Acceso Colaboradores
Código de Referencia: MX.9017.AGN/2.5.30.5
Título /Nombre Atribuído: Dirección General de Seguros y Valores
[f]
01-01-1922
/
31-12-1984
Nivel de Descripción: 3ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: El antecedente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se encuentra en la Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Hacienda Pública, creada en 1821; y en 1824 se expidió la Ley relativa a la Hacienda Pública. Con las bases Constitucionales de 1836, los principios que estructuraban en la Hacienda Pública, fueron modificados, y de esta manera se creó el Ministerio de Hacienda. En 1857 se instituyó la Contaduría Mayor de Hacienda y se reestructuró en 1861 para denominarse como hoy en día se conoce, Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En 1917 se separó de la Secretaría todo lo relativo a comercio para integrarlo a la Secretaría de Industria y Comercio; la Ley Orgánica de 1976 abrogó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado y señaló en su artículo las atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En 1935 se estableció que los actos, contratos o documentos que importen obligación inmediata o eventual para las instituciones de seguros deberían ser registrados en la contabilidad. En 1977 se estableció la Dirección de Bancos Seguros y Valores con las atribuciones de la intervención en la formulación de las políticas correspondientes a la materia bancaria, de seguros de finanzas y de valores, y el ejercicio de las atribuciones de la Dirección General de Crédito en las materias señaladas anteriormente. En 1981, la citada dirección, tomó el nombre de Dirección General de Vigilancia de Fondos y Valores. En 1983 nuevamente cambió su denominación a Dirección General de Seguros y Valores, la cual dependió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las funciones principales de la Dirección General de Seguros y Valores son: la elaboración de políticas de promoción, desarrollo, regulación y supervisión de las instituciones de seguros, de fianzas, de las casas de bolsa de las sociedades de inversión, de las bolsas de valores, de las bolsas de futuros y opciones, de las cámaras de compensación, de las instituciones para el depósito de valores, los demás participantes en el mercado de valores, de las organizaciones auxiliares de crédito y casas de cambio, de las actividades de seguros, fianzas, valores y auxiliares de crédito en el ámbito de su competencia de las sociedades controladoras de grupos financieros y de filiales de instituciones financieras del exterior. También compete la elaboración de los Programas Nacional de Financiamiento del Desarrollo y Operativo Anual de Financiamiento de la Administración Pública Federal; así como proponer las autorizaciones para construcción y operación de los intermediarios financieros no bancarios que se señalan en la primera de las funciones que sean competencia de la Secretaría, así como la procedencia de revocación a estas autorizaciones. Propone en el ámbito de su competencia, la autorización para la constitución y el funcionamiento de sociedades controladoras de grupos financieros, así como la respectiva revocación y la autorización para la incorporación de una nueva sociedad a un grupo financiero o la separación de alguno de sus integrantes, la fusión de dos o más grupos financieros, así como la escisión, la fusión de dos o más entidades participantes en un mismo grupo financiero; la escisión y disolución de un grupo financiero, siempre y cuando no participe una institución de banca múltiple; integra y propone programas anuales e instituciones, así como los presupuestos de los intermediarios financieros no bancarios, que tengan el carácter de entidades de la Administración Pública federal; entre otras funciones.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: La documentación comprende: finanzas y resguardos; amparos; reclamaciones o quejas; tarifas de premio y depósitos fijos de la Dirección General de Seguros y Valores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; afianzadoras; Asociación Mexicana de Seguros; diversas compañías aseguradoras; seguros internacionales, entre otros.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: La documentación está ordenada alfabéticamente por compañía y particulares y tiene un orden cronológico en conjunto. Las cajas no están acomodadas en orden númerico. Además el material está debidamente expedientado pero no foliado.
Condiciones de Acceso: El acceso a esta sección, está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.
Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran esta sección, está sujeta a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51.
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Archivo General de la Nación: Hacienda Pública: Archivo Central (141), Nafinsa (227); Real Hacienda: Archivo Histórico de Hacienda (008). Otros archivos: AHSHCP- Archivo Histórico de la Secretaría de Hacienda AHBM- Archivo Histórico del Banco de México.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España