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Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Agricultura

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28079.AHN/2.3.1.16.3.1.1.18

Título /Nombre Atribuído: Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Agricultura

[f] 01-01-1863 / 31-12-1887

Nivel de Descripción: Serie

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/4803913

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/4803913

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La elaboración de los reglamentos para la aplicación de las Leyes y Decretos sobre cuestiones de Agricultura corresponde al Gobierno Supremo, así como la aprobación de aquellos que se redacten por los jefes de comisiones y corporaciones.
La Ley de 11 de julio de 1866 (Fomento), dictando varias prescripciones relativas a la enseñanza agrícola, dice que el nombramiento, ascenso y traslado de los profesores corresponde al ministro quien también publicará los reglamentos para su ingreso y ascenso en la carrera y las atribuciones de los ingenieros y peritos.
Ley de fomento de la Agricultura y población rural (de colonias agrícolas) de 3 de junio de 1868, dispone en el artículo 28: El Gobierno dictará los reglamentos necesarios para la aplicación de esta ley.
El Reglamento para el servicio de la Comisión agronómica de Filipinas de 8 de julio de 1884, dice en el artículo 15 que el Jefe de la Comisión redactará un Reglamento para las granjas modelo que se remitirá a la aprobación del Ministerio de Ultramar para fijar las materias y tiempo de duración de la enseñanza y condiciones que deben reunir los aspirantes para ingresar como alumnos.
Los Reales Decretos de 26 de noviembre de 1887, de creación de la Escuela de Agricultura de Manila y de las Estaciones Agronómicas de Filipinas, establecen ambos en el artículo 9º que se formarán Reglamentos por el Ministerio de Ultramar para determinar el plan de enseñanza, en el caso de la Escuela, y las atribuciones y deberes del personal de las Estaciones Agronómicas, formados ambos en 26 de agosto del año siguiente.

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Agricultura
  • Ministerio de Ultramar (España. 1863-1899)
  • Disposiciones normativas (faceta de normas)
  • Filipinas

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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