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Código de Referencia: BO.30501.JIM-ARA/1
Título /Nombre Atribuído: Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y Cautelar de Arani
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01-01-1916
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31-12-2005
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Los Juzgados de Instrucción Mixtos tienen la función de conocer las causas. Los Juzgados Liquidadores tienen la misión de sustanciar todas las causas que se encuentren en trámite con el Antiguo Código de Procedimiento Penal que cesó el 2001. Los Juzgados Cautelares atienden causas con el Nuevo Código.
Por Resolución de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, los Juzgados de Instrucción Mixto, Liquidador y Cautelar fueron creados con la función de conocer y atender las causas en materia civil ¿ comercial, penal, de sustancias controladas, de familia, del menor, de trabajo y seguridad social, de minería y administrativas.
Este Juzgado se creó junto a la provincia en 1914, aunque la documentación más antigua es de 1916
Forma de Ingreso: OTROS
Detalle de Otro Ingreso: Acumulación natural
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
La documentación que producen los Juzgados en el marco de sus atribuciones y competencias es la siguiente:
¿ Expedientes de acciones reales y mixtas sobre bienes inmuebles, muebles, dinero y valores, cuya cuantía será determinada en reunión de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.
¿ Interdictos que señala el Código de Procedimiento Civil.
¿ Procesos voluntarios de las demandas de instrucción de partidas de nacimiento y defunción, así como las relativas al estado civil de las personas.
¿ Actos de reconocimiento de firmas y rúbricas, sin considerar la cuantía.
¿ Procesos sumarios de asistencia familiar, tenencia de hijos y de oposición al matrimonio.
¿ Autorizaciones judiciales y concesiones de dispensa matrimonial y otros que estén atribuidos por ley.
¿ Procesos de delitos de acción privada; cuando el delito merezca pena no privativa de libertad; y cuando el delito este reprimido con pena privativa de libertad, cuyo máximo no exceda a dos años.
¿ Autos finales de la instrucción de acuerdo con las prevenciones establecidas por el Código de Procedimiento Penal, etc
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: En la oficina del actuario, los documentos se encuentran clasificados por materias y en orden cronológico. En el depósito parcialmente clasificados por materias
Condiciones de Acceso: Previa autorización del Juez, para las partes interesadas
Condiciones de Reproducción: Las partes interesadas pueden obtener copias de documentos, previa orden judicial
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación: Parcialmente deteriorada
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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