Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.28079.AGUCM/UCM.08.1.07
Título /Nombre Atribuído: 08.1.07 REGISTRO DE INSCRIPCIONES EN LAS PRUEBAS DE ACCESO
[c]
01-01-1939
/
31-12-1955
Nivel de Descripción: Serie
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Las pruebas de madurez se implantan en 1953 (se celebran por primera vez en 1954) y se mantienen hasta 1973 (y hasta 1992 para Guinea Ecuatorial: Bata y Rey Malabo), sustituyen al examen de ingreso en las Facultades previsto en el artículo 18 de la Ley de Ordenación de la Universidad Española de 1943. Durante una década (a partir de 1963 los alumnos que superan la prueba de madurez tienen derecho al título de Bachiller Superior sin superar del examen de grado superior) constituyeron, junto con el examen de grado elemental y el examen de grado superior, los tres controles obligatorios para acceder a los estudios universitarios. En un principio las pruebas se concibieron como un examen final del Curso Preuniversitario, aunque con el tiempo se convirtieron en una prueba de acceso a la universidad distribuidora de alumnos en las distintas titulaciones en unos años (finales de los 60) en los que se produce un importante aumento de la demanda de plazas.
Entre 1954 y 1964 los alumnos que aspiraban a ingresar en las facultades universitarias tenían que haber aprobado el examen de grado superior, que les permitía obtener el título de Bachiller Superior, haber cursado el Curso Preuniversitario y haber superado las pruebas de madurez.
Una vez que la Universidad hace pública la convocatoria de las pruebas de madurez, los alumnos solicitaban a la Secretaría General de la Universidad su participación en las mismas, haciendo constar en la misma la facultad o escuela en la que se proponían continuar sus estudios y el idioma moderno del que quieren ser examinados. A esa solicitud se adjuntaban los documentos exigidos para su admisión en las pruebas.
El nombramiento de los tribunales, compuestos por profesores de la Universidad, era competencia del Rector. El secretario del tribunal y el secretario adjunto (desempeñado este cargo en cada uno de los tribunales por un inspector de enseñanza media) se ocupaban de la publicación del calendario de las pruebas y de los llamamientos diarios, así como de la redacción de las actas parciales y del acta final. También eran los responsables de suscribir en el libro de escolaridad del alumno una diligencia con el resultado obtenido en las pruebas por el aspirante.
La estructura de las pruebas, básicamente compuesta por una parte común y otra específica, sufrió modificaciones en su estructura a lo largo de las casi dos décadas en que estuvieron vigentes. Recogemos a continuación algunos de estos cambios.
La prueba, según la Orden de 18 de mayo de 1954, estaba compuesta de cuatro partes: un resumen; un ejercicio de redacción; una traducción del latín para los de letras y la resolución de un problema para los de ciencias; y una traducción con diccionario de una lengua moderna.
El Decreto de 13 de septiembre de 1957 dividía las pruebas en dos partes: una primera común y eliminatoria que constaba de un examen escrito (sobre un tema sacado a suerte de entre los propuestos por el Ministerio) y otro oral sobre un idioma moderno; y una segunda específica, con un ejercicio escrito (para los de letras una traducción de latín y griego con diccionario y la los de ciencias la resolución de un problema) y otro oral (traducción sin diccionario para los de letras y desarrollo razonado de un máximo de tres problemas para los de ciencias). La calificación final se obtenía hallando la media de las obtenidas en las dos partes común y específica.
El Decreto de 27 de mayo de 1959 mantenía la división de las pruebas en común y específica, pero recuperaba el ejercicio oral de lenguas clásicas del Decreto de 1957, convirtiéndolo en escrito. La prueba específica de ciencias sustituía uno de los problemas del temario de Matemáticas y Física, por la exposición de un tema de Biología. La puntuación final se hallaba a partir de las medias obtenidas en cada parte de las pruebas.
La Orden de 24 de marzo de 1958 incorporaba algunos cambios en las pruebas de ese año, como la supresión de los sorteos en la parte común y la eliminación del examen oral de latín y griego para los alumnos de letras.
