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Consejo de Indias: Expedientes de confirmaciones de oficios vendibles y renunciables

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.41091.AGI/22.13.4//SANTA_FE,S.6(1)

Título /Nombre Atribuído: Consejo de Indias: Expedientes de confirmaciones de oficios vendibles y renunciables

[f] 01-01-1533 / 31-12-1759

Nivel de Descripción: Serie

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/390996

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/390996

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica:

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Se llamaban vendibles y renunciables aquellos oficios o cargos públicos que no eran de designación real sino que podían adquirirse en pública subasta y renunciar a ellos en terceras personas. Eran vendibles y renunciables los siguientes empleos ntre otros: alguaciles mayores de las Audiencias, escribanos de cámara de las mismas y demás escribanos, de provincia, gobernación y ciudades; receptores, procuradores y depositarios; alféreces mayores, regidores y veinticuatros de las ciudades y villas; tesoreros, balanzarios y demás personajes de las casas de moneda, correo mayor de Nueva España, etc. (Véase Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, Libro VIII, Título XX, Ley 1). Necesitaban no obstante, tanto para su adquisición como para su renuncia la confirmación del Consejo de Indias, en un plazo determinado por la ley. Si no se llevaba la confirmación en dicho plazo el interesado perdía el oficio, que volvía a venderse, ingresando un tercio de su valor en la caja real correspondiente, y reteniendo las dos terceras partes, que solo se devolvían al propietario cuando se hubiera cobrado el siguiente remate.

En relación a este trámite de la confirmación se ha formado esta serie. En los expedientes obra la petición del interesado, el poder especial que debía llevar, para seguir con el fiscal del Consejo, o con cualquier ortra persona, que fuera parte legítima, cualquier pleito, demanda o contradicción que sobre el oficio se moviera en el mismo, los autos de adjudicación y despachos del oficio hechos en las Indias autenticados, y el entero del valor en la caja real correspondiente. Finalmente la resolución del Consejo.

La serie comprende: Años 1533-1759. Legajos 144-163 y 341-346.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Audiencia de Santa Fe
  • Confirmación de oficios
  • Enajenación de oficios

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción elaborada por PURIFICACION MEDINA ENCINA

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 26 Legajo(s)


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