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Consejería de Presidencia y Administración Territorial

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.47186.ACCPAT/2

Título /Nombre Formal: Consejería de Presidencia y Administración Territorial

[c] 01-01-1983 / 31-12-2005

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Las transferencias de fondos pertenecientes a la Consejería con destino a su Archivo se vienen realizando regularmente, si bien no por la totalidad de sus órganos, desde el año 1985.

Marcó considerablemente la configuración del grupo de fondos la creación del Archivo Central de la Administración de Castilla y León que se creó por Decreto 241/1986, de 23 de diciembre, dependiente de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial. Su misión fue recoger todos los fondos de los distintos órganos centrales de la Administración Autonómica y, por Orden de 21 de abril de 1989, los de las Delegaciones Territoriales. Este Archivo Central Intermedio recibió transferencias de varias Consejería y Delegaciones Territoriales, hasta 1990. Estuvo adscrito a la Dirección General del Secretariado de la Junta y Relaciones Institucionales, a través del Servicio de Estudios y Documentación.

La Ley 6/1991 dio carta de naturaleza a un sistema archivístico nuevo para la Comunidad y derogó (DD 1ª) el Decreto de creación del Archivo Central. No obstante, la Disposición Transitoria Segunda de la misma Ley permitió que durante un periodo de tiempo (hasta 1994 como mínimo) el Archivo Central de la Consejería de Presidencia actuase como Archivo Central de algunas Consejerías y como Archivo General de Castilla y León. En su lugar el Archivo General de Castilla y León, dependiente de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural (hoy Promoción e Instituciones Culturales) con la categoría orgánica de Servicio, pasará a ser el lugar de destino último de toda la documentación que alcance carácter histórico.

El artículo 33 de la Ley dispone que cada Consejería tendrá un Archivo Central que recogerá la documentación hasta su transferencia al Archivo General. No será, sin embargo, hasta la aprobación del Decreto 226/1999, de 19 de agosto, cuando quede plasmada su existencia en el organigrama de la Consejería, mediante la creación de una Unidad de Archivo Central dependiente directamente de la Secretaría General, según dispuso el Reglamento del Sistema en el artículo 16.

La existencia de depósitos de documentación en el edificio de la Consejería permite sospechar que el grueso de las transferencias de documentación correspondiente a órganos como la Dirección General de Administración Territorial o la Dirección General de los Servicios Jurídicos de la Junta (antes Asesoría Jurídica General) está por hacer. La salida del edificio sede de la Consejería de la Agencia de Protección Civil e Interior (anteriormente se separó el Servicio de Emergencia 112) obliga a la realización de un programa de transferencias especifico para evitar la pérdida de la documentación o su mezcla con la producida por otras Consejerías.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Los Reales Decretos 3532/1981, de 29 de diciembre y 3036/1982, de 24 de julio, ya habían transferido al Consejo General de Castilla y León competencias y funciones en materia de Administración Local.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, estableció el régimen y planta institucional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Para el desarrollo de sus funciones, la Junta de Castilla y León, como titular del poder ejecutivo, se organizó en Consejerías como grandes órganos fundamentales en cuanto a la distribución de las diversas áreas competenciales. El Decreto 5/1983 de asunción y distribución de competencias estableció dos órganos para este ámbito funcional: Consejería de Presidencia y Consejería de Gobierno Interior y Administración Territorial.

A la Consejería de Presidencia competía la preparación y organización de las reuniones de la Junta, apoyo y asesoramiento al Presidente y Vicepresidente, la coordinación legislativa y las relaciones con las Cortes. También la organización de los servicios generales, elaboración de directrices en materia de personal, organización y métodos de la Administración Autonómica. Por su parte la Consejería de Gobierno Interior y Administración Territorial asumió las competencias en materia de policía de espectáculos, coordinación y cooperación de policías municipales y protección civil. También la creación, potenciación y fomento de agrupaciones municipales, coordinación entre la Administración Autonómica y la Municipal y coordinación en materias como Casas de la Región.

Este panorama se mantiene hasta que el Decreto 79/1984, de 4 de septiembre, crea una sola Consejería de Presidencia y Administración Territorial que integra las competencias de ambas. Posteriormente, en la reestructuración llevada a cabo por Decreto 152/1987, se mantiene la denominación de Consejería de Presidencia y Administración Territorial, sin que se haya modificado hasta hoy, si bien las estructuras orgánicas han ido sufriendo variaciones reflejadas en las diversas órdenes de desarrollo (última aprobada el 17 de julio de 2003) a medida que la Administración Autonómica ha ido asumiendo competencias del Estado. Los Colegios Oficiales y Profesionales se transfirieron en 1993 por RD 2166/1993, de 10 de diciembre. El Real Decreto 1686/1994, de 22 de julio, traspasó las funciones del Estado en materia de casinos, juegos y apuestas. Las funciones y servicios en materia de asociaciones fueron transferidos mediante Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, si bien la variedad de fines de éstas hace que se atribuyan a distintas Consejerías en función de la materia con la coordinación a cargo de Presidencia y Administración Territorial.

