Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.45168.AHP/4
Título /Nombre Atribuído: Protocolos Notariales
[c]
01-01-1409
/
31-12-1904
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
A lo largo del Antiguo Régimen los escribanos van heredando, con los respectivos oficios, los archivos de sus antecesores. La mención expresa a la existencia de Archivos de Protocolos surge con la Ley de 1862, con precedentes en las Ordenanzas del Colegio de Escribanos y Notarios del Reino de 1747 y los Proyectos de de Leyes del Notariado de 1844, 1847, 1855, 1857 y 1858; pero no será hasta 1869, mediante el Decreto de 8 de enero cuando se haga mención expresa a la creación de Archivos Notariales en las cabeceras de partido.
El Decreto de 12 de noviembre de 1931 sobre régimen y denominación de los Archivos Histórico Provinciales establece la transferencia a éstos archivos de los protocolos notariales de más de 100 años de antigüedad; esta normativa se completa con el Decreto de 2 de marzo de 1945 por el que se reorganiza la sección histórica de los archivos de protocolos, de tal manera que los protocolos permanecen durante 25 años en la notaría que los ha producido, de los 26 a los 100, que son transferidos a los Archivos Histórico Provinciales, son custodiados por los Archivos de Distrito Notarial. La primera transferencia al archivo se realizó en 1933, constituyendo el fondo fundacional del mismo.
Historia Institucional/Reseña Biográfica: El Notario o escribano es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales. Los notarios forman los protocolos, entendidos como la colección ordenada y encuadernada de las escrituras matrices realizadas por un escribano durante un año. Tanto el Notariado como el Protocolo, surgen en la Edad Media y son regulados en Las Partidas, en la Pragmática de Escribanos dada en Alcalá de Henares en 1503 y en la Ley del Notariado de 1862. Esta última Ley establece unas demarcaciones notariales que serían determinadas por la Dirección General de Registros y del Notariado, reduce el número de escribanías existentes, cambia el nombre de ESCRIBANOS por el de NOTARIOS y establece que los Protocolos son propiedad del Estado. El Notario ejerce la Fe Pública únicamente en su respectivo distrito notarial, salvo en los casos de habilitación especial. Los particulares tienen derecho a la libre elección de notario.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Se conservan protocolos de los escribanos del número y notarios de las diversas localidades de la provincia de Toledo y algunos pueblos de las actuales provincias de Cáceres, Ávila, Madrid, Cuenca y Ciudad Real, que proceden de los distritos notariales de Ocaña, Orgaz, Illescas, Talavera de la Reina, Toledo, Torrijos y Quintanar de la Orden, pertenecientes al Colegio Notarial de Madrid. La documentación que el notario puede autorizar es muy diversa, según la Dirección General de Registros y del Notariado se puede agrupar en doce materias, actos referentes al estado civil; actos de última voluntad; contratos por razón de matrimonio; contratos en general; manifestaciones y peticiones de herederos; constitución, modificación y extinción de sociedades civiles y mercantiles; préstamos y reconocimiento de deudas simples, pignoritarias e hipotecarias; cartas de pago y extiención de obligaciones; poderes de todas clases; protestos de documentos de giro; actas de declaración de herederos abintestato; y actas en general.
Esta documentación ha sido utilizada tradicionalmente en los estudios de Genealogía, Heráldica, Biografías e Historia del Arte; la historiorafía actual está utilizando estos fondos para los estudios de Historia Social, a través de capitulaciones matrimoniales, testamentos, inventarios de bienes, compraventas, censos, constitución de sociedades, etc.; Historia Económica, permitiendo investigaciones sobre la historia agraria o rural y urbana; el artesanado, la industria, el comercio en sus series documentales de contratos de compraventa, arriendo, aparcerías, hipotecas, contratos de aprendizaje, contratos de obras, cartas de examen, ,poderes cartas de pago, etc. Historia de las mentalidades: alfabetización, imprenta, arte, estética, religiosidad, etc.
Los protocolos de la provincia de Toledo contienen escrituras públicas con firmas originales de diversos personajes que realizaron negocios o habitaron en la ciudad o provincia como El Greco, Lope de Vega, Garcilaso de la Vega, Tirso de Molina, Juanelo Turriano, Cervantes, San Teresa, Alonso de Covarrubias, Luis Tristán, etc.
Valoración, Selección, Eliminación: Conservación permanente
Nuevos Ingresos: Anuales según los calendarios establecidos
Organización: Ordenados alfabéticamente por lugares de notaría y dentro de cada lugar por alfabético de notarios y fechas.
Condiciones de Acceso: Acceso libre
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación: Humedad, acidez, microorganismos y daños en las encuadernaciones
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Pueden existir documentos originales en el Archivo Diocesano así como en los Archivos de algún Ayuntamiento de la provincia que conserve aún Protocolos Notariales en su Archivo Histórico y en los Archivos Histórico Provinciales de las provincias limítrofes ya que los distritos notariales no asemejaban a la distribución geográfica actual.
Existencia y Localización de las Copias: En los protocolos notariales se conserva el documentos original o matriz expedida por el notario, de la cual proporciona copia a la persona o institución que demando sus servicios. Es frecuente, por tanto, encontrar copias de estas matrices o documentos originales en todo tipo de instituciones y archivos familiares, de la misma forma que los protocolos conservan documentación de otras instituciones remitidas al notario para que este pudiese expedir su escritura notarial, como acuerdos de instituciones, cuentas, etc.
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Fondo de la Contaduría de Hipotecas
Registro de la Propiedad
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Rita García Lozano
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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