Una vez realizados y calificados los exámenes, se desarrollaba la sesión de evaluación en cada uno de los tribunales, durante la cual se procedía a redactar las actas parciales con las puntuaciones; en la Orden de 24 de marzo se establecía que los presidentes de los tribunales, distribuirían los ejercicios escritos entre los jueces para que los calificasen. En la sesión de evaluación final, se redactaban las actas definitivas con la puntuación y la calificación final de cada alumno que según la Orden mencionada eran las siguientes: cinco puntos o más sin llegar a siete correspondían a un aprobado, siete puntos o más, sin llegar a ocho y medio, correspondían a notable y de ocho puntos y medio a diez, correspondían a sobresaliente. Las notas finales se publicaban en los tablones de anuncios, las actas se entregaban a la Secretaría General y los libros de calificación escolar se devolvían a los interesados.
Segunda etapa
Esta segunda etapa tiene su comienzo en la Ley 24/1963 cuya principal consecuencia era la eliminación de la obligatoriedad del título de Grado Superior para matricularse en el curso Preuniversitario. El título de Bachiller Superior se podía obtener a partir de ese momento por dos vías: la superación del examen de grado superior tras el sexto curso de Bachiller o la superación de las pruebas de madurez tras acabar el Curso Preuniversitario.
A partir de la promulgación de la ley, las pruebas quedaron divididas en las destinadas a los alumnos que estuviesen en posesión del título de Bachiller Superior y las destinadas a los alumnos que no estuvieran en posesión de este título pues para estos últimos “las pruebas de madurez versaban, además, sobre las materias estudiadas en los cursos del Bachillerato Superior que no coincidiesen con las señaladas en el Curso Preuniversitario” (artículo 94).
Los tribunales estaban compuestos por catedráticos de Universidad, cuyo nombramiento era competencia del Rector, pero la Orden de 22 de abril de 1964 introducía una mayor participación a la Enseñanza Media al establecer que los inspectores o catedráticos de Instituto en función inspectora en los tribunales serían propuestos al Rector por la Dirección General de Enseñanza Media.
En cuanto a los ejercicios que componían las pruebas, el Decreto 1862/1963 mantenía la división entre prueba común y específica con los cambios siguientes: en la prueba común reaparecía el “resumen de una conferencia” que ya figuraba en la Orden de 30 diciembre de 1954. Se añadía además, para los alumnos que no estuvieran en posesión del título de Bachiller Superior, una prueba escrita que consistía en el resumen de una conferencia sobre las materias del Bachillerato que no coincidieran con las cursadas en el Preuniversitario. En la prueba específica de ciencias desaparecía el tema de Biología. La declaración de aptitud en cada una de las pruebas tenía validez independiente. La calificación definitiva quedaba determinada por la media de las puntuaciones en las dos pruebas.
La Orden de 22 de abril de 1964 volvía a modificar la estructura de los ejercicios. Para los alumnos que no estuvieran en posesión del título de Bachiller Superior, en el ejercicio escrito de la parte común se especificaba que las materias objeto de examen serían Filosofía e Historia del Arte y de la Cultura. También se modificaba ligeramente la prueba específica de ciencias, que constaría de dos ejercicios escritos: resolución de un problema y desarrollo de un tema de Matemáticas y resolución de un problema y desarrollo de un tema de Física o Química. La puntuación final sería la media de las puntuaciones obtenidas en cada parte, siendo necesario haber superado ambas partes para superar las pruebas.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso: La documentación ingresó en el AGUCM en dos transferencias normalizadas, procedentes del Servicio de pruebas de Acceso, en 2007 y 2009.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Conservan valor informativo puesto que constituyen, junto con las propias actas, la prueba de que el alumno ha superado o no el examen, siendo la única constancia que se conserva en la Universidad. Tiene un indudable valor histórico, ya que pueden dar lugar a estudios acerca de la evolución de las enseñanzas medias y universitarias a lo largo del tiempo, así como aportar información de carácter biográfico.
Valoración, Selección, Eliminación: La serie fue declarada de conservación permanente por Resolución de 1 de diciembre de 2011 (BOUCM 16 de enero de 2012).
