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Código de Referencia: ES.28079.AHN/1.1.5.17.2
Título /Nombre Formal: Escribanía de gobierno de Escolano de Arrieta. Consejo de Castilla
Nivel de Descripción: 2ª División
Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/4808163
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Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Forma de Ingreso:
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Le competía la preparación y custodia de la documentación fundamental del Consejo: las consultas. Paralelamente el Consejo le obligaba, al igual que al escribano de gobierno de Castilla, a registrarlas.
Estos registros llegaron al Archivo Histórico Nacional intercalados con las consultas del Consejo de Aragón, formando una serie documental ininterrumpida. Se inician en el año 1717 y, salvo el correspondiente a 1830, las lagunas cronológicas que se aprecian son las lógicas de 1809-1814 y 1820-1823. Durante el período 1707-1717, se ha comprobado que se registraban conjuntamente las consultas de Castilla y Aragón.
Otra de las responsabilidades del escribano de gobierno era participar por escrito a los demás escribanos de cámara y a los relatores las Providencias, Autos acordados, Decretos y Órdenes del Consejo. El control se realizaba mediante un libro registro.
Las competencias del escribano de gobierno iban más allá, haciéndose cargo de los expedientes relativos al gobierno de las Universidades y a la concesión de licencias de Impresión. En 1779 hubo un acuerdo del Consejo para que pasaran a la escribanía de gobierno al cargo de Antonio Martínez Salazar los expedientes que se hallasen en la de Aragón sobre arreglo de imprentas y librerías del Reino.
El gobierno de las Universidades era competencia del Consejo de Castilla. Aunque, en principio, las consultas sobre provisión de cátedras estuvieron a cargo de un consejero, llamado catedrero, a partir de 1768 fueron las escribanías de gobierno las encargadas de formar los expedientes de oposición de Cátedras. Hay documentación relativa a las Universidades de Cervera, Huesca, Orihuela, Palma de Mallorca, Valencia y Zaragoza. Así mismo habría que complementar con los fondos de Universidades en el Consejo de Castilla.
Así mismo, el escribano de Aragón, al igual que el de gobierno de Castilla, tenía que custodiar el registro de Juramentos de los empleos y comisiones que abarca los años 1727-1834.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación:
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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