Acceso Colaboradores
Código de Referencia: MX.9017.AGN/1.250.3
Título /Nombre Atribuído: Cárceles y Presidios
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01-01-1645
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31-12-1858
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: La cárcel de la corte de la Nueva España tuvo su origen en el siglo XVI. Estuvo localizada dentro del edificio que fuera el Palacio Principal de Moctezuma, ahora Palacio Nacional. Con motivo de la conquista, el Palacio de Moctezuma, fue cedido en propiedad al conquistador Hernán Cortés, por Real Cédula del 6 de julio de 1529, por lo que fue necesario solicitarle autorización para el alojamiento de la primera audiencia, oidores y salas del tribunal dentro del Palacio. Con el tiempo el inmueble fue comprado a Martín Cortés, hijo del conquistador, el 22 de enero de 1552, durante el reinado de Felipe II, según la escritura otorgada en Madrid por el escribano Cristóbal de Riaño, a un precio de 33,300. A partir de entonces el edificio fue ocupado en forma oficial por el Virrey y los oidores en el año de 1562. En 1578 por disposición de Felipe II en todas las ciudades, villas y lugares de las Indias, debían hacerse cárceles para custodia y guarda de los delincuentes. Además de cárceles, fueron construidas fortalezas para la defensa de las costas y presidios en las provincias. La cárcel de la corte estuvo funcionando dentro del Palacio hasta el año de 1699. A consecuencia de un incendio se destruyeron varias oficinas, pero posteriormente se reedificó el Palacio. Las primeras construcciones levantadas en los pueblos conquistados fueron, entre otras, las cárceles, varias de ellas en la Ciudad de México. Estaba además de la Real Cárcel de la Corte, el Tribunal y la Cárcel de la Acordada. Las cárceles del Tribunal del Santo Oficio fueron principalmente la Secreta, y la Perpetua o de la Misericordia. También existía como presidio el de San Juan de Ulúa. Después de haber experimentado que los presidios de la Nueva España se hallaban sin reglas ni órdenes, Juan de Acuña, presidente de la Real Audiencia, estableció un reglamento que decía, entre otras cosas, que todos los gobernadores y comandantes estarían obligados a remitir una lista y relación jurada de los oficiales de su mando, además de que el carcelero tendría un libro para registrar a los presos. Bibliografía: Historia de la cárceles en México, México, Instituto Nacional de Ciencias Penales, 1979, 135 pp. Recopilación de la Leyes de los Reinos de las Indias, 1681, Tomo I y II, México, Porrúa, 1987. Reglamento para todos los presidios de las Provincias Internas de esta Gobernación en Registro Central, México, Archivo General de la Nación, 1729.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: La documentación comprende nombramientos de comisarios y renuncias, cuentas y compras de los presidios, solicitudes de indulto y disminuciones de penas, copias de diarios de las actividades realizadas en presidios, expedientes de los acusados, solicitudes al virrey para la manutención de los reos, construcciones y reparaciones de las cárceles, diligencias de cirujanos, listas de los gastos mensuales para alimentar presos, listas de los sentenciados de los diversos tribuanales a las cárceles y presidios de San Juan de Ulúa, La Habana, Panzacola, Nueva Orléans y Filipinas, mención de los delitos cometidos por los que fueron juzgados y reglamentos e instrucciones para los presidios. Existen dos expedientes aislados (1856-1844), sobre el presidio de Tlatelolco en México y San Juan de Ulúa en Veracruz.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: La documentación está ordenada cronológicamente.
Condiciones de Acceso: El acceso a ésta serie está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.
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Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Acordada (2), Ayuntamiento (10), Californias (17), Correspondencia de Virreyes (36), Edictos de la Inquisición (43), Gobernación (127), Historia (257), Marina (68), Misiones (74), Pólizas (88) y Provincias Internas (92).
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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