Acceso Colaboradores
Tipo de entidad: Institución
Subelemento: Sin determinar
Forma autorizada del nombre: España. Audiencia Nacional
Forma(s) paralela(s) del nombre:
Forma(s) normalizada(s) del nombre segun otras reglas:
Otra(s) forma(s) del nombre:
Fecha de existencia: 04-01-1977
Lugar(es):
Función/ocupación(es):
Estatuto Jurídico:
Atribución(es)/Fuente(s) legal(es):
RD-LEY 1/1977, de 4 de Enero, por el que se crea la Audiencia Nacional
Estructura(s) interna(s)/Genealogía:
Artículo 63 1. La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones. 2. El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas. Artículo 64 1. La Audiencia Nacional estará integrada por las siguientes Salas: De Apelación. De lo Penal. De lo Contencioso-administrativo. De lo Social. 2. En el caso de que el número de asuntos lo aconseje, podrán crearse dos o más Secciones dentro de una Sala.
RELACIÓN 1
RELACIÓN 2
RELACIÓN 3
RELACIÓN 4
RELACIÓN 5
Identificador del registro de autoridad:
ES28079MCU432
Identificador(es) de la institución
Reglas y/o convenciones:
Nivel de detalle:
Estado de elaboración: Finalizado
Lengua(s):
Escritura(s):
Fuente(s):
Notas de mantenimiento: AGA. Departamento de Descripción y Conservación
RELACIÓN 1
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