Acceso Colaboradores
Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Archivo Catastral de la Gerencia Regional
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01-01-1989
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31-12-2010
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01-01-1989
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31-12-2010
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Decreto 914/1969 de creación del Archivo General de la Administración en el que se establece que la documentación producida por la Administración Periférica del Estado en la provincia debe ser transferida a los Archivos Históricos Provinciales. La transferencia de esta documentación al Archivo Histórico Provincial se realiza sucesivamente en los años 1964 y 1966 desde la Delegación de Hacienda y desde la Gerencia Regional del Catastro en los años 1964, 1994, 2000, 2005 y 2008-2010, con un total de 7.033 unidades de instalación.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Como notas fundamentales en la Historia del Catastro en España, señalemos dos hito significativos: 1. El Marqués de la Ensenada, Secretario de Estado de Hacienda, fue el promotor del levantamiento de un catastro general para Castilla en pleo siglo XVIII, encaminado a reducir los numerosos tributos indirectos y escasas contribuciones directas a un solo impuesto: la única contribución, que ya se había impuesto previamente en los territorios de la antigua Corona de Aragón durante el reinado de Felipe V. Aunque el proyecto fracasó, se asentó todo un programa a seguir por los posteriores titulares de la cartera.
2. En 1906, con la aprobación de la Ley del Catastro Parcelario de España, impulsada por el Ministro Moret con el auxilio de José Echegaray como presidente de la Junta encargada de redactar el Anteproyecto, se avanzará en la consolidación de un sistema de contribuciones directas.
Hoy día el Catastro es una organización cuya función primordial es la de describir la propiedad inmobiliaria en sus diferentes usos y aplicaciones. El conjunto de los datos y descripciones que definen la propiedad territorial configura el Catastro Inmobiliario que se constituyen como una base de datos, al servicio de los titulares catastrales y de las Administraciones del Estado, Autonómica y Local. En la base de datos catastral (BDC) se describen los bienes inmuebles mediante un conjunto de atributos o características físicas (Referencia catastral, superficie, situación y linderos, representación gráfica, año de construcción y calidad de la edificación, uso o cultivo, entre otros aspectos), jurídicas (datos personales del titular / expedientes) y económicas (valor del suelo, valor de la construcción y valor catastral).
Las Gerencias Regionales del Catastro ejercen, entre otras, las siguientes funciones:
Supervisar, impulsar y coordinar las actuaciones de las Gerencias Territoriales y Subgerencias radicadas en sus respectivos territorios.
Coordinar en el ámbito regional los programas de actuación y la provisión de los medios necesarios para el desarrollo de las actividades de las Unidades Territoriales y Locales.
Elaborar y proponer a la Dirección General del Catastro, planes y programas regionales de actuación.
Asumir las competencias que son propias de las Gerencias Territoriales en el ámbito de la provincia o demarcación de su sede.
Participar en las tareas de formación y perfeccionamiento del personal.
Coordinar los medios informáticos en su ámbito territorial.
Realizar la colaboración y enlace con la Comunidad Autónoma, así como con las Administraciones Locales.
Cualquier otra función que, relacionada con su ámbito territorial, le encomiende la Dirección General del Catastro.
Las funciones de las Gerencias Regionales del Catastro se ejecutarán por las Unidades que se determinen en la oportuna relación de puestos de trabajo correspondiendo al Gerente regional dictar los actos administrativos que sean necesarios para el ejercicio de las mismas.
Asimismo, corresponderá a los titulares de las Gerencias Territoriales o Subgerencias del Catastro, dependientes de las Gerencias Regionales, dictar los actos administrativos que sean necesarios para el ejercicio de las funciones y competencias señaladas en el apartado duodécimo de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Su estructura orgánica básica se regula por el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, de éste y de otros departamentos ministeriales (Texto parcial)
(B.O.E. de 4 de noviembre de 2010). Y el Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economia y Hacienda.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: La documentación ha de estar disponible no solo para la racionalización de las tareas de búsqueda y consulta de la información por parte de cada una de las Áreas de la gerencia (usuarios internos), sino también para dar respuesta rápida a las demandas de información por parte de los usuarios expternos (clientes).
Valoración, Selección, Eliminación: Se desarrolló en función de los distintos procesos de expurgo de documentación, habilitados legalmente.
Nuevos Ingresos: Ingreso continuado, derivado de los trabajos para la formación y mantenimiento de la base de datos Catastral.
Organización: 1.1.1.Carpetas catastrales 1.1.2.Cartografía Urbana 1.1.3.Delimitaciones de suelo 1.1.4.Fotografías aéreas 1.1.5.Ponencias de valores 1.2.1.Expedientes Inspectores 1.2.2.Expedientes sancionadores 2.1.1.Cartografía rústica 2.1.2.Fichas de construcciones rústicas 2.1.3.Fotografías aéreas 2.1.4.Listado de características 2.1.5.Ortofotografías 2.1.6.Resúmenes de superficies por cultivos y clases 2.2.1.Expedientes Inspectores 2.2.2.Expedientes sancionadores 3.1.1.Libro registro 3.2.1. 901 3.2.2. 902 3.2.3. 903 3.2.4. 904 3.2.5. 905 3.3.1.Padrones de Urbana 3.3.2.Padrnes de Rústica 3.4.1.Notificaciones de revisiones 3.4.2.Notificaciones de PVCR 3.4.3.Notificaciones ordinarias 3.5.1.Expedientes de recursos, rectificaciones, informes 3.5.2.Expedientes de reclamaciones TEAR 3.6.1.Expedientes sancionadores 3.7.1.Expedientes TIC 3.7.2.Expedientes TAC 3.8.1. 901N 3.8.2. 902N 3.8.3. 903N 3.8.4. 904N 3.9.1.Procedimiento de solicitud
Condiciones de Acceso:
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Archivo Histórico Provincial de Toledo, Información gráfica.
Existencia y Localización de las Copias: Información gráfica de uso interno disponible en Red Local de Trabajo.
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Educación, Ciencia y Cultura. Dirección General de Patrimonio Cultural.
Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G)
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