Imagen de cabecera

Detalle Unidad


Gallos

XML

Área de Identificación

Código de Referencia: MX.9017.AGN/1.253.14

Título /Nombre Atribuído: Gallos

[f] 01-01-1786 / 31-12-1836

Nivel de Descripción: 1ª División

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El juego de gallos fue instituido en la Nueva España desde el siglo XVI. Debido a los desórdenes que tal juego provocaba; a partir de 1688 fueron expedidas diversas reales cédulas para prohibirlo; sin embargo, no se le logró eliminar por completo, y para el 27 de septiembre de 1727, el rey decidió autorizar únicamente el juego de gallos en la Nueva España, en beneficio de la Hacienda Pública, pero bajo una serie de condiciones cuyo cumplimiento y verificación correría a cargo del virrey. De esta manera, al aumentar la concesión de las plazas a particulares, la administración del juego de gallos se manejó bajo los llamados asientos, que consistían en el pago de una cantidad fija anual a la Real Hacienda. La tramitación de los remates de los asientos de gallos se hacía en las provincias ante los intendentes, alcaldes mayores, gobernadores y subdelegados, quienes, a su vez, recurrían a la Junta Superior de Real Hacienda y ésta al virrey. El arrendamiento con asentistas se hacía cada 10 años en el caso del juego de gallos, aunque hubo dos etapas de administración por oficiales reales: la primera de 1783 a 1786 y la segunda, en 1791. A partir de la creación de las intendencias, por ordenanza de 1786, se determinó que los intendentes dirigieran los ramos de Real Hacienda como jueces privativos, haciéndose cargo de la renta que generaban los ramos menores. Este fue el caso del juego de gallos, cuya forma de arrendamiento no se vio modificada pues se siguió otorgando a particulares.

Forma de Ingreso: OTROS

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Proporciona información sobre la administración de la renta de gallos a cargo de la Real Hacienda y sobre los trámites realizados durante los remates de asientos, en las plazas de la ciudad de México, Coyoacán, San Agustín de las Cuevas, San Andrés Tuxtla, Yurécuaro, Jalapa, Chilapa, Zacatecas, San Miguel el Grande, Tulancingo, Puebla, Durango, Orizaba, Guanajuato, Veracruz, San Luis de la Paz, Valladolid, Querétaro, San Luis Potosí, Oaxaca y Guadalajara. Figuran también condiciones de los remates y reglas a cumplir para el espectáculo de gallos; acusaciones de incumplimiento; denuncias de juegos clandestinos, así como los estados de cuenta de ingresos que por pago de derechos percibía la Real Hacienda. Un expediente completo contiene los siguientes documentos: postura para el remate, evaluaciones de las posturas, avisos y notificaciones, informes sobre el desarrollo de los remates, fianzas de asentistas y dictámenes sobre remates de asientos.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: Lla documentación está ordenada cronológicamente. El material está debidamente foliado y expedientado.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: El acceso a ésta serie está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.

Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran ésta serie, está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • MOLINA Ruiz, Carmen. Inventario del grupo documental Gallos (inédito). U. D.: expediente, P. C.: del volumen 1 al 3.
  • Archivo General de la Nación.Gallos en Argena II, Base de Datos. México: Archivo General de la Nación, 1993. U. D.: expediente, P. C.: del volúmen 1 al 3.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 4 Otro(s)


© Ministerio de Cultura - Gobierno de España