Acceso Colaboradores
Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Fondo municipal
[c]
01-01-1370
-
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Se encontraron indicios de una primera organización en fase inicial del archivo por parte de Jaume Lladó Ferragut, únicamente llevada a cabo en varias unidades de instalación, pero fue en los años 1981 y 1983 cuando el Pla d’Organització d’Arxius Municipals del Consell de Mallorca se ocupó de la organización del archivo. La documentación se encontró totalmente desordenada en cajas en el piso superior del ayuntamiento y la mayor parte de la documentación medieval había desaparecido.
Poco después, el ayuntamiento fue reformado, y el archivo se trasladó a la planta sótano, con un depósito en estanterías metálicas y una zona de armarios compactos, aunque con una zona dedicada a efectos no archivísticos.
A petición del propio ayuntamiento, en 2001 se realizó una organización de la documentación que había sido producida posteriormente a 1981, pero aún fue necesario otra fase organizativa en 2003, interviniendo en la documentación que se encontraba en las oficinas municipales.
Actualmente (2011) el ayuntamiento vuelve a llevar a cabo reformas en el inmueble, y el depósito del archivo ha sido clausurado hasta su reubicación
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
En época islámica surgen una serie de explotaciones agrarias basadas en la horticultura: las alquerías de Alpic, Canet y Wat-al-luch. En la época del Repartiment (1229-1231) el distrito comprendía los Balles de Banyalbufar, Bunyolí, Esporles y Superna, otorgándose estas tierras a la porción de Nuno Sanç. Se cedió la alquería de La Granja a la orden del Cister para erigir un monasterio, aunque pocos años después se trasladaron a La Real y vendieron esas tierras en año 1447. El valle de Esporles fue enfeudado el 1233 a Alaman de Sadoa con la obligación de mantener un servicio militar permanente. A la muerte de Nuno Sanç las tierras pasaron a manos de la porción real.
Se conoce la existencia de la parroquia de Sant Pere desde 1236 con anterioridad incluso a la bula papal de Inocencio IV (1248). El termino “vila” aparece documentado por primera vez en 1349 en una carta del gobernador de Centelles. En el siglo XIV está documentada la existencia de una asamblea vecinal llamada probis homnibus, con capacidad para disponer medidas y órdenes.
Entre finales del siglo XIII y principios del XIV se empiezan a levantar alrededor de la iglesia el embrión poblacional actual. Hasta 1312 el núcleo dependía de Banyalbufar, siendo una sola universidad. Las sesiones plenarias se debatían alternativamente en una y otra villa. Desde el siglo XVI la primacía de Esporles respecto de los otros núcleos es total.
La parroquia de Esporles tuvo tres iglesias sufragáneas: Banyalbufar, s’Esglaieta y Establiments, siendo estas últimas tierras segregadas del municipio en 1837. También hubo entre 1699 y 1778 problemas jurisdiccionales entre Banyalbufar y Esporles, quedando definitivamente separadas el año 1843.
Los decretos de Nueva Planta introdujeron el modelo de administración municipal castellana, y en consecuencia las figuras de los jurats y consellers fue substituida por un alcalde y los regidores, con competencias administrativas y de asuntos urbanos. En 1831 los municipios de más de 1000 habitantes debían tener un ayuntamiento electo propio
Forma de Ingreso: OTROS
Detalle de Otro Ingreso: Ingreso
Observaciones del Ingreso: Ingreso desde las oficinas municipales
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Documentación producida y recibida por la institución municipal como resultado de la gestión de las funciones y competencias encomendadas a lo largo de su trayectoria, en virtud de las normas y disposiciones vigentes a cada época
Valoración, Selección, Eliminación: En el primer inventario se destaca que a mediados de los años cuarenta del siglo XX hubo una pérdida de documentos.
Nuevos Ingresos: Se esperan nuevos ingresos desde las oficinas municipales
Organización:
Condiciones de Acceso: En carácter general los documentos son de libre consulta, sin perjuicio de las limitaciones que dispone la legislación vigente en esta materia así como el estado de conservación de los documentos.
Condiciones de Reproducción: Sujeta a las limitaciones de su naturaleza y al estado de conservación, y se tendrán en cuenta las disposiciones sobre la propiedad intelectual que afecten a determinados documentos.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano y catalán
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación: En general estado de conservación es bueno
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción coordinada por Isabel Garau en 2003.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
Norma Internacional General de Descripción Archivística ISAD (G). Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2000, segunda edición.
Manual de Descripción Multinivel. Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística. Junta de Castilla y León, 2000.
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