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Gobierno Civil de Albacete

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.2003.AGC/1

Título /Nombre Atribuído: Gobierno Civil de Albacete

[f] 01-01-1917 / 31-12-1990

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Los Gobiernos Civiles se estructuran orgánicamente en la actualidad en base a lo establecido por el Real Decreto 1801/81, de 24 de julio de Reforma de la Administración Periférica y por la Orden de 25 de junio de 1982 que regula la estructura de las Secretarías Generales de los Gobiernos Civiles. Con posterioridad se han efectuado algunas modificaciones en dicha estructura, en cumplimiento de la Ley 30/84 de Relación de puestos de trabajo y la Orden de 2 de Diciembre de 1988 que la completa, así como de la Resolución dada en 20 de enero de 1989 sobre este mismo asunto.

GOBERNADOR CIVIL

1. Secretaría General

1.1. Secretaría Particular
1.2. Gabinete de Prensa
1.3. Gabinete Técnico
1.3.1. Negociado de Estudios, Informes, Documentación y Normativa Legal
1.3.2. Negociado de Programación, Seguimiento y Coordinación Provincial
1.4. Unidad de Protección Civil
1.5. Vicesecretaría General
1.5.1. Negociado de Registro General, B.O.P., Asuntos Generales, Expropiación Forzosa e Información
1.5.2. Negociado de Habilitación y Administración Económica
1.5.3. Negociado de Infracciones Administrativas
1.6. Sección de Personal
1.6.1. Negociado de Personal
1.6.2. Oficina Delegada del Registro Central de Personal
1.7. Sección de Autorizaciones Administrativas
1.7.1. Negociado de Seguridad Ciudadana
1.7.2. Negociado de Extranjeros

JURADO DE EXPROPIACIONES FORZOSAS

2. Direcciones Provinciales Departamentales

3. Comisión Provincial de Gobierno

4. Comisión Provincial del Estado con las Corporaciones Locales

El organigrama del gobierno Civil presenta ciertas peculiaridades que conviene reseñar: en Secretaría General, Sección de Personal (1.6.), se integra la 'Oficina Delegada del Registro Central de Personal', funcionalmente dependiente del Ministerio de Administraciones Públicas. Su existencia se contempla en el Decreto de creación del Registro Central de Personal, de 1985, si bien la Oficina de Albacete no comienza a funcionar hasta 1987.

El JURADO DE EXPROPIACIONES FORZOSAS, que en el organigrama ocupa una posición de semi-dependencia con respecto a la Secretaría General, es un órgano independiente; no obstante la secretaría del mismo recae en el Secretario del Gobierno Civil y su documentación es tramitada por el 'Negociado de Registro General, B.O.P., Asuntos Generales, Expropiación Forzosa e Información' (1.5.1.).

Las Direcciones Provinciales Departamentales (2) dependen orgánica y funcionalmente de los respectivos Ministerios; sin embargo, de acuerdo con el artículo 3.2. del R.D. 1801/81 de 24 de julio, se encuentran bajo la autoridad del Gobernador Civil.

La Comisión Provincial de Gobierno (3) es un órgano deliberante de coordinación inmediata con el Gobernador, al que asiste 'en el cumplimiento de sus funciones de dirección, impulso, coordinación y fiscalización de la actividad de los distintos servicios periféricos' (art. 6.1. R.D. 1801/81 de 24 de julio). La Secretaría del Pleno es desempeñada por el Secretario General y la documentación es tramitada por el Gabinete Técnico (1.3.) Finalmente, la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales (4), que preside el Gobernador, y cuya secretaría queda adscrita al Gobierno Civil de acuerdo con el art. 3.3. del R.D. 1801(81 de 24 de julio, y lleva, también, el Gabinete Técnico (1.3.).

Forma de Ingreso:

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • CENSO DE LOS ARCHIVOS Y LOS FONDOS DOCUMENTALES DE CASTILLA-LA MANCHA
  • ALBACETE (PROVINCIA)

Instrumentos de Descripción:

  • Inventario de Documentación transferida al Archivo Central. 1996.
  • Registro Informático (Base de Datos de Access)

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 50 Fichero(s) Infomático(s)
  • 22 Sellos(s)
  • 254 Mapa(s)
  • 388 Metro(s) lineal(es)
  • 11 Fotografía(s)


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