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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: CONTADURÍA DE HIPOTECAS DE FRECHILLA
[f]
01-01-1768
/
31-12-1862
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Estos fondos se conservaban en los archivos de los Registros de la propiedad y se trasfirieron a los Archivos Históricos Provinciales como consecuencia de la Orden de 14 de diciembre de 1957, que establecía la recogida por parte de estos de toda la documentación referente a las extinguidas Contadurías de Hipotecas.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La creación de los oficios o Contadurías de Hipotecas constituyó “el primer intento serio y efectivo de imposición de un sistema de publicidad registral sobre la transmisión de bienes inmuebles”. Pese a los intentos del siglo XVI, XVII y la primera mitad del XVIII , lo cierto es que todos acabaron en fracaso. Por eso la verdadera historia de la institución en realidad arranca en la “Instrucción para el método y formalidades que se deben observar en el establecimiento del Oficio de hipotecas en todas las capitales de Partido del Reino” que redactaron D. Pedro de Campomanes y D. José Moñino, como fiscales del Consejo de Castilla y que Carlos III aprobó como Real pragmática el 1 de Enero de 1768.
El oficio estaba a cargo del escribano de Cabildo más antiguo, que debía llevar un libro registro por cada uno de los pueblos del partido, donde se debía tomar razón de las escrituras que contuviesen algún tipo de cargas, siempre en el tomo correspondiente al pueblo donde estuviera situada la finca gravada.
En origen era un registro de cargas, sin carácter fiscal y sin tener en cuenta para nada el dominio. El nuevo sistema tuvo éxito debido, quizás a la obligatoriedad de presentar todas las escrituras afectadas en el oficio, de lo contrario no alcanzarían validez jurídica en caso de pleito.
A este Registro se añadió en 1774, la obligación de inscribir en el nuevo registro todas las escrituras notariales que contuviesen censos o hipotecas y que hubiesen sido otorgadas antes de de 1768.
El 31 de diciembre de 1829 se establece un nuevo impuesto el “derecho de hipotecas”, que consistía en el cobro de un medio por ciento de las cantidades estipuladas en toda venta, cambio y otro cualquier tipo de contrato en el que tuviese lugar la traslación de dominio. Este nuevo impuesto quedó plenamente consolidado en la Ley de presupuestos de 1845 (del ministro D. Alejandro Mon), donde se establecía de manera mas general el Derecho de Hipotecas, se especificaban que escrituras estaban sujetas a él y sobre todo se estipulaba que los libros de registro se llevarían por fincas y no cronológicamente como hasta entonces, nacen así los libros registro de “traslaciones de dominio”.
A pesar de todos estos cambios y a la vista de que estas Oficinas no garantizaban suficientemente la propiedad, se procedió a su radical reforma. En la Ley Hipotecaria de 1861 se establece el nacimiento de los Registros de la Propiedad, y con él dos nuevos libros registro: el registro de la Propiedad propiamente dicho y el registro de Hipotecas. Esta duplicidad de libros no se juzgó oportuna y por Ley de reforma de 1869 quedaron suprimidos los registros de Hipotecas, subsistiendo tan solo el de la Propiedad, que ha llegado hasta nuestros días.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Contiene fondos de las siguientes localidades: Abarca de campos 1768-1862, Abastas 1831-1862, Abastillas 1831-1862, Añoza 1831-1862, Autillo de Campos 1768-1862, Baquerín de Campos 1768-1862, belmonte de Campos 1768-1862, Benavides 1847-1861, Benavides (coto redondo), Benavides (Exmonasterio) 1849-1851, Boada de Campos 1845-1862, Boadilla de Rioseco 1831-1862, Capillas 1845-1862, Cardeñosa de Volpejera 1831-1862, cardeñosa del Rebollar, Caserío de Padilla 1849, Castil de Vela 1769-1862, castromocho 1768-1862, Cisneros 1831-1862, Coto de Padillas 1856, despoblado de Valdejoque, Frechilla 1768-1862, Fuentes de Nava 1768-1862, Guaza de campos 1845-1862, Mazariegos 1845-1862, Mazuelos de Valdeginate 1831-1862, Meneses de Campos 1768-1862, Paredes de nava 1845-1862, Pozo de Urama 1831-1862, Pozuelos del Rey 1831-1862, San Román de la Cuba 1831-1862, Varios Lugares 1768-1862, Villacidales 1769-1862, Villada 1797-1862, Villalcón 1831-1862, Villainvierno 1769, Villalumbroso 1831-1862, Villanueva del rebollar 1831-1862, Villarramiel 1845-1862, Villatoquite 1832-1862, Villelga 1832-1862, Villemar 1831-1862, Villerías de campos 1845-1862,
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Libre
Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, solo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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