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Delegación Provincial de Trabajo y Empleo en Ciudad Real

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.13034.AHPCR/1.4.5

Título /Nombre Atribuído: Delegación Provincial de Trabajo y Empleo en Ciudad Real

[c] 01-01-1945 (Comprendida entre) / 31-12-2002 (Comprendida entre)

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Dirección General de Seguridad y Salud Laboral
Compentencias y Funciones
La Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha asumió las competencias en materia de Seguridad y Salud Laboral, de acuerdo al REAL DECRETO 382/1995, DE 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Dentro de la actual estructura orgánica de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha, y de acuerdo al DECRETO 92/2004, de 11 de mayo, (DOCM 14-05-2004), por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Trabajo y Empleo, le corresponde a esta Consejería asumir las competencias en materia de Seguridad y Salud Laboral.
Dentro de la Consejería de Trabajo y Empleo, dichas competencias están encomendadas a la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral.
Específicamente dicha Dirección General tiene encomendado desarrollar las siguientes funciones generales:
• Promover la prevención y el asesoramiento a desarrollar por los órganos técnicos en materia preventiva, incluidas las de asistencia y cooperación técnica, la información, la divulgación, formación e investigación en materia preventiva, así como el seguimiento de las actuaciones preventivas que se realicen en las empresas para la consecución de los objetivos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Velar por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales mediante las actuaciones de vigilancia y control, prestando el asesoramiento y la asistencia técnica necesarios para el mejor cumplimiento de dicha normativa y desarrollando programas específicos dirigidos a lograr una mayor eficacia y control.
Estos dos grandes bloques genéricos quedan, a su vez, desglosados en las siguientes funciones específicas:
• Análisis e investigación de las causas y factores determinantes de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, proponiendo las medidas correctoras que procedan. De dichas actuaciones se remitirán informes técnicos a la Inspección de Trabajo en los casos de accidentes mortales, muy graves y graves de forma sistemática. En cualquier otro supuesto se emitirán informes siempre que se soliciten por dicha Inspección de Trabajo.
• Recepción y tramitación de los partes de accidente y enfermedades profesionales.
• Elaborar informes y estadísticas derivadas de la siniestralidad laboral declaradas en la Comunidad de Castilla – La Mancha.
• Elaborar, promover y desarrollar programas de investigación sobre métodos y técnicas de Seguridad, Higiene, Ergonomía y Psicosociología.
• Programar, coordinar, desarrollar y apoyar acciones formativas sobre prevención de riesgos laborales, con especial atención a los colectivos que desarrollen funciones en los Servicios de Prevención, así como al colectivo de trabajadores cuyas condiciones de trabajo sean de mayor riesgo.
• Divulgar y propagar entre las empresas y trabajadores, haciendo especial énfasis en las PYMES, los conocimientos y prácticas de prevención de riesgos profesionales.
• Programar y desarrollar acciones generales y sectoriales que permitan el seguimiento de las actuaciones preventivas en las empresas, prestando a éstas y a los órganos de representación y participación de los trabajadores el asesoramiento y asistencia técnica necesaria.
• Comunicar a la Inspección de Trabajo los casos en que, según criterios técnicos, se detecten situaciones de riesgo grave o inminente en los centros de trabajo.
• Promover proyectos de investigación aplicada, en colaboración con instituciones docentes o investigadoras sobre metodologías y técnicas preventivas, a través de convenios de colaboración o acuerdos.
• Resolver los expedientes de acreditación de las entidades especializadas como Servicios de Prevención Ajenos, auditoras y entidades formativas, así como el control del mantenimiento de las acreditaciones.
• Llevar el registro informatizado de entidades acreditadas como Servicios de Prevención, auditoras, entidades formativas y publicaciones. Igualmente el registro de técnicos con formación de nivel intermedio y/o superior en prevención de riesgos laborales.
• Participar, como órgano científico-técnico de la comunidad en materia de prevención de riesgos laborales, en los foros de debate y discusión del desarrollo normativo o reglamentario en el ámbito nacional e internacional.
• Divulgar el resultado de los estudios, análisis estadísticos o documentos formativos elaborados en base a las propias actuaciones de esta DGSSL.
• Promover subvenciones y ayudas a empresas para que inviertan en materia de prevención de riesgos laborales.
• Tramitar e informar los expedientes de comunicación de apertura de centros de trabajo, en colaboración con la Inspección de Trabajo.
• Tramitación de las comunicaciones de aviso previo a presentar por el promotor de las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
• Proponer acciones y participar en la elaboración de los Planes de actuación de la Junta, para la Prevención de Riesgos Laborales.
• Desarrollar y ejecutar los proyectos de actuación derivados de las acciones contempladas en el Plan de Actuaciones que esté en vigor en cada momento.
• Cuantas otras funciones sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos a lograr de conformidad con las directrices que a través de la Comisión Regional de Seguridad y Salud Laboral, se programen en los Planes de Actuación que se elaboran.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Incluye documentos del Instituto de Higiene y Seguridad en el Trabajo y del Servicio de Condiciones Laborales: planes de choques, seguridad laboral, accidentes de trabajo, etc.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: DELEGACIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y EMPLEO EN CIUDAD REAL
1. SECRETARÍA GENERAL
2. SERVICIO DE TRABAJO
2.1 SECCIÓN DE AUTOEMPLEO
2.2 SECCIÓN DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES
2.3 SECCIÓN DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN
2.4 SECCIÓN DE ORDENACIÓN LABORALY SANCIONES
3. SERVICIO DE CONDICIONES LABORALES
4. INSTITUTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. GABINETE TÉCNICO PROVINCIAL
4.1 DIRECCIÓN
4.2 ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
4.3 ÁREA DE SEGURIDAD, FORMACIÓN E HIGIENE
4.4 ÁREA DE SERVICIOS SANITARIOS
4.5 ÁREA DE ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS MÉDICOS DE EMPRESA

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Libre con las condiciones de la legislación vigente

Condiciones de Reproducción: Libre con las condiciones de la legislación vigente

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: REGULAR

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Ciudad Real (provincia)

Instrumentos de Descripción:

  • Base de datos en access

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 2050 Caja(s)
    • Soporte: Papel


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