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Libros registro de condenas condicionales

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.47186.ARCHV/6.-3.-3.-3.-3

Título /Nombre Atribuído: Libros registro de condenas condicionales

[f] 01-01-1908 / 31-12-1970

Nivel de Descripción: Serie

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/2716943

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica:

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Los Libros registro de condenas condicionales anotan la parte dispositiva del fallo y del auto de suspensión sobre el cumplimiento de la condena condicional, asi como cuantos datos sean necesarios para la inspección sobre el cumplimiento de la condición de la condena.

Legislación:

-Ley de 17 de marzo de 1908 confiriendo a los Tribunales ordinarios la atribución de otorgar la condena condicional art. 1º: "Se confiere a los Tribunales ordinarios la atribución de otorgar motivadamente por si, o aplicar por ministerio de la ley, la condena condicional que deja en suspenso la aplicación de la pena impuesta.
art.12: "Los Tribunales de lo Criminal llevaran separadamente del Registro general de sentencias, un libro, en el que se anotarán las condenas condicionales, haciéndose constar la parte dispositiva del fallo y del auto de suspensión, el lugar de la residencia del reo y cuantos datos sean necesarios para la debida inspección sobre el cumplimiento de la condición de la condena".

-Real Decreto de 23 de marzo de 1908 adoptando las disposiciones convenientes para mejorar el cumplimiento de la ley de 17 de marzo sobre suspensión de condenas.
art. 5º: "En todas las Audiencias se llevará por la Secretaría de gobierno un libro registro de condenas condicionales, bajo la inmediata inspección de sus Presidentes.
Este libro estará foliado, y las inscripciones se harán por órden númerico riguroso, consignándose en cada inscripción la fecha, nombre y apellidos de los sentenciados, parte dispositiva del fallo, auto de suspensión de condena, residencia del penado (...), y los demás datos necesarios para la debida inspección sobre el cumplimiento de la condición de la condena" .
art. 7º: "Todos los libros a que hacen referencia los artículos anteriores tendrán un índice alfabético por apellidos, comprensivos de los individuos en ellos inscritos, con la anotación de la página en donde se halle consignada la inscripción.

-Real Orden Circular de 8 de marzo de 1909, sobre libros de Audiencias y Juzgados "Los libros de registro de condenas condicionales (...) ofrecen una gran variedad en su estructura(...) con el fin de establecer un procedimiento uniforme sobre el particular se ha servido disponer que los expresados libros se ajusten en lo sucesivo a las siguientes instrucciones:
art. 1º: "Los libros que en la actualidad se llevan en Audiencias y juzgados para el registro de condenas condicionales, seguirán utilizándose en la misma forma, adoptada de antemano, hasta que se hayan agotado todas sus hojas" (...).
art. 5º: "En la parte más elevada de la izquierda se consignarán los nombres y apellidos de los reos(...).
art. 6º: "Para cada penado se empleará una hoja con el número correlativo que le corresponda" .

- Decreto de 8 de abril de 1933, sobre los libros que deben llevar los secretarios de las Audiencias.
art. 12: "En el libro de condena condicional se anotarán los datos siguientes:
1º Número y año de la sentencia (En dos casillas) 2º Número y año del rollo (En dos casillas); 3º Nombre del condenado 4º Delito; 5º Pena personal impuesta (Meses y días); 6º Fecha del auto que conceda los beneficios de la condena condicional; 7º Plazo de suspensión; 8º Fecha del auto dejando sin efecto los beneficios;9º Fecha del auto de remisión de la pena 10º Observaciones.

Los datos que se expresan son los mismos que dicta el decreto de 8 de abril de 1933.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: Orden cronológico

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 15 Libro(s)


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