Está pendiente de finalizar la transferencia de funciones en el ámbito de la Justicia, para lo que se ha creado una Gerencia de Justicia adscrita a la Consejería, con sede en Burgos.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso: Transferencias ordinarias.

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El fondo abarca la documentación producida y recibida por los servicios centrales de la Consejería, casi todos los Órganos superiores han realizado transferencias, si bien algunos no de forma periódica.

Valoración, Selección, Eliminación: En octubre de 2006 se han ejecutado los Calendarios de conservación de documentación perteneciente al Sistema de Archivos de Castilla y León, aprobados por la Orden CYT/1140/2006, de 30 de mayo, de la Consejería de Cultura y Turismo, relativos a series de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial. En su virtud se han eliminado 798 unidades de instalación.

Nuevos Ingresos: Transferencias anuales.

Organización: Basada en las estructuras orgánicas siempre teniendo en cuenta la evolución que han ido sufriendo. El Decreto 71/2003, de 17 de julio, modificado por el Decreto 27/2004, de 26 de febrero, estableció la estructura orgánica general.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Acceso libre según lo dispuesto por el artículo 31 b) de la Ley 6/91, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León, y por la Ley 30/1992 (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo relativo a los procedimientos cuyo trámite ha finalizado (artículo 37). Las restricciones impuestas por ambas leyes que pueden afectar a la documentación de esta Consejería se refieren fundamentalmente a la intimidad y honor de las personas, averiguación de delitos (31 b), 50-100 años y a los relativos a defensa y seguridad y a los intereses esenciales de la Comunidad Autónoma, (Ley 6/91, artículo 31c). También lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen y en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. En cualquier caso cabe la posibilidad de solicitar autorización de acceso a los documentos excluidos de consulta pública.

Condiciones de Reproducción: Algunos documentos están sometidos al Régimen de la Propiedad intelectual (proyectos, informes). El Reglamento del Sistema Archivístico aprobado por Decreto 115/1996, de 2 de mayo, incluye en su artículo 44 el servicio de reproducción como uno de los que prestarán los Archivos Centrales y Territoriales. Reprografía mediante fotocopia.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Mayoritariamente en Castellano.

Características Físicas y Requisitos Técnicos: El estado general de conservación es bueno. La mayor parte es documentación textual, aunque está previsto que se transfieran documentos electrónicos, con requisitos específicos de lectura.

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • CENSO DE LOS ARCHIVOS Y LOS FONDOS DOCUMENTALES DE CASTILLA-LEÓN

Instrumentos de Descripción:

  • IDD nº 2: Base de Datos " Archivo General " (.brs) en soporte electrónico.
  • IDD nº 3: Catálogo" Mapas, planos y dibujos" (ejemplar impreso).
  • IDD nº 11 Base de datos" Oposiciones y Concursos" (Acces) en soporte electrónico e informes asociados.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Como antecedente, la documentación del Consejo General de Castilla y León, en lo relativo a las áreas de Presidencia y Secretaría General, así como el Departamento de Administración Local y Ordenación del Territorio. Este fondo se halla actualmente en el Archivo General de Castilla y León.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • FEIJOO CASADO, Ana María (dir.); GANDÍA MARTÍNEZ, Carmen (Col.). Guía de información del fondo documental de la Junta de Castilla y León. Valladolid: Consejería de Presidencia y Administración Territorial, 1990.

Área de Notas y Control

Notas: De vital relevancia para el conocimiento de la historia administrativa, principalmente en el ámbito geográfico de la Comunidad de Castilla y León. Así mismo es imprescindible para el estudio prosopográfico y político de las personas que han formado parte de los gobiernos autonómicos, así como del personal empleado en el conjunto de la administración públicas durante su andadura institucional. Las atribuciones directivas e inspectoras de este organismo lo convierte en fundamental para el estudio de otros órganos e instituciones (Consejerías, Delegaciones Territoriales, Entidades Locales, Empresas Públicas y Privadas) con sede en la Comunidad.

Control de la Descripción - Notas del Archivero: José Antonio Robles Quesada.

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 176 Libro(s)
  • 12613 Caja(s)
  • 793 Mapa(s)


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