Acceso Colaboradores
Código de Referencia: BO.70101.AMHR-SCZ/2
Título /Nombre Atribuído: Prefectura del Departamento de Santa Cruz
[f]
01-01-1825
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31-12-1899
Nivel de Descripción: Grupo de Fondos
Historia Archivística: La documentación de los periodos comprendidos entre 1825 y 1899 fue transferida al Archivo del Museo Histórico, el año 1999.
Historia Institucional/Reseña Biográfica: Mediante resolución de 7 de mayo de 1825 los llamados Vice ¿ patronatos residieron en los presidentes de los departamentos, ejerciendo cada uno de ellos en el territorio de su jurisdicción. En enero 23 de 1826, por Decreto Supremo, expedido por el Presidente Provisorio de la República, General Sucre, refrendado por su ministro Facundo Infante, recién se crearon las Prefecturas y los Jefes civiles encargados de su gobierno. Estos altos funcionarios, dependientes y agentes del poder Ejecutivo de la República, con atribuciones circunscritas a lo político, administrativo y económico (a las que están anexas las de la Comandancia General del Departamento), durante la dictadura de Linares se titularon Jefes Políticos, dividiéndose la Nación en 32 Jefaturas Políticas; y a su caída, ese régimen que duró un lustro, modificóse restableciéndose la división administrativa adoptada de Francia al comienzo de nuestra vida independiente y democrática. La Prefectura de Santa Cruz en principio fue Comité de Obras Públicas, creado el 1 de marzo de 1932, en cumplimiento de la Ley de 13 de junio de 1931. El 14 de junio de 1963, fue re-organizada su estructura para encarar obras de importancia con autonomía económica y técnica (Ley Nº 06496). Al estructurarse el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, nació la Corporación de Desarrollo (CORDECRUZ), el 9 de febrero de 1978 mediante Decreto Ley Nº 15307, para dirigir proyectos de desarrollo en todo el departamento de Santa Cruz, no solamente con servicios públicos sino con proyectos descentralizados. De acuerdo al Art. 109 Cap. III de la Reforma a la Constitución Política de Estado, Ley 1615 del 6 de febrero de 1995, se ratifica el funcionamiento de las Prefecturas, originalmente establecidas por el Art. 5 de la Constitución Política del Estado de 1826 y el Decreto de Creación del 23 de enero de 1826, a través del cual se establece que los departamentos estarán mandados por un jefe civil con el nombre de Prefecto. Con la Ley de Descentralización Administrativa N° 1654, de 28 de julio de 1995, se estableció la reestructuración del Poder Ejecutivo a nivel Departamental dentro del régimen de descentralización administrativa, determinando la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico administrativo no privativas del poder Ejecutivo a nivel Nacional a cada una de las Prefecturas del Departamento.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Abarca el período 1825 - 1899, comprende documentación relacionada con el Ministerio, Tesoro Público, Hacienda, Gobierno, etc.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Previa solicitud escrita y dirigida a la Responsable de Archivo.
Condiciones de Reproducción: Solo se pueden reproducir los documentos que se encuentren en buen estado, previa autorización.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación: La documentación se encuentra parcialmente deteriorada.
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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