Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/13051.31
Título /Nombre Atribuído: Administración de Rentas
[c]
01-01-1619
/
31-12-1853
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Ya desde 1716 todas las rentas reales de cada provincia empiezan a denominarse “rentas provinciales”, y desde 1725 empiezan a arrendarse de forma conjunta; sin embargo, desde 1742 la Corona decide recuperar el control de estas rentas en algunas provincias, a modo de experimento, entre ellas la de Toledo, y para ello, además del intendente y de los subdelegados de rentas, aparece un “administrador general”. En febrero de 1745 se separan la administración de rentas, encomendada a una Junta formada por el Intendente y dos regidores de la capital de la provincia, de su intervención, que queda a cargo del contador de la misma capital. En 1749 se pone fin definitivamente al arrendamiento de rentas, con lo que su administración queda enteramente en manos de la Intendencia.
En 1799 las Juntas provinciales de Hacienda pasan a estar presididas por el intendente y formadas por el administrador provincial —y también los administradores de partido—, el contador y el tesorero. Sin embargo, en 1802 se suprimió la Junta, otorgando todos los poderes al intendente.
En 1814 se vuelve al sistema anterior, y en 1816 se confirma la existencia de una Administración de Rentas separada de la Contaduría y de la Tesorería, las tres oficinas bajo el mando del intendente. La reorganización de las intendencias de 1845 mantiene la Administración de Rentas provincial, así como una Administración subalterna en cada partido, al mando del Subdelegado de Rentas.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Este subfondo incluye la documentación producida como consecuencia de la administración directa de las rentas provinciales. Por tanto, es de gran importancia para conocer la evolución desde el sistema de arrendamientos, propio de los siglos anteriores a la administración directa, así como la simplificación del conjunto de rentas recaudadas por el Estado. Destacan, en este sentido, los acuerdos recaudatorios (“conciertos”) con las diferentes localidades; los repartimientos de las contribuciones; la especial atención a determinadas rentas, como la de posadas, los derechos de puertas o la refacción eclesiástica, y, sobre todo, el “ramo de condadillos”, es decir, la administración encomendada a personas u organismos ajenos a la Intendencia.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Acceso libre, salvo por motivos de conservación.
Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: español. Escritura humanística.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Fondo de la Intendencia de Toledo. Intendente.
Fondo de la Intendencia de Toledo. Desamortización.
Fondo de la Intendencia de Toledo. Contaduría.
Fondo de la Intendencia de Toledo. Tesorería.
Fondo de la Delegación de Hacienda de Toledo. Administración de Rentas.
Fondo de la Delegación de hacienda de Toledo. Propiedades del Estado. Administración de Propiedades.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela, en agosto de 2016. Revisado en agosto de 2024.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España