Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.13034.AHPCR/1.1.2
Título /Nombre Atribuído: Juzgado de Menores de Ciudad Real
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01-01-1944
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[c]
01-01-1965
(Comprendida entre)
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31-12-1987
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística: Transferencia realizada el 22 de mayo de 2006, procedente del Juzgado de Menores
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Los primeros Tribunales para niños son creados en 1918 y reorganizados en 1925 con el nombre de Tribunales Tutelares para niños, y en 1929 cambian de nuevo su denominación a la de Tribunales Tutelares de Menores.
El texto refundido de la Ley de Tribunales Tutelares de Menores aprobado por decreto de 11 de junio de 1948 , cuya vigencia se alarga hasta 1992, organiza unas Juntas de Protección en cada capital de provincia, compuestas por el Gobernador Civil como Presidente nato; el Presidente de la Audiencia como Jefe de servicios con facultad ejecutiva; y como vocales: el Obispo de la Diocesis, el Presidente de la Diputación, el Alcalde de la Capital y el Inspector Provincial de Sanidad. Posteriores leyes reformadoras, 19 de diciembre de 1969 y 26 de febrero de 1976, introducen como jueces unipersonales a personal activo de la carrera judicial o fiscal.
Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial crea los Juzgados de Menores atendidos por jueces de carrera que establecen las leyes para aquellos menores que hubieran incurrido en conductas tipificadas como delitos o faltas.
Ley 38/1988 de 28 de diciembre de demarcación y de planta judicial. Titulo III, capitulo IV sobre establecimiento de la planta de los Juzgados, art. 47 dispone la entrada en funcionamiento de los Juzgados de Menores, lo que supone el cese de los hasta ahora Tribunales Tutelares de Menores.
Ley Orgánica 4/1992 de 5 de junio reguladora de la competencia y procedimiento de los Juzgados de Menores, establece Tribunales Tutelares de Menores en las Capitales de Provincia. Esta ley supone una profunda reforma de la de 1948, ante la declaración de inconstitucionalidad del art. 15 .Estuvor vigente hasta el 13 de enero de 2001, fecha en que entra en vigor la Ley 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de menores, en ella quedan salvaguardados todos los derechos constitucionales.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Este Fondo esta compuesto en su mayor parte por expedientes de protección de menores. Las materias que tratan son delitos, bien cometidos por menores, o bien contra ellos. De ahí deriva la doble actuación del Tribunal: reformadora y protectora; algunos de ellos contienen diligencias judiciales en materia penal. Contiene fotografias en blanco y negro
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Cuadro de Clasificación:
1. GOBIERNO
1.1. PRESIDENCIA
2. SECRETARIA
2.1. REGISTRO
2.2. ASUNTOS GENERALES
2.3. PERSONAL
2.4. CONTABILIDAD
3. TUTELA Y REFORMA
3.1. Correspondencia
3.2. Expedientes de protección de menores
3.3. Registro de expedientes de menores
Condiciones de Acceso: Acceso restringido a expedientes de protección con una antigüedad inferior a 50 años, en virtud del articulo 57.1 c)de la ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico español
Condiciones de Reproducción: L
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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