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Juzgado de Paz de Villar del Pozo

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.13095.AM/2

Título /Nombre Atribuído: Juzgado de Paz de Villar del Pozo

[c] 01-01-1752 / 31-12-2004

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: El fondo documental del Juzgado de Paz de Villar del Pozo se encuentra junto al Ayuntamiento.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El verdadero antecedente del moderno Registro Civil está en los registros parroquiales que, desde la Edad Media, se lleva en las parroquias para hacer constar los bautismos, matrimonios y defunciones de los fieles. El Registro Civil surge unido al Ayuntamiento con el estado liberal, posteriormente, en 1870, se une a la Administración de Justicia. Actualmente depende de la Secretaria de Estado y del Despacho de Justicia de la Dirección General de los Registros y el Notariado. En todos los municipios que no son sede de partido judicial y que, por tanto, no cuentan con Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, existe Juzgado de Paz con jurisdicción sobre el término municipal correspondiente. Teniendo en cuenta que las instalaciones de los Juzgados de Paz están a cargo del Ayuntamiento respectivo, son los propios Ayuntamientos los que conocen y pueden facilitar la información acerca de estos. Determinados juzgados de paz se encuentran integrados en Agrupaciones de Secretarías (regulados por el Real Decreto 257/1993 de 19 de febrero), con sede en el municipio de mayor población de derecho y desempeñadas por personal al servicio de la Administración. Así se crea en el municipio de Villar del Pozo, donde no existía Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y extienden su jurisdicción al término correspondiente (Art.99 LOPJ). Este juzgado tiene atribuciones en el orden civil y penal. En el primero conocerá en primera instancia de los procesos que la ley determine, que se supone que serán de escasa cuantía así como también en las funciones de Registro Civil. En el orden penal, tendrá la atribución en primera instancia de la sustanciación, fallo y ejecución de los procesos por faltas que les atribuye la ley, sin perjuicio de intervenir a prevención, o por delegación, en actuaciones penales y en aquellas otras que señalen las leyes (Art. 100 LOPJ). Se encuentra integrado en una Agrupación de Secretarías, con sede en el municipio de Piedrabuena desde el 29 de noviembre de 1999.

Forma de Ingreso:

Observaciones del Ingreso: Acumulación natural

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El fondo del Registro Civil es útil para conocer con exactitud los distintos movimientos que ha sufrido la población de Villar del Pozo en los últimos 130 años. Destacan por su continuidad en el tiempo los libros registro de nacimientos, matrimonios y defunciones. Dentro del fondo del Juzgado de Paz destacar los juicios verbales y los juicios de faltas.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: El fondo está organizado por la Diputación Provincial de Ciudad Real hasta mitad de los años noventa. Actualmente no se sigue el cuadro de clasificación por el que se ordenaron los fondos.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: El acceso a los archivos judiciales de gestión se regula en el artículo 7 del Real Decreto 937/2003 de 18 de julio, de modernización de archivos judiciales (BOE 181 30/07/2003). 1. Quienes hubiesen sido parte en los procesos judiciales o sean titulares de un interés legitimo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, podrán acceder a la documentación conservada en las Archivos Judiciales (¿) corresponde al Secretario del Juzgado (¿) facilitar a los interesados el acceso a los documentos judiciales. 2. En todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 57.1 c) de la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español, los documentos que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimientos expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de 50 años a partir de la fecha de los documentos. El Registro Civil es público para quienes tengan interés en conocer los asientos. La publicidad se realiza por manifestación y examen de los libros, previa autorización, tratándose de Registros Municipales, del Juez de 1ª instancia (artículo 6 de la Ley de Registro Civil de 8 de Junio de 1957, BOE 10/06/1957).

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Villar del Pozo (Ciudad Real)
  • Judicial
  • Juzgado de Paz de Villar del Pozo
  • CENSO DE LOS ARCHIVOS Y LOS FONDOS DOCUMENTALES DE CASTILLA-LA MANCHA

Instrumentos de Descripción:

  • Fichas de clasificación

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Consejería de Cultura. SRLAB (AAR)

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 43 Libro(s)
  • 6 Carpeta(s)
  • 1 Caja(s)
  • 1 Otros


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