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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: HOSPITAL DE SAN LÁZARO- MAYORGA
[f]
01-01-1716
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31-12-1716
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: Aunque hay noticias documentales de su existencia desde época medieval, todo parece indicar que era un establecimiento dependiente de la Diócesis de León, a la que pertenecía entonces Mayorga. A finales del S. XVI de los varios centros asistenciales de la villa, permanecen tres: el de San Lázaro, el de Nuestra Señora de la Encarnación y el de San Pablo, que por mandato del Obispo leonés Francisco de Trujillo, en su visita pastoral de 1598, redujo a uno sólo, ese nuevo hospital debía de emplazarse, en el antiguo de San Lázaro, desapareciendo los otros dos, y a su vez se establece que “ por el gasto, que en cada un año con ellos hubiese de hacer, diese y pagase al dicho hospital de San Lázaro en cada un año diez mil maravedís de renta para dicha hospitalidad e para que le fuesen pagados de licencia para que dicho cabildo y los abbades de los sus procuradores pudiesen obligar los bienes, rentas del dicho cabildo e demás de ellos”, además de establecer que los otros dos albergues debían entregar todos sus enseres al nuevo centro resultante. Entre las nuevas ordenanzas que se establecen para el naciente albergue, que fueron acordadas por los cabildos de los tres hospitales, se pueden resaltar las siguientes: Que en el dicho hospital viva un clérigo, que fuese su administrador, y que es elegido por el cabildo de San Lázaro. Se establece su salario en un máximo de quince mil maravedís, teniendo la obligación de residir en dicho establecimiento. Este religioso se debe de encargar de que el hospital permanezca limpio, que las camas de las enfermerías estén sin ninguna suciedad , con sus ropas, y que en cada una de ellas haya una tabla donde se escriban las instrucciones que el médico ha establecido con respecto al paciente. Este mismo administrador estará presente en las visitas que el médico realiza a los enfermos, procurando proveerles de todo lo necesario, y manteniendo aseados a los pacientes. Los cofrades de la Encarnación y de San pablo entregan toda la ropa, colchas, cobertores, mantas, etc, de sus alberguerías al nuevo hospital que tendrá un arca con su llave donde permanecen los medicamentos que el medico requiriese para tratar a los dolientes. Será el administrador el que autorice el ingreso de cada uno de los pasajeros o enfermos en el recinto, teniendo en aposentos separados a los hombres de las mujeres. Los enfermos recibidos debían, antes de que se les practicase ninguna cura, confesarse, sino lo hacían así se les expulsaba del centro. Se indica igualmente que deberá haber un libro de asiento donde se inscribirá el nombre del enfermo, su lugar de procedencia, el nombre de sus padres, si poseía alguna señal identificativa por dónde pudiese ser reconocido en caso de que muriese, y una descripción de la ropa que traía. Se guardaban sus enseres en una alacena hasta que abandonaban el hospital, cuando les eran entregados, pero si moría eran vendidos, y con el dinero se rezaban misas por su alma, antes de fallecer era obligado a hacer testamento y después se le procuraba un entierro digno. Para la atención de os convalecientes se cuenta con un “ama de mucha caridad”, y con alguna moza o mozas, que tenían como tarea limpiar la casa y a los enfermos. Igualmente se establece que los cofrades cada mes eligen entre ellos a dos de sus miembros, uno clérigo y otro lego, para que cada día durante ese mes visiten dos veces el centro, una por la mañana y otra por la tarde, con el objeto de vigilar su buen funcionamiento, revisando las cuentas asentadas por el administrador. Los cofrades designados no pueden renunciar a esta obligación, y no les está permitido gastar más de doce mil maravedís al año en comidas y colaciones entre ellos. Se establece igualmente la presencia de un médico que está obligado a visitar el hospital por la mañana y por la tarde, y al que se otorga como salario seis cargas de trigo al año.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Libre
Condiciones de Reproducción: Sujeta a la normativa vigente, solo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas: Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de Adaptación de las Normas Internacionales de Descripción Archivística/Cood. José Luis Bonal Zazo, Juan José Generelo Lanaspa y Carlos Travesí de Diego.-[Salamanca]. Junta de Castilla y León . Consejería de Educación y Cultura, 2002.
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