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DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.47186.AHPVA/223

Título /Nombre Atribuído: DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA

[f] 01-01-1932 / 31-12-1990

[c] 01-01-1932 / 31-12-1990

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación de este fondo estuvo custodiada en la propia Delegación hasta su extinción por la transferencia de sus competencias a la Consejería de Agricultura Ganadería y Montes de la Junta de Castilla y León y a sus Servicios Territoriales. Posteriormente la documentación pasó al Archivo Central de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León en donde se elaboró una relación de entrega para su transferencia al Archivo Central de la Consejería de Agricultura en noviembre de 1998, para finalmente ser transferida al Archivo Histórico Provincial de Valladolid en 2002 y 2003.
Una pequeña parte del fondo está integrada por documentación procedente de la Jefatura Provincial del IRYDA, relativa, fundamentalmente, al control de fraudes.
En este fondo también se integran dos subfondos que pertenecían a Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura y cuya documentación estaba mezclada con la propia de la Delegación Provincial de Agricultura, estos Organismos son la Agencia Provincial de Extensión Agraria de Valladolid y la Agencia de Desarrollo Ganadero de la Región V (sólo se ha mantenido la documentación relativa a la provincia de Valladolid).

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Todos los aspectos relativos a la agricultura y ganadería durante el siglo XIX dependían del Ministerio de Fomento desde su creación en 1847 como Secretaría de Estado y del Despacho de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, previamente era el Ministerio de la Gobernación de la Península el que despachaba los negocios relativos a este tema. El Centro directivo superior en cuestiones agrarias es la Dirección General de Agricultura, que velaba por la implantación y perfeccionamiento de todos los servicios. El Cuerpo consultivo es el Consejo de Agricultura. Estos organismos fueron objeto de numerosas reformas durante todo el siglo XIX y comienzos del XX y por lo tanto también fue frecuente el cambio de denominación.
En la administración provincial estas tareas eran desempeñadas por las Juntas de Agricultura, estableciéndolas, por R.D. de 7 de abril de 1848, en todas las provincias, con residencia en la capital de la provincia. A estas Juntas sustituyeron los Consejos Provinciales de Agricultura, Industria y Comercio, sustituidos, a su vez, por los provinciales de Agricultura y Ganadería y de Industria y Comercio, a los que vino a reemplazar los Consejos Provinciales de Fomento (R.D. de 2 de junio de 1911). Estas Juntas o Consejos provinciales tenían la misión de informar al Gobierno, al gobernador civil y Diputación Provincial y a los ayuntamientos respectivos sobre los asuntos concernientes a la agricultura y ganadería, comercio e industria, y el estudio de los medios adecuados y conducentes al fomento y desarrollo de la riqueza pública.
Para el mejor conocimiento de la tarea de estos Consejos provinciales existe un R.D. de 25 de octubre de 1907 de Organización de los servicios de la agricultura y la ganadería: Compilación en un solo cuerpo de doctrina de cuantas disposiciones han sido dictadas hasta el presente sobre la materia: Organización central, Servicios regionales y provinciales. En su título III habla de los Servicios Provinciales, del servicio técnico y administrativo y del servicio provincial social agrario que ejercen los Consejos Provinciales de Agricultura.
Para la administración de los Servicios agrícolas oficiales se creará en cada provincia una Junta administrativa presidida por el Ingeniero jefe de la Sección Agronómica y que tendrá como misión la de velar por la eficacia de los servicios, informar los presupuestos de los mismos y las cuentas de su inversión y elevar a la Dirección General de Agricultura cuantas mociones estimen convenientes para el mejor funcionamiento de los Servicios cuya administración y vigilancia se les encomienda (R.D. 22 de octubre de 1926).
