Acceso Colaboradores
Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Cruz Roja Española en Castilla-La Mancha
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01-01-1936
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01-01-1960
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31-12-2010
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Desde 1863 España tuvo su representación con las catorce naciones en la Primera Conferencia Internacional, y en 1864 se adhiere al I Convenio de Ginebra. Estos son los inicios de Cruz Roja Española. Aquí se organizó bajo los auspicios de la Orden Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, y se declaró "Sociedad de Utilidad Pública". En una primera época, su actuación estuvo centrada en intervenciones humanitarias principalmente en caso de conflicto armado. Durante la guerra civil en España realizó una importante actividad. Esta especial experiencia se empleó en la intervención ante cualquier desastres ocurrido, así se asistió en incendios, inundaciones, accidentes, etc. En la década de los setenta, la institución completó la red de Puestos de Primeros Auxilios en las carreteras españolas, algo que ya se había iniciado en la II República. Fue una nueva respuesta ante el avance en las comunicaciones por carretera que produce un aumento del parque automovilístico y, consiguientemente, un aumento de los accidentes de tráfico. El Real Decreto 690/1978, de 27 de marzo, dictaba nuevas normas sobre ordenación de la Cruz Roja Española por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social (BOE número 89 de 14/4/1978).
Más adelante en el tiempo, sobre todo en los años ochenta, para la Cruz Roja Española crece su actividad con nuevas acciones y servicios. A partir de 1985 se inicia una profunda reorganización con la democratización de la Institución, la potenciación de la participación de los voluntarios, la apertura hacia nuevos campos de actuación, etc. Algo que vino a hacerse efectivo en el Real Decreto 1474/1987, de 27 de noviembre, por el que se actualizaron las normas de ordenación de la Cruz Roja Española. Pero es fundamentalmente en la década de los noventa cuando se produce la gran modernización de la institución, por una lado la consolidación de la intervención social con personas mayores, refugiados e inmigrantes, afectados de SIDA, drogodependientes, infancia y juventud, población reclusa, discapacitados, mujer en dificultad social. Además si añadimos el espectacular incremento de los programas internacionales, como cooperación al desarrollo, ayuda humanitaria o cooperación institucional. Todo ello culmina con la aprobación de unos nuevos estatutos (Junio de 1997) y Reglamento General Orgánico (29 de julio de 1998). A nivel local, se constituyen los Comités Locales, Comarcales o Insulares, despúes tenemos, los Comités Provinciales, los Comités Autonómicos y la Asamblea General y el Comité Nacional. La Asamblea General elige al Presidente y a los miembros del Comité Nacional.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Podemos destacar las Actas de las Asambleas desde 1936, con continuidad cronológica existen desde 1960 en adelante. Además añadimos la documentación generada por sus propias funciones y actividades, éstas son: Voluntariado, Miembros de Cruz Roja Juventud, Personal Remunerado, Socios y Asimilados a miembros activos, Comunicación externa, Plan de empleo para colectivos vulnerables, Cursos de Formación (Formación para el desarrollo institucional, Formación para la intervención), Intervención Social (Centros de atención a la familia, Escuela de madres, padres y abuelos/as,Oficina de acogida integral al inmigrante, Retorno, Apoyo social en situaciones de vulnerabilidad, Productos de apoyo o Ayudas Técnicas, Envejecimiento saludable, Teleasistencia, Transporte adaptado), Juventud (Educación para el Desarrollo, Atención a la infancia hospitalizada, Centros de mediación social, Juguetes para educar, Ludotecas), Plan de Organización y gestión (Administración, Capatación de fondos), Socorros y Emergencias (preventivos terrestres) y Cooperación Internacional. Habría que añadir también el archivo fotográfico y audiovisual. Cada Comité Local y Provincial conserva su propia documentación: en TOLEDO (Consuegra, Fuensalida, Illescas, Madridejos, Mora, Navahermosa, Los Navalmorales, Quintanar de la Orden, Talavera de la Reina, Torrijos, Toledo, Villacañas y Ventas con Peña Aguilera), en ALBACETE (Albacete, Almansa, Balazote, Casas Ibáñez, Caudete, Elche de la Sierra, Hellín, Madrigueras, Mahora, Munera, La Roda, Tobarra, Villamalea, Villarrobledo), en CIUDAD REAL (Alcázar de San Juan, Almodóvar del Campo, Ciudad Real, Daimiel, Manzanares, Puertollano, Socuéllamos, La Solana, Tomelloso, Valdepeñas, Villanueva de la Fuente y Villanueva de los Infantes), en CUENCA (Cuenca, Barajas de Melo, Huete, Iniesta, Minglanilla, Mira, Motilla del Palancar, Las Pedroñeras, Tarancón y Valdeolivas) y en GUADALAJARA (Albalate de Zorita, Azuqueca de Henares, Brihuega, El Casar, Cifuentes, Guadalajara, Molina de Aragón, Mondéjar y Sigüenza).
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: La organización existente es de carácter funcional, cronológica y alfabética.
Condiciones de Acceso:
La solicitud de acceso deberá dirigirse al responsable del centro de archivo. El acceso a los documentos que contengan datos relevantes a la intimidad de las personas estará reservado a éstas (artículo 37.2 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). El acceso a los documentos de carácter nominativo que sin incluir otros datos pertenecientes a la intimidad de las personas figuren en los procedimientos de aplicación del derecho, salvo los de carácter sancionador y disciplinario, y que (...) puedan hacerse valer para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo (artículo 37.3 LRJAP y PAC 30/1992, de 26 de noviembre). En todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.1.c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, los documentos que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de 50 años a partir de la fecha de los documentos. Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla la Mancha (DOCM de 15 de noviembre de 2002), el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD).
Condiciones de Reproducción:
El derecho de acceso conlleva el de obtener copias o certificados de los documentos cuyo examen sea autorizado por la Administración de la CRE, previo pago, en su caso, de las exacciones que se hallen legalmente establecidas. Para más información consultar la Ley 19/2002, de 24 de octubre de 2002, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha (DOCM 15/11/2002), el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD).
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias: Asambleas Locales (Voluntariado y Formación).
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. Dirección General de Patrimonio Cultural.
Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G)
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