Acceso Colaboradores
Código de Referencia: BO.30101.DMNA-CBB/1
Título /Nombre Atribuído: Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia (Cochabamba)
[f]
01-01-1996
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31-12-2005
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Las Defensorías de la Niñez y Adolescencia son un servicio municipal gratuito de protección y defensa socio-jurídica dependiente de Gobierno Municipal. Constituye la instancia promotora que vela por la protección y el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes establecidos por este Código y otras disposiciones.
La organización y funcionamiento de las Defensorías establecen acuerdo con las características y estructura administrativa del Gobierno Municipal correspondiente.
Las Defensorías desconcentrarán sus funciones en oficinas distritales o cantonales, de acuerdo con la densidad poblacional de su territorio, sus unidades territoriales y sus propias características y los convenios suscritos con el principio de mancomunidad. En los municipios donde hay más de una defensoría, estas deben trabajar en forma coordinada, para dicho efecto el Gobierno Municipal creará la instancia correspondiente.
Cada Gobierno Municipal otorga presupuesto necesario y suficiente para el funcionamiento de Defensorías, dotándoles de la infraestructura correspondiente y asegurando la contratación de recursos humanos profesionales, debidamente capacitados para el ejercicio de sus atribuciones. Son atribuciones de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia, bajo responsabilidad funcionaria:
1. Presentar denuncia ante las autoridades competentes por infracciones o delitos cometidos en contra de los derechos de niños niñas y adolescentes e intervenir en su defensa en las instancias administrativas o judiciales sin necesidad de mandato expreso
2. Derivar a la autoridad judicial los casos que no son de su competencia o han dejado de ser
3 Disponer las medidas de Protección Social niños, niñas y adolescentes, previstas por este cuerpo legal
4. Intervenir como promotores legales de adolescentes infractores, en estados judiciales
5. Conocer la situación de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas o privadas y centros o locales de su jurisdicción, donde trabajen, vivan o concurran niños, niñas y adolescentes y, en su caso, impulsar las acciones administrativas que fueren necesarias para la defensa de sus derechos
6. Brindar orientación interdisciplinaria a las familias, para prevenir situaciones críticas y promover el fortalecimiento de los lazos familiares
7. Promover reconocimientos voluntarios de filiación y acuerdos de asistencia familiar, para su homologación por autoridad competente
8. Promover que familias acojan a niños, niñas y adolescentes bajo la modalidad de familia sustituta, en los términos previstos por este Código
9. Promover la realización de diagnósticos participativos con representantes de la comunidad, tanto de adultos como de adolescentes, para establecer las necesidades y requerimientos de los niños, niñas y adolescentes de su jurisdicción, con el fin de orientar políticas y programas en beneficio de los mismos
10. Intervenir, cuando se encuentren en conflictos los derechos de niños, niñas o adolescentes con los padres, tutores, responsables o terceras personas, para hacer prevalecer su interés superior
11. Promover la difusión y defensa de los derechos de la niñez y adolescencia con la participación de la comunidad en estas acciones
12. Promover en los niños, niñas y adolescentes, la conciencia de autodefensa de sus derechos
13. Velar por el cumplimiento de las sanciones municipales a locales públicos bares, centros de diversión, espectáculos públicos, lugares de trabajo y otros, que contravengan disposiciones relativas a la integridad moral y física de los niños, niñas y adolescentes
14. Expedir citaciones para el cumplimiento de sus atribuciones
15. Desarrollar acciones de prevención contra el consumo de alcohol, tabaco y el uso indebido de drogas.
Código del Menor, Niño Niña y Adolescente. Sección II Defensorías de la Niñez y Adolescencia, Artículos 194, 195 y 196
Forma de Ingreso: OTROS
Detalle de Otro Ingreso: Acumulación natural
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Esta Institución conserva documentación referente a la defensa del menor, niño, niña y adolescente, en el marco de sus atribuciones y competencias
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: Clasificación por series, orden alfabético y cronológico (por nombre de la institución denunciante)
Condiciones de Acceso: Requiere orden judicial cuando se tratan de documentos relativos a la integridad de los menores, niños (as) y adolescentes
Condiciones de Reproducción: Si se tratan de documentos administrativos previa autorización de la Jefe de Departamento, pero si son de documentos relativos a las denuncias sólo con orden judicial
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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