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Jefatura Provincial de Obras Públicas

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/13081

Título /Nombre Atribuído: Jefatura Provincial de Obras Públicas

[c] 01-01-1861 / 31-12-1982

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación ingresó en el AHPTO en dos transferencias, ambas procedentes de la Delegación de la Consejería de Obras Públicas. En diciembre de 2000 ingresaron la mayor parte de los documentos, y en febrero de 2001 un pequeño resto de documentos.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La RO de 24 de diciembre de 1857 divide el territorio peninsular, a efectos de carreteras, en “demarcaciones” que se corresponden con las provincias. Al frente de cada demarcación existirá un Ingeniero Jefe, que se comunicará con el Gobernador Civil a través de la Sección de Fomento. Sin embargo, estas secciones serán suprimidas por RD de 14 de agosto de 1893, despachando los Ingenieros Jefes directamente con el Gobernador Civil, que mantendrá en sus manos la resolución final de los expedientes. En este momento, la construcción o modificación de las carreteras estaba sometida a la aprobación del Ministro de Fomento, previo informe del Ingeniero Jefe provincial, de acuerdo con la Ley de Carreteras de 22 de julio de 1857. Hay que tener en cuenta que las carreteras y caminos podían ser públicos o privados, y que la construcción o modificación de los públicos estaba sometida a la planificación del Ministerio. La Ley de Carreteras de 4 de mayo de 1877, por su parte, distingue, dentro de las públicas, las costeadas por el Estado, por las Diputaciones o por los Ayuntamientos.
Mientras tanto, el RD de 18 de abril de 1900 suprime el Ministerio de Fomento, del que se desgaja un nuevo Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas. Las oficinas provinciales del antiguo Ministerio de Fomento pasarían a depender de este nuevo Ministerio. El Reglamento del Ministerio aprobado por RD de 29 de marzo de 1901 deja las Obras Públicas en manos de una Dirección General específica. El RD de 6 de enero de 1905 recupera la denominación de Ministerio de Fomento. Los sucesivos cambios de competencias que implicaron al ministerio no afectaron, sin embargo, a las obras públicas, que continuaron en él, sin modificar su estructura, hasta su conversión en Ministerio de Obras Públicas por Ley de 16 de diciembre de 1931. El D. de 4 de enero del año siguiente establece, dentro del Ministerio, una Dirección General de Caminos, que desde 1947 pasaría a llamarse Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales. En cuanto a las Jefaturas de Carreteras, que se mantienen inalteradas, la Ley de 20 de mayo de 1932 otorga a sus Ingenieros Jefes la única competencia que todavía no tenían en materia de carreteras: la aprobación de los expedientes de construcción y modificación de carreteras.
La Ley de 18 de diciembre de 1950 pone en marcha el primer Plan de Modernización de Carreteras, para cuya ejecución las Jefaturas provinciales de Carreteras se agrupan en siete zonas; la de Toledo se incluye en la Zona Central, con sede en Madrid. El D. de 24 de enero de 1958 suprimirá en la práctica estas zonas, encomendando a los nuevos Inspectores de Demarcación de Obras Públicas la función de coordinar todas las actuaciones de las Jefaturas Provinciales. Por su parte, el D. 1558/1959 otorgará a los jefes provinciales algunas competencias hasta entonces encomendadas a los Directores Generales sobre autorizaciones de obras, servidumbres de paso, permutas de terrenos y autorizaciones de subastas.

El D. 2764/1967 reorganiza toda la Administración General del Estado, incluyendo la periférica y, dentro de ella, sustituye las jefaturas provinciales de Carreteras por delegaciones Provinciales de Obras Públicas, que incluirán también las Jefaturas provinciales de Transportes y, en el caso de las capitales de las Jefaturas Regionales, sus funciones pasarán también a sus correspondientes Delegaciones.

Por RD 1558/1977 el Ministerio de Obras Públicas se transforma en Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, perdiendo las competencias en materia de transportes pero recogiendo las competencias en materia de vivienda, que venían siendo ejercidas desde 1939 por el Instituto Nacional de la Vivienda. El RD 754/1978 estructura el nuevo ministerio, de forma que las competencias en materia de carreteras quedan en la nueva Dirección General de Carreteras, y las de vivienda en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda. En cada provincia existirá una Delegación provincial de Ministerio, que asumirá también las funciones de las Delegaciones provinciales del Instituto Nacional de la Vivienda. Una O. de 9 de junio del mismo año clasifica la Delegación de Toledo dentro del “grupo C”, lo que implica la existencia de una Secretaría General, una División de Carreteras, una División de Vivienda y Arquitectura, y una División de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente. Como consecuencia de las transferencias a las nacientes Comunidades Autónomas, el RD 3314/1981 adapta la administración periférica del Ministerio, de manera que las Delegaciones provinciales pasan a ser Direcciones Provinciales. En 1985, una vez culminado el proceso de transferencias de competencias a las Comunidades Autónomas, el RD 2680/1985 suprime las Direcciones provinciales, quedando los servicios provinciales no transferidos adscritos directamente a los Gobiernos Civiles. La O. de 7 de febrero de 1986 crea una Demarcación de Carreteras en Castilla-La Mancha, con sede en Toledo, estructurada en dos Servicios de Planeamiento, Proyectos y Obras; un Servicio de Conservación y Explotación , un Servicio de Apoyo Técnico y un Servicio de Actuación Administrativa.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley 30/1982, otorga a esta comunidad las competencias exclusivas sobre vivienda y sobre las carreteras que transcurran íntegramente por la región. Para gestionar estas competencias, entre otras, el D. 1/1982 de la Comunidad autónoma de Castilla-la Mancha crea la Consejería de Obras Públicas, Transporte y Comunicaciones, que por D. 30/1983 se convertirá en Consejería de Política Territorial y Transportes y cuyas competencias se fijarán por D. 46/1983. Pero ese mismo año, por D. 84/1983, perderá las competencias en materia de transportes, pasando a denominarse Consejería de Ordenación del Territorio. En D. 97/1984 desarrolla la estructura orgánica de la Consejería, apareciendo por primera vez sus Delegaciones provinciales.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Este fondo está compuesto de dos series documentales: expedientes de construcción de viviendas de protección oficial, y expedientes de construcción de carreteras.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Algunos documentos pueden contener datos personales de acceso restringido, de acuerdo con el Reglamento europeo 2016/679 y el Real Decreto 1708/2011. En general, la restricción de acceso a estos documentos se levantará a los 50 años de su fecha.

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística y mecanografiado.

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Obras Públicas
  • Delegación Provincial de Obras Públicas de Toledo
  • Urbanismo
  • Toledo (Provincia)
  • Vivienda
  • Carreteras
  • Vías de Comunicación

Instrumentos de Descripción:

  • Base de datos accesible en el AHPTO.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Obras Públicas

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela, en marzo de 2017.

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 383 Caja(s)
    • Soporte: Papel
  • 1 Legajo(s)
    • Soporte: Papel


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