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Código de Referencia: ES.2003.INSALUD/1
Título /Nombre Atribuído: Dirección Provincial del INSALUD
[c]
01-01-1973
/
31-12-1996
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
El INSALUD es uno de los organismos surgidos al desaparecer el Instituto Nacional de Previsión (I.N.P.). El I.N.P. se crea a principios de siglo (1908) y en virtud de la Ley 14 de diciembre de 1942 va a estar al cargo del Seguro Obligatorio de Enfermedad (S.O.E.) como entidad aseguradora única, convirtiéndose en la primera Entidad Gestora de lo que luego sería la Seguridad Social.
Esta situación se ve profundamente modificada por el Real Decreto-Ley 36/78, de 16 de noviembre de 1978, referido a la Gestión Institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo. Se crean así las siguientes Entidades Gestoras:
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Instituto Nacional de la Salud (INSALUD)
- Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO)
- Instituto Nacional de Empleo (INEM)
- Instituto Nacional de Enseñanzas Integradas, como organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo.
Surge también la Tesorería General de la Seguridad Social, servicio común con personalidad jurídica propia y en la que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican los recursos financieros y su custodia así como el pago de las obligaciones del sistema de la Seguridad Social.
El Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), está adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo por el Decreto-Ley 36/78, de 16 de noviembre. Tiene como función la gestión de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas que, como Castilla-La Mancha, no han recibido todas las oportunas transferencias para su gestión.
El INSALUD se estructura en los siguientes órganos, con arreglo al RD 1415/1994 (BOE de 28 de junio):
a) De participación en el control y vigilancia de la gestión:
- El Consejo General
- La Comisión Ejecutiva
b) De dirección: La Dirección General del INSALUD, cuyo titular tendrá rango de Director General.
c) De apoyo a la Dirección, cuyos titulares tendrán rango de Subdirector General:
- El Coordinador General
- La Secretaría General del INSALUD
Los Servicios Centrales, radicados en Madrid, son los que acabamos de describir. Los Servicios Periféricos son emanación de los anteriores y tienen representación en cada una de las provincias en forma de Direcciones Provinciales del INSALUD. Según RD 347/1993 (BOE de 31 de marzo), su estructura es:
- Director Provincial
- Gerente de Atención Primaria
- Gerente de Atención Especializada
- Inspección de Servicios Sanitarios
Lógicamente, esta estructura está condicionada a la complejidad y características de cada provincia.
El Real Decreto 571/1990, de 27 de abril, modificó la estructura periférica de los servicios sanitarios gestionados por el INSALUD, creándose las Direcciones Territoriales para cada una de las Comunidades Autónomas no transferidas.
Dependiendo de las Direcciones Territoriales se crean las Direcciones del Sector, estableciendo que cada uno de ellos coincidirá con las Áreas de Salud, delimitadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley General de Sanidad. Sin embargo, ésta fórmula no ha alcanzado pleno desarrollo y que las Direcciones Provinciales siguen siendo el eje sobre el que gira el funcionamiento periférico del Estado.
(Fuente: Legislación y administración en Atención Primaria y Especializada, Fundación Enfermería y Sociedad. Editorial Síntesis, Madrid, 1994.)
Forma de Ingreso:
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Se ha seguido el organigrama de la institución, adscribiendo cada "serie" al departamento o sección que le corresponde. A este respecto, cuando las relaciones de entrega ofrecían duda, hemos consultado a los responsables respectivos.
En cuanto a la determinación de las series, ha habido que limitarse a lo que figuraba en las hojas de entrega, aun siendo, en la mayoría de los casos, temas, descripciones, entidades, etc. Hasta el punto de transcribirlo literalmente, en muchas ocasiones, por no estar plenamente seguros del significado de siglas, abreviaturas, o de los artículos o preposiciones que faltaban.
En los casos en los que en una misma caja se archivan varias cosas se ha optado por ponerlas tal como vienen y no en misceláneo porque sino tendríamos un sin número de éstos. El ejemplo más evidente es la Subdirección Provincial de Asistencia Sanitaria, donde todas las cajas son misceláneas, ello es debido a que el Subdirector debe tratar asuntos de muchos departamentos o secciones y los van archivando según se tramitan no por áreas de procedencia.
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas: No existe ningún inventario. Para la realización del censo nos hemos basado en las hojas de remisión al Archivo. Cada departamento o sección envía a Régimen-Archivo una relación de las cajas que van a llevar al sótano para su archivo definitivo. Estas relaciones no están normalizadas, por lo que varían según los departamentos o, incluso, los funcionarios encargados de realizarlas, en muchos casos ni siquiera figuran las fechas, o cual es la sección. La encargada del archivo numera las cajas consecutivamente y anota el número en la hoja de remisión. La ausencia de criterio archivístico es patente en tales relaciones, donde en lugar de series o tipos documentales, propiamente dichos, encontramos descripciones del contenido, temas o entidades Ej.: 'Farmacia', sin especificar si son facturas, relación de existencias, etc.
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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