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Consejo de Indias

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28079.AHN/1.1.10

Título /Nombre Atribuído: Consejo de Indias

[f] 01-01-1525 / 31-12-1836

Nivel de Descripción: Fondo

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/184173

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Área de Contexto

Historia Archivística: Historia de la custodia: Este fondo se custodia en la sección de Consejos

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Lo inesperado del descubrimiento de lo que luego se llamaría América y la necesidad de dejar que la conquista y la colonización fueran avanzando hizo que entre de 1492 y 1524 la administración del nuevas tierras descubiertas y conquistadas pasarán a ser administradas desde la península de diversas maneras, aunque siempre con la tendencia a un mayor control por parte de la monarquía española. El almirante Cristóbal Colón tenía entre los títulos capitulados con los Reyes Católicos el de virrey y gobernador de las tierras descubiertas y por descubrir. Los problemas que iban apareciendo, la mala gestión como gobernador de Cristóbal Colón y el deseo de la monarquía de controlar toda la empresa de Indias hizo que los Reyes Católicos en 1493 una máxima autoridad para los asuntos indianos. Juan Rodríguez de Fonseca gestionará durante 30 años los asuntos de las Indias.

En 1519 de Fonseca presidía una junta de tres miembros que se llamaba "Consejo que entiende en las cosas de las Indias" y poco después, según Solórzano, el 1 de agosto de 1524 se crea el Consejos de Indias "porque antes de esta formación no tenía la cosas y causas de las Indias consejo particular por dónde correr, y se despachaban por el de Castilla". El nombre oficial del nuevo Consejo era "Real y Supremo Consejo de Indias".

El Consejo de Indias creado por Carlos I a imitación del Consejo de Castilla, ejercía plena jurisdicción sobre todo el territorio y sus residentes y tenía capacidad jurídica para ordenar y ejecutar toda clase de ordenanzas normas y reglamentos que fueran para el bien de la región administrada. Sólo el rey estaba por encima del Consejo de Indias. Éste consejo era real porque asesoraba al monarca y actuaba con este, era universal porque conocía todo tipo de materias y le estaban sujetos todos los estados y reinos de Indias y por último era supremo ya que por encima suyo no había ninguna otra institución excepto la real.

Las atribuciones del Consejo de Indias se referían a tareas de gobierno temporal, gobierno espiritual, atribuciones de guerra, hacienda y de justicia.

Por el gobierno temporal, planificaba y proponía al rey las políticas relativas al nuevo mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.), establecía y organizaba los virreinatos, capitanías generales, gobernaciones, etc.; proponía al rey, las personas más adecuadas para desempeñar los puestos de Virreyes, Gobernadores, Oidores, etc.; controlaba el buen funcionamiento de las administraciones y de los administradores mediante los Juicios de Residencia y las Visitas; autorizaba los pasajeros a Indias regulando así el flujo y la calidad de las personas que pasaban a América; autorizaba la aplicación de leyes castellanas en aquellos territorios, examinaba y aprobaba o rechazaba la legislación originada en las Indias; y establecía toda la normativa por la que debían regirse aquellos territorios mediante las Reales Cédulas, Reales Provisiones y Recopilaciones de Leyes de Indias.

Para el gobierno espiritual, el Consejo de Indias tenía la atribución de ejercer el derecho de presentación de los cargos eclesiásticos, división de obispados,"pase regio" a toda las bulas papales, examinar y aprobar toda las disposiciones de la Iglesia en América incluido los Sínodos.

Las atribuciones de guerra será gestionada por la Junta de Guerra de Indias, en donde entrarán algunos consejeros de "capa y espada" con experiencia militar.

En el ámbito de la justicia, el Consejo de Indias era el más alto tribunal de América y a través de su Sala de Justicia se conocían y sentenciaban asuntos criminales (delitos cometido en la carrera de Indias, evasión tributaria, contrabando, etc. ), conocían también apelaciones en lo civil, pleitos venidos de la Casa de Contratación cuando la suma disputada fuera superior a 40,000 maravedíes, conocía las apelaciones de los Juicios de Residencias, y despachaba los recursos de segunda apelación. Excepcionalmente en la Sala de Gobierno se conocían recursos de injusticia notoria.

Con respecto a las atribuciones hacendísticas, examinaba las cuentas de los oficiales reales y velaba por el desarrollo y fomento de la Real Hacienda.

