Acceso Colaboradores
Código de Referencia: MX.9017.AGN/1.253.19
Título /Nombre Atribuído: Montepíos
[f]
01-01-1764
/
31-12-1866
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: Los montepíos fueron establecidos en la Nueva España por la corona a partir de 1761; tuvieron como función asistir económicamente a los deudos directos de los empleados de la administración novohispana, y fueron supervisados en su funcionamiento y aplicación de recursos por la Real Hacienda. Existieron diversos montepíos: Militar, de Ministros, de Inválidos, de Oficiales, de Oficinas, de Pilotos, de Piedad, de Maestranza y de Cirujanos. El Montepío Militar se instituyó el 20 de abril de 1761; sus fondos provenían de los descuentos de los sueldos de los oficiales del ejército. En 1787 la ordenanza de intendentes estableció la incorporación al Montepío Militar de los intendentes de ejército y provincia. Establecido el 13 de junio de 1773 el Montepío de Inválidos tenía como fin asistir a los militares que por edad o heridas recibidas en acciones de guerra no tuvieran los medios para lograr su manutención. Sus caudales provenían del descuento de ocho maravedíes por cada peso del sueldo de todos los miembros del ejército. El 1 de mayo de 1775 se creó el Montepío de Oficiales, en el cual quedaban comprendidos todos los empleados que prestaban servicios en la Real Audiencia y reales cajas, entre otras instituciones. El Montepío de Oficinas, se fundó el 18 de febrero de 1784, ocupándose de pagar pensiones a viudas y huérfanos de los empleados de los tribunales de Justicia y Real Hacienda. El 3 de septiembre de 1785, abrió sus puertas el Montepío de Pilotos, en favor de las viudas e hijos de marinos de la Real Armada. El Montepío de Piedad de Ánimas o Monte de Piedad, se refiere a los préstamos que se efectuaban en el Sacro y Nacional Monte de Piedad.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: La documentación incluye correspondencia del virrey con los directores de los montepíos: ministros, oficinas, militar, maestranza y Piedad. Entre los libros de contabilidad existen manuales de cargo y data de personas que tienen derecho al pago de montepíos; registro de las partidas de caudales; cargos de sueldos vencidos y descuentos de funcionarios públicos; libramientos de oficiales; reales cajas, mesadas y créditos; censo del marquesado del Valle y del Montepío de Oficinas de Tesorería; de oficinas foráneas y Montepío Militar para registro de miembros del ejército y documentos a favor de la tesorería del montepío; recibos y certificaciones de Montepío de ministros para pagos a favor o en contra del Montepío; solicitudes de pensiones y descuentos del Montepío Militar. Pensiones entregadas a viudas y deudos de militares, principalmente en la etapa insurgente; estados de la Contaduría del Monte de Piedad.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización: La documentación está clasificada de acuerdo a los diferentes tipos de Montepíos y ordenada cronológicamente. El material está debidamente foliado y expedientado.
Condiciones de Acceso: El acceso a ésta serie está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.
Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran ésta serie, está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Archivo General de la Nación: Gobierno Virreinal: Fonseca y Urrutia (49), Operaciones de Guerra (81), Pensiones (86), Reales Órdenes (101); Hospital de Jesús (53); Real Audiencia: Bienes de Difuntos (13); Real Hacienda: Archivo Histórico de Hacienda (8), Real Caja (96), Real Hacienda (98) y Alcabalas (4). Otros archivos: AHD- Archivo Histórico del Estado de Durango.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España