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Detalle Unidad


Notaría y Registro Especial de Minas

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Área de Identificación

Código de Referencia: BO.50101.NFP7-POT/2

Título /Nombre Atribuído: Notaría y Registro Especial de Minas

[f] 01-01-1899 / 31-12-2000

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La función notarial pasó a la República, creándose algunas nuevas especializadas (Notarías de Minas, de Hacienda, etc). Actualmente las Notarías se rigen mediante la Ley del Notariado del 5 de marzo de 1858. Dependen administrativa y disciplinariamente del Consejo de la Judicatura. Esta Notaría funcionó en principio como parte del Ministerio de Minas

Forma de Ingreso: OTROS

Detalle de Otro Ingreso: Entrega y Acumulación natural

Observaciones del Ingreso: Las entregas de la documentación de un Notario a otro se proceden de acuerdo a la Ley del Notariado de 5 de marzo de 1858 Arts. 52-58: "Forma de Ingreso. Cap. 3 De la transmisión y seguridad de los archivos y registros"

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Conserva documentación de 1899 a 1999, concerniente al registro de contratos y concesiones mineras de todo el departamento de Potosí

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: La documentación se encuentra clasificada por series documentales y ordenada alfabéticamente

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Restringido. Ley del Notariado de 5 de marzo de 1858, Artículos 26, 27, 28 especifica que no se podrán dar testimonios de las escrituras ni conocimiento de ellas sin mandato judicial, sino es a las partes interesadas ó que tengan derecho. El original o primer testimonio se dará por los notarios a cada uno de los interesados que lo pidieren, dentro del año del otorgamiento de la escritura; y no se les podrá dar nuevos testimonios, sin mandato judicial y sin citación de parte legítima. Igual mandato y citación son necesarios, si pasado el año del otorgamiento de la escritura, se pide el original o primer testimonio

Condiciones de Reproducción: Se pueden extender fotocopias legalizadas o testimonios de las escrituras a elección de las partes, únicamente cuando los notarios tengan los registros originales (Ley de Organización Judicial Nº 1455 de 18 de febrero de 1993, Art. 279)

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • DEPARTAMENTO DE POTOSÍ
  • CENSO DE LOS ARCHIVOS DE BOLIVIA

Instrumentos de Descripción:

  • Cuenta con un Inventario General de la documentación de 1899 a 2000, efectuado en diciembre del 2001. De acuerdo al Cap. 2 De las escrituras, minutas, testimonios y del índice. Art. 31 de la Ley del Notariado de 5 de marzo de 1858

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 1 Otros
  • 616 Libro(s)
  • 650 Expediente(s)
  • 303 Libro(s)


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