Con la implantación de la dinastía borbónica a principios del siglo XVIII, el Consejo de Indias irá perdiendo competencias a favor de las Secretarías de Estado y Despacho que se apropiarán de las competencias en materia de Real Hacienda, Guerra, comercio y navegación, pasando el Consejo a una función asesora y de tribunal de justicia. Así, la Secretaría del Universal de Marina e Indias se crea en 1714, que en 1754 es sustituida por la Secretaría de Indias. En 1787 se desdoblan en dos, una de Hacienda y otra de Gracia y Justicia desapareciendo ambas en 1790 cuando los asuntos indianos se adjudicaban según la materia a otros departamentos de la administración.

En el siglo XIX el Consejo de Indias desaparece y se reinstaurara varias veces, siendo por Real Decreto del 24 de marzo de 1834 en que queda definitivamente suprimido.

Forma de Ingreso:

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Signaturas:
CONSEJOS, libros 2658, 2886, 3168-3188, 3280, 3333, 3374, 3415, 3453, 3744, 3754

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación:

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Consejo de Indias
  • Consejos
  • Consejo de Indias (España)

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Unidades relacionadas en el archivo:
4.1 ARCHIVOS PERSONALES Y FAMILIARES
-Torrepando, Conde de. Militar
5. COLECCIONES
5.1 Documentos textuales
- Documentos de Indias

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • Bibliografía: CRUZ HERRANZ, Luis Miguel de la : "Bibliografía del Archivo Histórico Nacional".- En: Boletín de la ANABAD, XLVI, nº 1 (1996) p.392-397
    Bibliografía: CORTÉS ALONSO, V.: "Los Consejos y su documentación: historia, tratamiento y servicios". - En: IRARGI. REVISTA DE ARCHIVÍSTICA, I (1988), p. 165-247
    Bibliografía: CORTÉS ALONSO, V.: "La documentación del Consejo de Indias en el Archivo Histórico Nacional, Madrid". - En: REVISTA DE INDIAS, XLVII, n. 179 (1987), p. 13-37
    Bibliografía: CORTÉS ALONSO, V.: "Documentación para la historia del Oriente Ibérico en la sección de Consejos del Archivo Histórico Nacional (Madrid)".- En: EXTREMO ORIENTE IBÉRICO. INVESTIGACIONES HISTÓRICAS: METODOLOGÍA Y ESTADO DE LA CUESTIÓN. - Madrid, 1989, p. 19-26
    Bibliografía: FUENTE COBOS, C. de la: "Fondos genealógicos y nobiliarios existentes en la sección de Consejos Suprimidos del Archivo Histórico Nacional". - En: COLABORACIONES, III (1991), p. 101-121
    Bibliografía: GIL AYUSO, F. Noticia bibliográfica de textos y disposiciones legales de los reinos de Castilla impresos en los siglos XVI y XVII. - Madrid, 1935
    Bibliografía: LÓPEZ BOHÓRQUEZ, A.E.: "El Archivo de la Real Audiencia de Caracas. Estado actual de las fuentes para su estudio". - En: BOLETÍN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA (CARACAS), LXXIV, n. 294 (1991), p. 55-61
    Bibliografía: NECTARIO MARÍA, Hermano: "Fichero de la Antigua Provincia de La Grita, Mérida y Maracaibo. Archivo Histórico de Madrid, Sección de Consejos". - En: CATÁLOGO DE LOS DOCUMENTOS REFERENTES A LA ANTIGUA PROVINCIA DE MARACAIBO, EXISTENTES EN EL ARCHIVO GENERAL DE INDIAS DE SEVILLA. - Caracas, 1973, p. 373-377
    Bibliografía: NECTARIO MARÍA, Hermano: "Juicios de residencia que se encuentran en el Archivo Histórico de Madrid y en el Archivo General de Indias de Sevilla". - En: BOLETÍN DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN (REPÚBLICA DE VENEZUELA), LXXIX, n. 256-257 (1989), p. 38-77
    Bibliografía: SÁNCHEZ BELDA, L.: "La sección de Consejos del Archivo Histórico Nacional".- En: BOLETÍN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS, n. 23 (1954), p. 13-14
    Bibliografía: SOSA LLANOS, P.V.: "Pleitos venezolanos en el Archivo HISTORICO Nacional de Madrid". - En: BOLETÍN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA (CARACAS), LXX, n. 300 (1992), p. 223-247

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Ramón Romero Cabot
María Jesús Álvarez-Coca

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 1659 Legajo(s)
  • 57 Libro(s)


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