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141. Archivo de los Marqueses de Perales del Río

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.45168.AHNOB/141//PERALES DEL RIO

Título /Nombre Atribuído: 141. Archivo de los Marqueses de Perales del Río

[f] 01-01-1500 (Aproximada) / 31-12-1953

Nivel de Descripción: Fondo

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/12707342

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/12707342

Área de Contexto

Historia Archivística: Ingresa por comodato.

Durante la Guerra Civil, el archivo es incautado por la Junta del Tesoro Artístico del gobierno republicano en Madrid el 26 de abril de 1937. En el Archivo Histórico Nacional, a 21 de agosto de 1937, se habían inventariado los fondos incautados de dicho título, inventario que se conserva con el numero 20. Posteriormente, y tras la guerra, se comenzó la tramitación de devolución a sus propietarios el 18 de agosto de 1939, siendo devuelta definitivamente el 7 de junio de 1945.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El título de Marquesa de Perales del Río es concedido por Felipe V en 1729 a Antonia de Velasco y López de Moeda (nacida 1694); su marido, Ventura de Pinedo Rodríguez de Ubierna (hijodalgo notorio de Poza, Burgos), recibe el título de conde de Villanueva de Perales de Milla. 
El I marqués de Perales, el burgalés Ventura de Pinedo, tuvo una trayectoria ascendente entre los reinados de Carlos II y Felipe V. Desde 1682 sirve en la Armada del Mar Océano y en 1691 recibe el hábito de caballero de la Orden de Santiago; en 1692 ya era miembro de Secretaría de Nueva España (Consejo de Indias), donde su hermano era oficial tercero; allí trabó amistad con Grimaldo, gracias a cuya relación, ya sirviendo a los Borbones, fue nombrado contador del Tribunal de la Contaduría Mayor de Cuentas (Consejo de Hacienda), en 1706. Compra corregimientos en Indias y termina siendo director de la Renta del Tabaco. 
   
El matrimonio formado por Antonia de Velasco y Ventura de Pinedo, adquiere la cabaña ganadera de la "Real Dehesa de la Serena" que había pertenecido a la Orden de Alcántara, y que fue enajenada por dicho monarca para sufragar los gastos de guerra en Italia, donde edificaron la llamada Casa Grande del Bercial. Ambos eran propietarios de la Cabaña de Perales, importante cabaña de ovejas merinas trashumantes de la montaña oriental leonesa durante los siglos XVIII al XIX, en que desaparece prácticamente durante la guerra de la independencia, aunque fue reconstruida posteriormente. 
A su muerte dejó dos millones de reales en dinero, además de un mayorazgo al que incorporó pastos y tierras de labor en las cercanías de Madrid, la cabaña lanar y las dehesas extremeñas, más otros bienes y títulos, cuyo valor rondaba los ocho millones de reales. Ventura tenía muy a gala las tareas de colonización de su señorío de Perales del Río, donde decía haber invertido una fortuna en convertir un despoblado en un lugar próspero, hasta con dos fábricas de jabón. 
El lugar de Perales del Río, en la actualidad es una pedanía de Getafe (Madrid), situada en las afueras de su casco urbano. Era una de las villas ganaderas de trashumancia más importantes de Madrid y contaba con esquiladeros de lana. Ya en el s. XIX, en dicha aldea tenían propiedades los marqueses de Valdemediano, luego duques del Infantado. 
   
En 1732, el marqués consorte mandó edificar un palacio en la Corte en un amplio solar de la calle de la Magdalena, que todavía hoy ostenta el blasón de sus antiguos dueños. Hoy es la sede de la Filmoteca Nacional, siendo vendido dicho inmueble al Estado en 1924. 
   
El V marqués de Perales y Tolosa fue Manuel Fernández Durán y Pando (1808-1888) El titulo de Conde de Villanueva de Perales se lo cedió a su hermano aunque mas tarde regresaría a la línea de mayorazgo. Grande de España Gentilhombre de Cámara de Isabel II, fue Diputado a Cortes por el Partido Liberal y Senador por Madrid y Badajoz Casó en 1840 con Francisca de Paula Bernaldo de Quirós y Larreátegui (1818-1874). En 16 de junio de 1855 se le otorga a dicho título Grandeza de España. 

Forma de Ingreso: DEPÓSITO

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El contenido del fondo responde al contenido tipo de los archivos familiares propios de la nobleza española y la acumulación de títulos nobiliarios en una misma familia. En este caso, dado que el proceso de acumulación comienza durante la primera mitad del siglo XVIII.

Además de la documentación propia de estos archivos (mayorazgos, capellanías, títulos, correspondencia..) Destaca la documentación sobre la Cabaña Ganadera, de la que eran propietarios, así como la relativa a los cargos de Notario Mayor del Reino (Reinados de Fernando VII e Isabel II), y las actividades del Senado durante la primera mitad del Siglo XX.

Valoración, Selección, Eliminación: Documentación con valor histórico permanente.

Nuevos Ingresos: No se esperan nuevos ingresos.

Organización: En tratamiento técnico.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Con caracter general, el fondo es de libre acceso de acuerdo con lo regulado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.

Sin embargo, la documentación de menos de 100 años puede tener restricciones según el art. 4.3 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que extiende la restricción hasta 80 años transcurridos tras el fallecimiento del afectado. La consulta es posible con la autorización o consentimiento expreso del titular (art. 2) o por interés histórico, científico o cultural relevante (art. 8).

Condiciones de Reproducción: Con caracter general, la documentación se puede reproducir de acuerdo con lo regulado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.

Sin embargo, la documentación de menos de 100 años puede tener restricciones de reproducción según el art. 4.3 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que extiende la restricción hasta 80 años transcurridos tras el fallecimiento del afectado. La reproducción es posible con la autorización o consentimiento expreso del titular (art. 2) o por interés histórico, científico o cultural relevante (art. 8).

Las reproducciones están limitadas según la legislación vigente sobre protección de derechos de propiedad intelectual.

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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