previamente anunciado.
- Deberá respetarse un plazo de 10 días entre la publicación de las calificaciones y la fecha del examen siguiente de la misma asignatura.
Revisión e impugnación de calificaciones:
- Los exámenes se podrán revisar en los días siguientes a la publicación de las calificaciones, en las fechas fijadas por cada profesor y hechas públicas junto con las notas. El plazo para solicitar la revisión será de 4 días hábiles desde la publicación de las calificaciones.
- La revisión se hará ante el profesor/profesores o coordinador de la asignatura.
- En caso de disconformidad, el alumno podrá impugnar su calificación en el plazo de 10 días, ante el Consejo del Departamento, mediante escrito razonado presentado por Registro y dirigido al Director del Departamento quien lo trasladará al Tribunal nombrado al efecto.
- El Tribunal, oídas ambas partes, emitirá resolución razonada sobre el recurso.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
La función que da origen a la serie es valorar el nivel de conocimientos alcanzados por los alumnos en una asignatura.Pueden incluirse:
- Exámenes en sentido amplio (cuestionarios, test, comentarios de texto…)
- Trabajos de curso
- Modelos de examen
Valoración, Selección, Eliminación: La serie fue declarada de eliminación total por Resolución de 10 de diciembre de 2008 (BOUCM 19 de enero de 2009). Los exámenes y/o pruebas de evaluación así como los trabajos de curso, se conservarán hasta la finalización del curso siguiente, excepto aquellos que den lugar a revisión y recurso que se conservarán hasta que finalice el último de los recursos posibles. Los modelos de examen, por el contrario, serán de conservación permanente. También se conservarán los exámenes anteriores a 1910.
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Acceso restringido, por contener datos personales de los alumnos, de acuerdo con el art. 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el art. 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La liberalización total del acceso a estos documentos se producirá a los cincuenta años.
Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística contemporánea.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
LEGISLACIÓN QUE AFECTA A LA SERIE:
- Real Decreto de 28 de julio de 1900 por el que se aprueba el Reglamento de exámenes y grados (G. de 31 de julio)
- Real Decreto de 10 de mayo de 1901 por el que se aprueba el Reglamento de exámenes y grados (G. de 15 de mayo)
- Real Orden de 27 de mayo de 1901 de aplicación del Real Decreto de 10 de mayo de 1901 (G. de 28 de mayo)
- Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (BOE de 1 de septiembre)
- Real Decreto 2360/1984, de 12 de diciembre, sobre Departamentos universitarios (BOE 14 enero 1985)
- Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios (BOE 14 diciembre 1987)
- Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1497/1987 (BOE 11 junio 1994)
- Real Decreto 2347/1996, de 8 de noviembre, que modifica el Real Decreto 1497/1987 (BOE 23 noviembre 1996)
- Real Decreto 614/1997, de 25 de abril, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1497/1987 (BOE 16 mayo 1997)
- Real Decreto 1561/1997, de 10 de octubre, por el que se modifican parcialmente diversos Reales Decretos por los que se establecen títulos universitarios oficiales y las directrices generales propias de los planes de estudios (BOE 4 noviembre)
- Real Decreto 778/1998 de 30 de abril, por el que se regula el Tercer Ciclo de Estudios Universitarios (BOE 1 mayo).
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24)
- Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados por Decreto 58/2003 de 8 de mayo (BOE de 28 de noviembre)
- Reglamento de Centros de la Universidad Complutense de Madrid, aprobado en sesión claustral de 19 de abril de 1999
- Resolución de 16 de junio de 1999, de la Universidad Complutense de Madrid por la que se publica el Reglamento de Departamentos (BOCM de 28 de junio).
- Resolución de 13 de julio de 2000, de la Universidad Complutense de Madrid por la que se publica la Modificación al Reglamento de Departamentos (BOCM de 31 de julio)
- Estatuto del Estudiante, aprobado por el Claustro universitario en sesión de 21 de abril de 1997
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por el Archivo General de la UCM en febrero de 2009.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
ISAD (G). Norma internacional general de descripción archivística, Segunda edición, Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Estado de Cultura, 2000.
ISO 8601. Data elements and interchange formats. Information interchange. Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standardization, 2000.
ISO 3166. Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standardization, 1997.
Acuerdo del Pleno de la Conferencia de Archiveros de Universidad de 17 de junio de 2005 [http://www.crue.org/CAU/inicio.htm]
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