Acceso Colaboradores
Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Colegio de Procuradores de los Tribunales
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20-07-1797
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31-12-2010
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13-10-1980
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31-12-2010
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Con la agrupación, en la Baja Edad Media, y especialización de los distintos gremios y estamentos sociales surgen los primeros Colegios Profesionales, que en un principio adquieren el carácter de cofradías y con ellos por primera vez el germen de una cierta conciencia colectiva de los procuradores. Tenemos constancia que en Toledo el Colegio de Procuradores, estuvo vinculado al Convento de Santa Isabel, de la Orden Franciscana, dado que este Colegio tiene como patrona la Inmaculada Concepción.
Bajo el reinado de los Reyes Católicos se produce un aumento importante de la legislación referente a la procura y su ejercicio. Es interesante reseñar a este respecto el Ordenamiento de Montalvo de 1484.
En 1782 con la primera reglamentación en materia de aranceles de los procuradores se consigue la unificación en la regulación pecuniaria solventando los problemas que a este respecto se planteaban en todo el territorio nacional.
Tendremos que esperar sin embargo al s. XIX a la promulgación de la Novísima Recopilación, a la Ley de Enjuiciamiento Civil de 5 de Octubre de 1855 y muy especialmente a la Ley Orgánica del Poder Judicial de 15 de Septiembre de 1870 para contemplar una regulación esencial de la figura del procurador, su ejercicio y profesionalización.
Esta regulación continuará sucesivamente a lo largo de los años posteriores hasta la actualidad. Hoy se establece en la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000 y en el Estatuto General de Procuradores de 21 de Diciembre de 2002.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: La documentación más antigua que se conserva en el Colegio de Procuradores de Toledo data del siglo XVIII. Cuenta con documentos tan interesantes como "Repartimiento de asuntos civiles 1893-1894" o los Libros de Actas, el más antiguo se extiende entre el 1 de julio de 1920 hasta el 20 de octubre de 1936. Tras la Guerra Civil se retoman a partir del 13 de octubre de 1980 hasta hoy. Entre 1936 y 1980 nos encontramos principalmente documentos sueltos, sin procedimiento administrativo completo. A partir de esta fecha tenemos continuidad y regularidad en los documentos. También tenemos que señalar las Solicitudes de Baja y Alta, que nos sirven para estudiar la actividad de la profesión en la provincia de Toledo. Podemos añadir la documentación de "Contabilidad" y de carácter económico, además de las "Pólizas".
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: Existe una organización de carácter funcional.
Condiciones de Acceso: La solicitud de acceso deberá dirigirse al responsable del centro de archivo. El acceso a los documentos que contengan datos relevantes a la intimidad de las personas estará reservado a éstas (artículo 37.2 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). El acceso a los documentos de carácter nominativo que sin incluir otros datos pertenecientes a la intimidad de las personas figuren en los procedimientos de aplicación del derecho, salvo los de carácter sancionador y disciplinario, y que (...) puedan hacerse valer para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo (artículo 37.3 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). En todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.1.c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, los documentos que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de 50 años a partir de la fecha de los documentos. Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla la Mancha (DOCM de 15 de noviembre de 2002), y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD).
Condiciones de Reproducción: El derecho de acceso conlleva el de obtener copias o certificados de los documentos cuyo examen sea autorizado por la Secretaría, previo pago, en su caso, de las exacciones que se hallen legalmente establecidas. Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha (DOCM 15/11/2002) y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD).
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. Dirección General de Patrimonio Cultural.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
ISAD (G)
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