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Magistratura de Trabajo de Lugo

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.27028.AHP/1

Título /Nombre Atribuído: Magistratura de Trabajo de Lugo

[c] 01-01-1938 / 31-12-1963

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Fue transferido en 1976 y está incompleto, conteniendo únicamente los autos de las causas laborales.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Con independencia de los antecedentes más remotos, durante el siglo XIX hubo diversas tentativas de creación de unos jurados que conocieron de las cuestiones de trabajo que cristalizaron en la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900 que estableció en su art. 14 que 'mientras se dictan disposiciones relativas a los tribunales o jurados especiales que han de resolver los conflictos que surjan de la aplicación de la ley, entenderán en ellos los jueces de primera instancia'. Con posterioridad, la ley de 19 de mayo de 1908 creó los tribunales industriales, concediéndose su presidencia a los jueces de primera instancia, funcionando con tres jurados y un suplente. Como su funcionamiento no fue muy eficiente, se dictó la Real Orden de 26 de febrero de 1912, recordando su vigencia, y por ley de 22 de julio del mismo año fueron reorganizados de nuevo. El Real Decreto de 5 de octubre de 1922 ordenó crear los llamados comités paritarios, dándoles jurisdicción para conocer en esta clase de litigios. La Ley de 22 de julio de 1912, antes mencionada y su reglamento de 29 de diciembre introdujeron algunas modificaciones en aquellos tribunales industriales, que fueron perfeccionados en el Código del Trabajo de 23 de agosto de 1926. El Decreto-ley de 26 de noviembre de 1926 estableció los comités paritarios de jurisdicción graduada, atribuyéndoles, entre otras funciones, la de resolver los despido por medio de conciliación, y de no haberla mediante la celebración de juicio. La ley de 27 de noviembre de 1931 estableció los denominados jurados mixtos de trabajo con jurisdicción para conocer de los juicios por despido, salarios y horas extraordinarias, y con un especial procedimiento para los conflictos colectivos. Después de diversas vicisitudes, fue dictado el Decreto de 9 de marzo de 1938, que aprobó el Fuero del Trabajo, que en su declaración VII creó la magistratura, lo que dio origen, primero al Decreto de 13 de mayo del mismo año y luego a su ley orgánica de 17 de octubre de 1940, que la estableció como única jurisdicción contenciosa en la rama social del Derecho, con facultad para resolver los conflictos individuales de trabajo, interpretando y aplicando la legislación así como ejecutando sus propias decisiones. Posteriormente, el Decreto de 20 de septiembre de 1962 concedió a la magistratura de trabajo jurisdicción para conocer de los conflictos colectivos. Con el advenimiento del estado constitucional se produjeron sucesivas reformas del procedimiento laboral, se publicó el Estatuto de los Trabajadores, y, finalmente, con la promulgación de la LOPJ (1985) y de la Ley de demarcación y planta judicial (1988) las magistraturas de trabajo desaparecen y siendo sustituidas por los juzgados de lo social.
Las magistraturas de trabajo son, de este modo, las que tienen jurisdicción para conocer de los litigios que se planteen dentro de su demarcación territorial, claro es, que de las materias laborales que les estén atribuidas. Con arreglo a la legislación española, la jurisdicción del trabajo es la única competente para conocer, resolver y ejecutar sus propias decisiones en los conflictos individuales que se promuevan en la rama social del Derecho, así como en los conflictos colectivos. Su competencia se determina por la concurrencia de la calidad de las personas y de la materia del asunto litigioso y su base territorial es la provincia.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Autos de causas laborales.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • - Archivo Histórico Provincial de Lugo. Inventario Fondo de Magistratura de Trabajo en Lugo / Fernández Gallego; Pereira Olivera ; Villares. 1990. Mecanografiado.
  • - Catálogo mecanizado

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Fondo de la Organización Sindical-AISS.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • LÓPEZ RODRÍGUEZ, Olimpia, PEREIRA OLIVEIRA, Mª Dolores. "Los Archivos Judiciales: Un viaje por la provincia de Lugo". En: La administración de justicia en la historia de España: actas de las III Jornadas de Castilla-La Mancha sobre investigación en archivos: Guadalajara 11-14 de noviembre 1997. : Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ; Guadalajara : Anabad Castilla-La Mancha, 1999

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 23 Metro(s) lineal(es)


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