Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.28005.ACME/.16//88484-88542, 88615-88930, 99979-100030, 100974-101034, 101529-101543, 102965-103012, 103321-103322, 103099-103151, 109403-109421, 109874-110136, 114029-114065, 117042-117060, 120826-121066
Título /Nombre Atribuído: 16. Renovación Pedagógica
[c]
01-01-1974
/
31-12-1993
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística: Producida por la Dirección General de Renovación Pedagógica.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Legislación:
- Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre (BOE 8-XI-1986), por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia.
- Real Decreto 26/1990, de 15 de enero, del Ministerio para las Administraciones Públicas, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE 16-I-1990).
- Real Decreto 1954-1995, de 1 de diciembre, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia (B.O.E. 2-XII-1995).
- Corrección de errores del Real Decreto 1954/1995, de 1 de diciembre, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia (B.O.E. 5-III-1996).
- Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Cultura (BOE 6-VIII-1996)R.D. 691/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE 13/5/2000).
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso: Esta documentación ingresó en 1990, 1992, 1993, 1994, 1995, 1998 y 1999 por transferencia ordinaria.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Documentación sobre asuntos generales de la Dirección General de Renovación Pedagógica. Diseño, promoción y difusión de innovaciones educativas de las enseñanzas de Educación Preescolar, General Básica, Especial, Bachillerato y Escuela Oficial de Idiomas. La propuesta de autorización de las experiencias que se realicen en los Centros y la evaluación de las mismas. La formulación de criterios y directrices pedagógicos respecto a los centros, y equipamiento escolar y material didáctico; el estudio y la elaboración de propuestas para la evaluación del rendimiento escolar; la elaboración de las directrices técnico-pedagógicas para la evaluación y ejecución de programas y actividades de formación continuada y de actualización del profesorado y personal directivo de los Centros; el impulso para la introducción de las nuevas tecnologías en la educación; la planificación, coordinación, evaluación y realización de la investigación educativa y la evaluación del propio sistema. Ordenación y gestión en materia de Centros de Educación Especial. Incluye también documentación relacionada con la formación y desarrollo del profesorado. Así como la relacionada con expedientes económicos y con ordenación académica de educación infantil , primaria , secundaria y bachillerato.
Valoración, Selección, Eliminación: La documentación con carácter administrativo con la categoría de valor de gestión o intermedio, en el futuro puede ser objeto de eliminación, atendiendo a la normativa que sobre estos fondos pudiera dictar la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
Nuevos Ingresos: Una vez finalizado su trámite y cumplidos los cinco años de antigüedad la unidad productora remite la remesa de documentación que considere oportuna.
Organización: La organización del fondo responde al principio de procedencia.
Condiciones de Acceso: El acceso del fondo se ve condicionado por el derecho a la salvaguarda de los datos de carácter personal que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a su intimidad, a su propia imagen, y a la averiguación de los delitos. Recogido por la Constitución Española y en el ordenamiento jurídico vigente: Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español; Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa común de la Administración General del Estado; y Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no puede ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano.
Características Físicas y Requisitos Técnicos: Documentación textual.
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Siguiendo el ciclo vital de la documentación, el fondo más antiguo ha sido transferido al Archivo General de la Administración, mientras que la documentación más reciente, la custodia el Archivo de gestión.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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