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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha
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27-12-1993
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01-01-1994
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Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística: Se ha realizado una transferencia al Archivo de Castilla-La Mancha durante el año 2006, en total se transfirieron 829 unidades de instalación, documentación entre 1993 y 2000 (Artículo 26.3 Ley 19/2002, de 24 de octubre, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha). El Archivo de las Cortes de Castilla-La Mancha, conserva igualmente los Informes entre 1993 y 2008, en soporte papel y óptico (CD).
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La Ley 5/1993, de 27 de diciembre, creó la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha como órgano técnico dependiente de las Cortes Regionales, al que corresponde la fiscalización externa de la gestión económico-financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas. Esta Ley fue modificada por la Ley 13/2007, de 8 de noviembre (DOCM nº 239, de 16-11-2007).
Al frente de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha estará el Síndico de Cuentas, que será elegido por el Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha por un período de seis años, pudiendo ser reelegido por períodos iguales. El primer Síndico de Cuentas de Castilla-La Mancha fue nombrado el 13 de abril de 1994 y los auditores en junio de ese mismo año. Los Auditores, en número no superior a cuatro, son nombrados por el Síndico mediante el sistema de libre designación entre funcionarios que, al menos durante cinco años, hayan desempeñado funciones en la Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, Organismos Autónomos, Sociedades Estatales, Autónomas o Locales, en las áreas de Intervención Pública, Administración o Economía.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: INFORMES: Área de Corporaciones Locales (Ayuntamientos, Diputaciones, Consorcios, Entidades Locales, en general). Área de Cuenta General de la Comunidad Autónoma (documentación general y contable de la Administración Regional). Área del Sector Público Empresarial y otros entes públicos (empresas públicas, fundaciones, consorcios, etc.). Otros organismos públicos (Universidades, Cámaras de Comercio, etc.). SECRETARÍA GENERAL: Personal, Contabilidad, documentación económica y financiera, Actas de Sesiones de Síndico y Auditores. SINDICATURA: Correspondencia, Relaciones Institucionales, Prensa. Tenemos que hacer mención al archivo electrónico, donde se conserva también el archivo fotográfico y audiovisual.
Valoración, Selección, Eliminación:
Orden EHA/ 4041 /2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local. Regla 93 (BOE de 9 de diciembre de 2004).
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Con carácter general, todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información contenida en los archivos públicos, salvo en determinados casos contemplados en la legislación. La solicitud de acceso deberá dirigirse al responsable del centro de archivo. El acceso a los documentos que contengan datos relevantes a la intimidad de las personas estará reservado a éstas (artículo 37.2 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). El acceso a los documentos de carácter nominativo que sin incluir otros datos pertenecientes a la intimidad de las personas figuren en los procedimientos de aplicación del derecho, salvo los de carácter sancionador y disciplinario, y que (...) puedan hacerse valer para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo (artículo 37.3 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). En todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.1.c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, los documentos que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de 50 años a partir de la fecha de los documentos. Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla la Mancha (DOCM de 15 de noviembre de 2002). Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD). Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Orden EHA/ 4041 /2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local. Regla 93 (BOE de 9 de diciembre de 2004).
Condiciones de Reproducción:
El derecho de acceso conlleva el de obtener copias o certificados de los documentos cuyo examen sea autorizado por la Administración, previo pago, en su caso, de las exacciones que se hallen legalmente establecidas (artículo 8 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha (DOCM 15/11/2002). Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD). Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. Dirección General de Patrimonio Cultural.
Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G)
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