El R.D. de 3 de noviembre de 1928 crea el Ministerio de Economía Nacional, integrando agricultura, industria y comercio, traspasándole el de Fomento la Dirección General de Agricultura. Ya en 1931 el ministerio pasa a denominarse de Agricultura, Industria y Comercio, transfiriéndose del de Fomento las direcciones de Minas, Montes y Ganadería.
En 1938 se crearán una Juntas Agrícolas de carácter local que estarán coordinadas por los jefes de las Secciones Agronómicas. Estas Juntas Agrícolas se encargarán de la articulación y buen funcionamiento de las tareas agrícolas en cada municipio.
La reorganización del Servicio Agronómico Nacional vino dado en 1940 a través de una Orden de 13 de agosto, por la cual se crea una Jefatura Agronómica en cada provincia, sustituyendo a las Secciones Agronómicas Provinciales, las cuales habían integrado el Servicio Agronómico Nacional hasta ese momento. La Jefatura Agronómica ejercerá la intervención oficial en todos los asuntos de carácter agronómico, agropecuario, agroindustrial o agrocomercial que no dependan de organismos especiales. Estas jefaturas estaban dirigidas por el Ingeniero Jefe Agrónomo, nombrado por la Dirección General de Agricultura. Se dividían en cuatro secciones:
1. Fitopatología y plagas del campo
2. Estadística e informaciones económico-sociales
3. Ingeniería rural y técnica agronómica
4. Ordenación de la producción y comercio agrícola
Las Jefaturas Agronómicas podían relacionarse directamente con las Autoridades y Organismos oficiales de la provincia, en cuanto se refiere al cumplimiento de los servicios que les están encomendados. También funcionaban como asesores de los Gobernadores Civiles.
No hubo modificaciones sustanciales hasta la reorganización administrativa del Estado en 1967, en la que se integran todos los servicios administrativos dependientes de cada ministerio en sus respectivas Delegaciones Provinciales, en este caso de Agricultura.
Por Decreto 2684/1971, de 5 de noviembre, se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, sustituyendo la estructura sectorial de la Administración agraria por una organización de tipo funcional. La Orden de 18 de marzo de 1972 desarrolla el anterior decreto en cuanto se refiere a los Servicios Provinciales.
Tras el D. 2684 /1971 se aprobaron las normas para la organización y el funcionamiento de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Agricultura, complementarias de las contenidas en el Reglamento Orgánico aprobado por Decreto 3108 /1968 de 28 de noviembre. En estas normas se establecen las modalidades de integración de los Servicios periféricos del Ministerio en las Delegaciones Provinciales, que son las siguientes:
- Integración administrativa, que lleva consigo la vinculación funcional de los Servicios y Unidades integrados en la Delegación.
- Dependencia coordinada. Los Servicios supraprovinciales de la Administración Central afectados por esta modalidad tendrán la supervisión administrativa por parte del Delegado en que radique su instalación principal.
- Encuadramiento. Conservarán su autonomía administrativa y funcional, siendo encuadrados, estos Servicios, en las Delegaciones para una mayor coordinación.
En 1973 se vio la conveniencia de sustituir algunas titulaciones de las Secciones Provinciales en forma más concreta con lo que se derogó la Orden de 18 de marzo de 1972 en la que se desarrollaba el D. 2684/1971 en lo que se refería a la estructuración de los Servicios Provinciales del Departamento y se estructuraron las siguientes secciones y negociados:
- Sección Provincial de Estudios y Coordinación con los negociados de Estudios y el de Información y Estadística.
- Jefatura Provincial de Producción Vegetal con los negociados de Producción Agrícola y de Producción Forestal.
- Jefatura Provincial de Producción Animal con los negociados de Producción Animal y de Sanidad Animal.
