Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/171.1.1.5.5
Título /Nombre Atribuído: Obra Sindical de Previsión Social
[c]
01-01-1945
/
31-12-1978
Nivel de Descripción: 4ª División
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La Obra Sindical de Previsión Social se crea mediante dos órdenes circulares, de 11 de agosto de 1941 (BOS 19 de septiembre), con la finalidad de proteger al trabajador en materia de previsión social, la extensión del seguro obligatorio y el apoyo a las mutualidades laborales. La Orden General de Delegación nº 25, publicada en los boletines de la DNS de junio y julio de 1942, integra la Obra de Previsión Social en la Vicesecretaría de Obras Sindicales.
La Orden de Servicio 68, de 11 de mayo de 1944 (BOM de 10 de junio) designa un Jefe Superior del Servicio del Seguro de Enfermedad con mando también sobre la Obra “18 de Julio” y sobre la Obra de Previsión Social en cada provincia. La Orden de Servicio 251, de 23 de mayo de 1953 (BOS de 16 de junio) establece además la existencia de un Consejo de Administración provincial común para el Seguro Obligatorio de Enfermedad, para la Obra “18 de julio” y para la Obra de Previsión Social. Por su parte, la Orden de 18 de julio de 1952 había aprobado el estatuto del “corresponsal”, es decir, el agente de la Obra en el ámbito local.
La Orden de Servicio 347, de 4 de marzo de 1960 (BOS 15) aprueba las ordenanzas Generales de la Obra de Previsión Social. Extiende sus funciones a los seguros sociales obligatorios, seguridad e higiene en el trabajo, mutualismo laboral y el apoyo a todas las instituciones dedicadas a la previsión social de los trabajadores. En las provincias, y dentro de la Vicesecretaría de Obras sindicales, existirá una Dirección Técnica de la Obra, bajo cuyo mando se constituirán una Secretaría, un Negociado de Previsión Social Obligatoria y un Negociado de Previsión Social Voluntaria. Se elabora un nuevo estatuto del corresponsal y se reorganiza el Consejo Asesor Provincial de la Obra
Conforme el sistema de Seguridad Social se iba desarrollando, las competencias sobre él fueron pasando al correspondiente Ministerio y, por tanto, saliendo del ámbito de la DNS. Así, la O. de 21 de enero de 1965 declara extinguido el régimen de gestión delegada del Seguro de enfermedad en los servicios sindicales.
La O. de 24 de marzo de 1972 (BOS 28 de marzo) no menciona esta Obra entre las Obras Sindicales dependientes del Secretariado de Promoción y Asistencia, pero la Resolución de 7 de julio del mismo año (BOS 18) especifica que la Obra de Previsión Social conservará de forma provisional su estructura y funcionamiento. Finalmente, el RD 906/1978 suprime la Obra y transfiere sus centros y funciones al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Algunos documentos pueden contener datos personales de acceso restringido, de acuerdo con el Reglamento europeo 2016/679 y el Real Decreto 1708/2011. En general, la restricción de acceso a estos documentos se levantará a los 50 años de su fecha.
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística contemporánea y mecanografiado
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela en octubre de 2017. Actualizada en julio de 2019.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España