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Código de Referencia: ES.28079.AHN/2.3.1.16.3.1
Título /Nombre Atribuído: Agricultura, Industria y Comercio. Fomento de Filipinas
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01-01-1833
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31-12-1898
Nivel de Descripción: 2ª División
Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/2301344
Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/2301344
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La legislación que determina las competencias de lo que fue la Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio en el Ministerio de Fomento y que en el Ministerio de Ultramar constituye a veces una Sección y en ocasiones un Negociado, es la siguiente:
-El Real Decreto de 5 de febrero de 1847, sobre las atribuciones del Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas (creado por Real Decreto de 28 de enero anterior) decía en su artº 1º que este Ministerio (entre otras) tendría competencia sobre el ramo de la Agricultura.
-La Real Orden de 11 de agosto de 1847, disponiendo que los Negociados que se mencionan pasen al Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, dice "...Se ha servido disponer la Reina se pasen al Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, como ramos cuyos despachos le corresponden naturalmente, los que siguen: 1º - Privilegios de invención e introducción; 2º - Establecimientos industriales; 3º - Policía rural; 4º - Ganado lanar; 5º - Cría caballar; 6º - Acotamientos".
-En el Real Decreto de 20 de octubre de 1851, disponiendo que el Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas se denomine en adelante Ministerio de Fomento, tiene los Negociados de Agricultura, Industria, Comercio y Minas.
-En el Real Decreto de 17 de julio de 1874, aprobando el Reglamento de Régimen Interior del Ministerio de Fomento, el Ministerio se organiza en un Negociado Central y tres Direcciones Generales: de Instrucción Pública, de Obras Públicas, y de Agricultura, Industria y Comercio.
-El Real Decreto de 30 de julio de 1887, creando una Dirección especial de Patentes, Marcas e Industria, en su artículo 1º dice que esta Dirección se crea inmediatamente bajo la dependencia de la Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio.
Forma de Ingreso: ---
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
De acuerdo con la legislación dictada para el Ministerio de Fomento, esta división de fondo queda estructurada en la forma siguiente:
-Agricultura e Industria
-Colonización
-Comercio y Bancos
-Minas
-Montes
-Patentes y marcas
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Autor responsable: Arranz Recio, María José
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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