Imagen de cabecera

Detalle Unidad


OFICIALÍA DE REGISTRO CIVIL Nº 68, CORO CORO, LA PAZ

XML

Área de Identificación

Código de Referencia: BO.20301.ORC68-COR/1

Título /Nombre Atribuído: OFICIALÍA DE REGISTRO CIVIL Nº 68, CORO CORO, LA PAZ

[f] 01-01-1970 / 01-01-2008

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación generada entre 1940 a 1969, se encuentra resguardada en la Corte Departamental de Santa Cruz. La oficialía Nº1283 se encuentra fusionada en la oficialia Nº68.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El Registro Civil en Bolivia fue creado por Ley de 26 de noviembre de 1898, estableciéndose oficinas del registro del estado civil de las personas, en las capitales de departamento, de provincia y de sección a cargo de los notarios públicos. A partir de 1898 eran los notarios quienes efectuaban los matrimonios. El registro civil en relación a este tema fue reglamentado en 1911. Las funciones del servicio de Registro Civil se inician a partir de la promulgación del Decreto Supremo Reglamentario de 3 de julio de 1943 bajo la dependencia del Ministerio del Interior Migración y Justicia, en esta disposición legal se establece el uso de Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y los mecanismos del registro de los hechos y actos jurídicos relativos al estado civil de las personas. Los métodos de trabajo que empleaba el Registro Civil eran rutinarios e improvisados y los mecanismos de seguridad y verificación inexistentes, por lo tanto no había la posibilidad de ejercer control y seguimiento acerca de los actos y hechos jurídicos relativos al estado civil de las personas. Por ley aprobada el 5 de abril de 1945, todo boliviano nacido antes de 1940 y que por lo tanto no está inscrito en el registro civil debería obtener un certificado de nacimiento mediante la presentación de una fe de bautismo o de testigos. En ambos casos la inscripción es anotada en libros especiales de nacimiento. Mediante Ley 1367 de 9 de noviembre de 1992, se determina la transferencia del Servicio Nacional de Registro Civil a la Corte Nacional Electoral y Cortes Departamentales Electorales del país, lo que se consolida por Ley 1984 de 25 de junio de 1999 en el Código Electoral. La Dirección Nacional de Registro Civil es el órgano que tiene a su cargo la administración del Registro Civil y ejerce autoridad técnico - operativa sobre las Direcciones Departamentales de Registro Civil. Los Oficiales de Registro Civil son funcionarios de fé pública y representan al estado, en el registro de los actos y hechos jurídicos relativos al estado civil de las personas. La actual estructura del Registro Civil, conformada por una Dirección Nacional y diez Direcciones Departamentales, ha resultado excesivamente centralista, sobre todo en lo que hace a la atención de ciertos trámites que necesariamente deben concluir en las Direcciones Departamentales. Por tal razón, a partir del presente año, se procederá a la desconcentración de este servicio, con la puesta en funcionamiento de 20 direcciones regionales y provinciales, a objeto de brindar una atención más eficiente y directa a la ciudadanía.

Forma de Ingreso: OTROS

Detalle de Otro Ingreso: Acumulación natural.

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: La documentación que la intitución produce en el desarrollo de sus funciones y actividades abarca el periodo 1970 a 2008 y comprende las series: matrimonios, defunciones, nacimientos, reconocimiento, etc.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: La documentación se encuentra clasificada y ordenada cronológicamente.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Restringido. Previa autorización del Oficial de Registro Civil u orden judicial.

Condiciones de Reproducción: Restringida. Previa autorización del Oficial de Registro Civil u orden judicial.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: REGULAR

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Inventario

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

En la Dirección Departamental del Registro Civil de cada departamento.

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas: En esta Oficialía se encuentra documentación de la Oficialía Nº 1283.

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 2 Metro(s) lineal(es)
    • Soporte: Acetato de Celulosa


© Ministerio de Cultura - Gobierno de España