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Acceso libre,
Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. HUmanística contemporánea y mecanografiado.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
LEGISLACIÓN QUE AFECTA A LA SERIE:
- Ley de 26 de febrero de 1953 sobre Ordenación de la Enseñanza Media (BOE 27)
- Decreto de 12 de junio de 1953 por el que se aprueba el nuevo plan de estudios del Bachillerato, en cumplimiento de los preceptos de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media (BOE 2 julio)
- Orden de 30 de diciembre de 1953, del Ministerio de Educación Nacional, por la que se reglamenta provisionalmente el Curso Preuniversitario (BOE de 5 de enero de 1954)
- Orden de 18 de mayo de 1954, del Ministerio de Educación Nacional, por la que se regula con carácter provisional la realización de las pruebas finales del Curso Preuniversitario (BOE 20)
- Orden del Ministerio de Educación Nacional, de 12 de abril de 1955, sobre exámenes de Grado Superior para alumnos que aprobaron el ejercicio escrito del Examen de Estado. Plan de 1938 (BOE 30)
- Decreto de 13 de septiembre de 1957 por el que se regula el curso Preuniversitario (BOE 7 de octubre)
- Orden de 24 de marzo de 1958 del Ministerio de Educación Nacional por la que se regulan las pruebas de madurez del mismo en el presente año (BOE 24 de abril).
- Corrección de erratas de la Orden de 24 de marzo de 1958, que regulaba las pruebas de madurez del mismo (BOE 10 de mayo).
- Resolución de la Dirección General de Enseñanza Media de 9 de junio de 1958 por la que se resuelven consultas de varios señores Rectores sobre pruebas de Madurez del curso indicado (BOE 24 de julio).
- Decreto 1069/1959, de 27 de mayo, de ordenación del curso preuniversitario (BOE 29 de junio)
- Resolución de 9 de junio de 1958 del Ministerio de Educación Nacional sobre las consultas del excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de Santiago sobre pruebas de madurez (BOE 9 de septiembre).
- Orden de 2 de junio de 1959 del Ministerio de Educación Nacional por la que se dictan normas complementarias a la Orden ministerial de 24 de marzo de 1958 en relación con las pruebas de madurez del curso preuniversitario (BOE 6 de septiembre)
- Ley 19/1962 de 21 de julio sobre acceso de los bachilleres laborales elementales y superiores a las enseñanzas técnicas y universitarias (BOE 23)
- Ley 1/1963, de 2 de marzo, sobre regulación de acceso de los Bachilleres Laborales superiores a las Facultades Universitarias y Escuelas Técnicas de Grado Superior (BOE 5).
- Ley 24/1963, de 2 de marzo, sobre modificación de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media en cuanto a las pruebas de grado y de madurez (BOE 5)
- Orden de 21 de marzo de 1963 del Ministerio de Educación Nacional, por el que se aprueban las instrucciones para los exámenes de grado del bachillerato (BOE 30)
- Orden de 22 de marzo de 1963 del Ministerio de Educación Nacional, sobre opción en los exámenes de Grado Superior (BOE 30)
- Orden de 24 de abril de 1963 del Ministerio de Educación Nacional por la que se regulan las pruebas de madurez previstas en la Ley 1/1963, de 2 de marzo, para el acceso de los alumnos del Bachillerato Laboral Superior, de las modalidades y especialidades Agrícola-ganadera, Industrial-minera y Marítimo-pesquera, a las Facultades Universitarias de Ciencias, Farmacia, Medicina y Veterinaria y a las Escuelas Técnicas de Grado Superior (BOE 9 de mayo).
- Decreto 1862/1963, de 11 de julio, regulador del Curso Preuniversitario (BOE 8 de agosto)
- Orden de 24 de octubre de 1963 sobre convocatoria especial en el mes de enero de pruebas de madurez para alumnos del curso preuniversitario (BOE 6 noviembre)
- Orden de 22 de abril de 1964 reguladora de las pruebas de madurez del curso preuniversitario (BOE 1 de mayo)
- Ley 2/1964, de 29 de abril, sobre reordenación de las Enseñanzas Técnicas (BOE 1 de mayo).
- Orden de 25 de mayo de 1964 del Ministerio de Educación Nacional complementaria de las instrucciones de exámenes de grado de Bachillerato y de las pruebas de madurez (BOE 23 de junio)
- Orden de 7 de abril de 1965 por la que se dan normas aclaratorias al Decreto 2404/1964, de 27 de julio (BOE 16)
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por el Archivo General de la UCM en enero de 2012.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
ISAD (G). Norma internacional general de descripción archivística, Segunda edición, Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Estado de Cultura, 2000.
ISO 8601. Data elements and interchange formats. Information interchange. Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standardization, 2000.
ISO 3166. Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standardization, 1997.
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España