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Código de Referencia: ES.2003.ARP3A/1
Título /Nombre Atribuído: Registro de la Propiedad n º 3 de Albacete
[f]
01-01-1862
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31-12-1997
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La Dirección General del Registro de la Propiedad se crea por la ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1861. El 21 de junio del mismo año se elabora un decreto aprobando el reglamento general para la ejecución de la ley Hipotecaria, al cual se incorparan las disposiciones orgánicas de la Dirección General del Registro de la propiedad.
La circunscripción territorial de los registros se determina por la de los partidos judiciales (disposición 3ª de la Real Orden de 28 de junio de 1861) y 'se considerarán comprendidos en cada registro los mismos pueblos que compongan el partido judicial correspondiente; pero los registros de las capitales donde haya más de un Juzgado comprenderá cada uno todo el territorio señalado a los diferentes Juzgados de la capital respectiva'. Así, según la citada Real Orden de junio de 1861, por la que se aprueba la clasificación de los registros hipotecarios y las fianzas de los registradores, en Albacete existen seis registros hipotecarios, a saber:
- Albacete (3ª clase).
- Alcaraz (4ª clase).
- Almansa (4ª clase).
- Chinchilla (4ª clase).
- La Roda (3ª clase).
- Yeste (4ª clase).
El Real Decreto de 31 de enero de 1862 establece que los registadores de la propiedad se hagan cargo de las Contadurías de hipotecas.
El Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad se crea por Decreto de 18 de mayo de 1934.
El objetivo del Registro de Propiedad es 'la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles. (Art. 605, Título VIII del Código civil de 1889). Asimismo, el art. 607, establece 'El Registro de la Propiedad será público para los que tengan interés conocido en averiguar el estado de los bienes inmuebles o derechos reales anotados o inscritos'.
En 1968 Albacete se divide en tres secciones a efectos de Registro de la Propiedad y en 1985 se crean tres Registros. Al Registro número tres corresponden las secciones primera y segunda.
Forma de Ingreso:
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación:
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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