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Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28079.AHN/7.1.3

Título /Nombre Atribuído: Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos

Nivel de Descripción: 1ª División

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/12882474

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/12882474

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos (1858-1936) era el órgano asesor del Gobierno de España en todo lo relacionado con este ramo de la Administración pública, y también era el órgano rector del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, es decir, de los funcionarios encargados de la regencia y custodia de estos establecimientos culturales: archivos, bibliotecas y museos.

Entre sus competencias destacan: incorporación y clasificación de archivos, bibliotecas y museos al servicio del Cuerpo Facultativo; proposición de reglamentos del Cuerpo Facultativo, de los establecimientos y de instrucciones para los trabajos facultativos; dictámenes sobre adquisición y cambio de fondos y colecciones; informes en los expedientes gubernativos instruidos a los funcionarios del Cuerpo;

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Por Real Decreto de 17 de julio de 1858 se dictan las bases para la organización de los archivos y bibliotecas del reino de España y se crean tanto el cuerpo de funcionarios encargado de su servicio, el Cuerpo Facultativo de Archiveros-Bibliotecarios, como la Junta superior directiva del ramo. El antecedente o modelo que sirve de inspiración para la creación de este órgano hay que buscarlo once años antes, en el Real Decreto de 5 de noviembre de 1847 por el que se crea una Junta Superior Directiva de Archivos, cuyo fin es procurar «el arreglo, dirección y conservación de los archivos dependientes del Ministerio de Gracia y Justicia, dentro y fuera de la Corte» (artículo). Esta Junta tendrá una efímera existencia, pues será suprimida por un Real Decreto de 1 de diciembre de 1848, en virtud del cual se crea una Dirección General de Archivos de España y Ultramar. Sin embargo, la Junta Superior Directiva objeto de nuestra atención extiende sus competencias no sólo a los archivos, sino también a las bibliotecas y museos del reino y no dependerá del Ministerio de Gracia y Justicia, sino del Ministerio de Fomento y, más tarde, del de Instrucción Pública y Bellas Artes.

La presidencia de la junta recaería siempre en el Director General de Instrucción Pública y, cuando se crea el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, en 1900, en el Subsecretario o en el Director General de Bellas Artes, salvo durante los cuatro primeros años de vida de la Junta y los cinco últimos años de su existencia, en la época de la II República. En efecto, el primer presidente, designado directamente por el Gobierno, fue el historiador Modesto Lafuente Zamalloa, quien permaneció en el cargo hasta 1860, cuando por Real Decreto de 29 de agosto de ese año se dispone que la presidencia de la Junta quede unida al cargo de director de la Biblioteca Nacional. Por Real Decreto de 11 de abril de 1862 la presidencia se vincula a la Dirección General de Instrucción Pública. Tras la proclamación de la II República, el Decreto de 30 de junio de 1931 dispone que la presidencia corresponda provisionalmente al director de a Biblioteca Nacional. Al año siguiente, la legislación republicana determina que la presidencia recaerá por periodos de cuatro años, sucesivamente, en los directores de la Biblioteca Nacional, el Museo Arqueológico Nacional, el Archivo Histórico Nacional y en el decano de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Madrid.

Esta es la razón por la que dentro del Archivo del Archivo Histórico Nacional encontramos este subfondo documental de la Junta Facultativa.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: El Fondo de la Junta Facultativa de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos se encuentra en el Archivo de la Biblioteca Nacional. El fondo que se describe sería complemento de éste.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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