Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.41091.AHP/05
Título /Nombre Atribuído: Contadurías de Hipotecas del Distrito de Osuna
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01-01-1779
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31-12-1862
Nivel de Descripción: Grupo de Fondos
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: Las Contadurías u Oficios de Hipotecas se crean por Real Pragmática de 31 de enero de 1768, y constituyen el primer sistema serio y efectivo de publicidad registral sobre la transmisión de bienes inmuebles. Era manifiesta la secular necesidad de conocer las hipotecas, censos y otras cargas que gravaban la propiedad, y en este sentido hubo algunos precedentes legislativos, como las disposiciones de Carlos I, Felipe II y Felipe V; sin embargo, todos ellos se caracterizaron por un sistemático incumplimiento. La importancia de la Pragmática de 1768 radica en que impuso la obligatoriedad de presentar en el Oficio de Hipotecas, para su registro, una copia de todas las escrituras públicas que se otorgaran en relación a bienes gravados con cargas; de modo que las que no fuesen registradas no tendrían validez en ningún pleito. Los Oficios se establecen en todas las cabezas de partido, estando a su cargo el escribano de cabildo más antiguo de la localidad; éstos debía registrar en libros separados, para cada uno de los pueblos del distrito, las transacciones de bienes raíces, censos y tributos que tuvieran hipoteca o gravamen. El sistema de inscripción fue modificado por el Real Decreto de 15 de junio de 1845. Estos registros dejaron de ser únicamente de cargas e hipotecas, siendo de obligada inscripción en ellos otros actos jurídicos y de trasmisión de bienes, estuvieran o no gravados, incluyendo arrendamientos, donaciones, censos, legados y herencias. La Ley Hipotecaria de 1862 de 8 de febrero, marca el final de esta institución, al establecer los actuales Registros de la Propiedad en sustitución de los Oficios de Hipotecas, con lo que la mayoría de los libros se cierran en este año mediante una diligencia del nuevo Registrador. Los nuevos Registros mantuvieron inicialmente dos secciones, una de Registro de la Propiedad y otra de Registro de Hipotecas, aunque esta última quedó suspendida con la Ley de Reforma de 1869.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso: Tras la desaparición de la institución, la documentación permaneció en los diferentes Registros de la Propiedad, bajo la custodia de los respectivos Registradores, hasta que una orden del Ministerio de Justicia de 14 de diciembre de 1957 dispuso su entrega a los Archivos Históricos Provinciales. En virtud de estas disposición, teniendo en cuenta que Sevilla no contaba aún con este tipo archivo, los distritos de Carmona, Cazalla de la Sierra, Estepa, Morón de la Frontera, Osuna, Sanlúcar la Mayor y Utrera remitieron sus fondos a la Audiencia Territorial de Sevilla, donde fueron inventariados en febrero de 1958. De todos estos fondos se desconoce su paradero en la actualidad. Sólo nos ha llegado la documentación que permaneció en los Registros de la Propiedad de los distritos de Alcalá de Guadaíra y Marchena y, aunque más incompleta, también la de Estepa, y Osuna. En el caso de los distritos de Morón de la Frontera y Sanlúcar la Mayor, la documentación sólo constituye una pequeña parte de la que en su día fue remitida a la Audiencia Territorial, de donde nos ha sido transferida. La Contaduría de Hipotecas de la ciudad de Sevilla, se perdió en la década de los 50, a causa de unas inundaciones, mientras que la relativa a los pueblos de su distrito se ha recuperado recientemente.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
De los diferentes distritos en que se dividía la provincia de Sevilla, están recogidos en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla los fondos correspondientes a siete de ellos, que contienen información de 37 localidades.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos: No está previsto que se produzcan nuevos ingresos, aunque sería deseable que, de localizarse alguno de los fondos desaparecidos, o parte de ellos, ingresaran en el Archivo.
Organización: La clasificación ha tenido en cuenta los diferentes distritos (fondos) y dentro de éstos, las localidades (secciones o subfondos), según lo expuesto en el elemento 3.1. Alcance y Contenido. Las series documentales las constituyen los diferentes tipos de libros, encontramos las siguientes: - Libro de toma de razón de hipotecas, censos y gravámenes (1768-1845) - Libro de ventas, cambios, donaciones y contratos sujetos al derecho del medio por ciento (1829) - Libro registro de traslaciones de dominio de fincas rústicas y urbanas (1845-1862) - Libro de arriendos y subarriendos (1845-1853) - Libro registro de hipotecas por orden cronológico (1861-1870) - Libro registro de hipotecas por orden alfabético (1861-1870) - Índices (1845-1869)
Condiciones de Acceso: Documentación de libre acceso
Condiciones de Reproducción:
La realización de reproducciones, así como la técnica de reprografía empleada estará determinada por el estado de conservación de los documentos y por el formato de los mismos.
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Los libros de toma de razón de censos, hipotecas y gravámenes de los pueblos del Distrito de Sevilla, se ha encontrado sin su encuadernación primitiva, que unía en un mismo volumen por cada año, las escrituras de todos pueblos del distrito. En el Registro del Mediodía, a principios del siglo XX, de procedió a organizar estos registros por municipios, desmontando los distintos cuadernillos que constituían los antiguos libros. Se ha respetado esta organización por municipios.
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: En el Archivo Municipal de Écija, se conserva el fondo de la Contaduría de aquel distrito.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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