- Jefatura Provincial de Industrialización y Comercialización Agrarias con los negociados de Industrialización y de Comercialización.
- Secretaría Provincial con los negociados de Asuntos Generales y de Asuntos Técnicos - Administrativos.
Las Delegaciones Provinciales pasan a denominarse en 1980 Direcciones Provinciales.
Por Real Decreto 3318/1981, de 29 de diciembre, adapta la estructura periférica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la nueva organización territorial del Estado, preparándose así las transferencias de servicios a las Comunidades Autónomas o Entes Preautonómicos.
Estado pendiente la finalización del proceso de transferencia, no se había procedido todavía a la adaptación definitiva de la estructura periférica, por lo que se iban creando desajustes en la estructura a medida que avanzaba este proceso, lo que dificultaba su funcionalidad y operatividad, por lo que se procedió a que con carácter provisional se actúe con una nueva estructura que garantizase la mayor eficacia de los Servicios, con lo que las Direcciones Territoriales y Provinciales de Agricultura, Pesca y Alimentación asumieron, en su ámbito territorial respectivo, las funciones que en materia agraria, alimentaria y pesquera correspondían a la Administración Central del Estado en el marco de competencias atribuidas al Departamento. Quedando, las Direcciones Provinciales del Ministerio, encargadas de la gestión y ejecución de las competencias reservadas a la Administración Central del Estado en cada provincia y estarán constituidas, con carácter general, por las siguientes unidades:
- Unidad de Apoyo
- Unidad Agroalimentaria (que integra la Unidad Provincial del Servicio de Defensa contra Fraudes)
- Unidad de Defensa contra Plagas e Inspección Fitopatológica
- Unidad del Servicio de Productos Agrarios
- Unidad de Reforma y Desarrollo Agrario
- Unidad de Conservación de la Naturaleza
Las Unidades periféricas subsistentes de los Organismos Autónomos quedaron dependientes orgánicamente de las correspondientes Direcciones Territoriales y Provinciales y funcionalmente de sus respectivos Servicios Centrales.
Las transferencias de competencias por el Estado Central en materia de agricultura, ganadería y montes a la Junta de Castilla y León tuvieron lugar desde 1980:
El R.D. 3537 /1981 de 29 de diciembre transfiere competencias de Extensión y Capacitación Agraria, Sanidad Vegetal, Reforma y Desarrollo Agrario.
El R.D. 3135/1982 de 24 de julio transfiere competencias sobre Producción Vegetal, Producción Animal, Sanidad Animal, Ordenación de la Oferta, Desarrollo Ganadero e Industrias Agrarias.
El R. D. 511 /1984 de 8 de febrero valora y amplía las funciones de las competencias señaladas en los dos Reales Decretos anteriores.
Se crea la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes por D. 3/1983 de 1 de junio, para el desarrollo y la distribución de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma. La estructuración orgánica de la Consejería se desarrollará en el D. 19/1983 de 30 de julio.
El R.D. 3459 /1983 de 28 de diciembre transfiere competencias en materia de Investigación Agraria.
El D. 1504 /1984 de 8 de febrero adscribe las funciones y servicios en materia de Conservación de la Naturaleza a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.
El R. D. 2088 /1984 de 12 de septiembre transfiere competencias sobre los Centros Nacionales de Selección y Reproducción Animal.
El R.D. 798 /1985 de 30 de abril transfiere competencias en materia de Semillas y Plantas de Vivero.
El R.D. 1145/1985 de 19 de junio transfiere competencias sobre Laboratorios Agrarios, Sanidad y Producción Animal.
Las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes ejercerán, a nivel del ámbito territorial que se les asigne, los servicios periféricos de la Consejería. Posteriormente se pasarán a denominar Servicios Territoriales de Agricultura.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso: Archivo Central de la Consejería de Agricultura y Ganadería

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Las series principales son: Registro General de Entrada, Registro General de Salida, Expedientes de Acción Concertada, Bajas de maquinaria, Expedientes de cambio de cultivo, Expedientes de exclusión de pastos, Expedientes de mejora ganadera y los Expedientes de subvenciones.

Valoración, Selección, Eliminación: Conservación Permanente

Nuevos Ingresos:

Organización: La organización que hemos escogido para el fondo de la Delegación Provincial de Agricultura de Valladolid es la que más se adapta al mayor porcentaje de la documentación que nos ha llegado al Archivo Histórico Provincial, la cual comprendería entre 1970 y 1984, optando por un cuadro de clasificación orgánico y que está inspirado por la O.M. de 30 de junio de 1973, esta organización de secciones y negociados se mantendrá hasta la transferencia de sus competencias a la Junta de Castilla y León, pasando incluso a la organización de las secciones y negociados de los Servicios Territoriales de Agricultura de cada provincia.
Los subfondos de la Agencia de Desarrollo Ganadero y de la Agencia Provincial del Servicio de Extensión Agraria se han creado debido la vinculación que han tenido en la Delegación Provincial de Agricultura ya que estos servicios conservan su autonomía administrativa y funcional, encuadrándose en las Delegaciones Provinciales a efectos de la necesaria y mejor coordinación. Éstos pertenecerán a la Comisión Coordinadora Provincial Agraria, informarán de los programas de actuación y planes de inversión, que formarán parte de los de la Delegación Provincial, así como de la Memoria Anual de la misma.
1. DELEGACIÓN PROVINCIAL ( 1932-1990)
1.1. Secretaría Provincial ( 1932-1984)
1.1.1. Secretaría (1968-1984)
1. 1. 2. Asuntos Económicos (1968-1984)
1.1.3. Registro ( 1972-1983)
1.1.4. Personal (1932-1984)
1.2. Sección Provincial de Estudios y Coordinación (1956-1986)
1.2.1. Información y Estadística 81956-1986)
1.3. Jefatura Provincial de Producción Animal ( 1959-1988)
1. 3. 1. Jefatura ( 1959-1984)
1. 3. 2. Producción Animal ( 1965-1988)
1.3. 3. Sanidad Animal ( 1976-1984)
1.4. Jefatura Provincial de Producción Vegetal ( 1961-1984)
1.4. 1. Producción Agrícola ( 1961-1984)
1. 5. Jefatura Provincial de Industrialización y Comercialización Agraria ( ICA) ( 1969-1990)
1. 5. 1. Jefatura (1979)
1.5.2. Comercialización ( 1969-1984)
1. 5.3. Defensa Contra Fraudes ( 1972- 1990)
2. AGENCIA DE DESARROLLO GANADERO ( 1971-1983)
2.1. Desarrollo Ganadero ( 1971-1983)
3. AGENCIA PROVINCIAL DEL SERVICIO DE EXTENSIÓN AGRARIA (1969-1985)
3. 1. Extensión Agraria ( 1981- 1985)

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Restringido.La documentación es de libre acceso, con las restricciones sobre protección de la intimidad personal que garantiza la Constitución en su artículo 105.b y la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español art. 57 1. c, ya que aparecen datos sobre propiedades, solicitudes de auxilio económico, denuncias, etc. La consulta para investigación se permite sólo para fines de estudio histórico y ajustándose en la publicación de los datos a la Ley Orgánica 1/1982 de 5 marzo para la protección del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen; es decir que la publicación de la información obtenida no divulgue nombres de personas u otros datos identificativos personales o familiares.
Por otro lado existe la consulta administrativa para ciudadanos participantes de las actuaciones del organismo cuyos criterios de acceso son los mismos que para otras consultas a la Administración.

Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano. Mecanografía

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: REGULAR

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: El principal fondo complementario es el del Ministerio de Agricultura que se encuentra en el Archivo General de la Administración en Alcalá de Henares.
El fondo continuación de éste es el del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid.
Los fondos relacionados con el de la Delegación Provincial de Agricultura de Valladolid y que se encuentra en este Archivo Histórico Provincial de Valladolid son: la Jefatura Provincial del IRYDA, la Jefatura Provincial del ICONA, el Centro Regional de Extensión Agraria y la Inspección Regional del IRYDA. La documentación de la Cámara Sindical Agraria, dentro de la Delegación Provincial de la Organización Sindical. También está relacionada la subsección de Sanidad Veterinaria y Antropozoonosis de la Jefatura Provincial de Sanidad.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • - AMAT ESCANDELL, Luis, Derecho agrario, Valencia, 1966.
    - ALVAREZ PASTOR, Daniel, "La organización periférica del Ministerio de Agricultura", Documentación Administrativa, nº82, 1964
    - MINISTERIO DE AGRICULTURA. Nueva Organización. Madrid, 1972.
    - TRUJILLO DOMENECH, Francisco. "Organización de fondos de la Administración Delegada del Ministerio de Agricultura en la provincia de Sevilla" en Boletín de la ANABAD, Madrid, XLIV (1994), nº 1, pags. 33-48.

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada entre noviembre y diciembre de 2003 por Jorge Mozo Caamaño. La introducción de datos la hizo Rosa Ventura en enero de 2004 y la continuó Miriam Santos en noviembre de 2004

Control de la Descripción - Reglas o Normas: Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística / Cood. José Luis Bonal Zazo, Juan José Generelo Lanaspa y Carlos Travesí de Diego.- [Salamanca]. Junta de Castilla y León. Consejería de Educación y Cultura, 2002.

Volumen y soporte

  • 243 Caja(s)


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