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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: INTENDENCIA PROVINCIAL
[f]
01-01-1749
/
31-12-1752
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
La orden Circular de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda de 12 de enero de 1962 ordenaba el traslado de los fondos de Hacienda de mas de 25 años de antigüedad a los Archivos Históricos Provinciales, lo que permitió el ingreso de documentación tan importante como el Catastro del Marqués de la Ensenada y la documentación de la Administración de propiedades y derechos del estado relativa a la desamortización Civil y eclesiástica del siglo XIX.
El ingreso de la documentación del Catastro del Marqués de la Ensenada se realizó durante los años 1968 y 1969, junto a la de las Desamortizaciones, procedentes ambas del archivo de la delegación de Hacienda de Palencia.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Felipe V crea una secretaría de despacho para hacienda y el frente de ella coloca un Superintendente general que se convierte en el jefe de toda la Administración. Como consecuencia se establecen a nivel provincial en 1711 las primeras intendencias reguladas por una instrucción de 1718, aunque no se consolidarán hasta 1749.
La Intendencia, de clara inspiración francesa, en un principio tenía como función el cuidado de los aspectos económicos del ejército. Al frente existía un intendente. Sus atribuciones en aumento abarcaron el campo judicial , administrativo, financiero y militar. En el campo financiero los intendentes eran los delegados del Superintendente General y vigilaban la recaudación en la provincia y la actuación de los subdelegados en los partidos. Las competencias están reflejadas en la Ordenanza de 1749. Se implantó de forma gradual y se estabilizó en la época de Carlos III con la instrucción de 10 de Noviembre de 1760. La Constitución de 1812 encomienda las funciones en materia de hacienda Pública a las Diputaciones y deja las Intendencias en segundo lugar. Fernando VII les devuelve las competencias en cuanto a la Administración provincial de hacienda. La reforma de 1845 reconoce el Intendente como jefe superior de todos los ramos de la Hacienda Pública en la provincia. Suprimidas por real decreto en 1849, sus atribuciones pasan a los gobernadores de provincia.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Contiene únicamente el Catastro del Marqués de la Ensenada.
La operación catastral bautizada con el nombre de su impulsor el Marqués de la Ensenada, D. Zenón de Somodevilla, Ministro de Fernando VI, tenía por objeto conocer los propietarios de los bienes y la titularidad de las rentas generadas en la Corona de castilla hacia 1750. A la vista de los datos que arrojará la averiguación, Ensenada pretendía transformar el confuso, por complicado, sistema tributario castellano, eliminando los múltiples conceptos contributivos (Rentas provinciales) e implantado un solo impuesto. La Única Contribución, nombre que técnicamente recibió dicha reforma hacendística.
El proceso administrativo a que dio lugar la información catastral fue espectacular, mucho por el volumen de documentación generada, parte de la cual es la que ha llegado hasta nosotros, pero sobre todo por la calidad y el rigor organizativo con los que se desarrolló.
Aunque no se cumplió la finalidad para la que se planteó la ingente operación catastral de ensenada, la reforma tributaria, sus artífices consiguieron un objetivo secundario de naturaleza informativa sin parangón. Gracias a los trabajos de la gran máquina administrativa montada, la Historia dispone de una singular fuente documental para conocer la situación de las provincias de la Corona de Castilla.
A través del catastro pueden conocerse aspectos tan variados como la distribución de la propiedad, la población, los estamentos sociales, la genealogía, la vida municipal, la toponímia o los precios, entre otras muchas particularidades de la provincia de Palencia en la época citada, e incluso la Historia del Derecho para la que pueden servir los numerosos documentos (privilegios, escrituras, etc.), que aparecen transcritos en cuantos pueblos- bastantes- consideraron conveniente incorporarlos a la investigación catastral para acreditar o hacer valer sus derechos. Por la índole fiscal de la investigación, quedaron fuera los bienes no productivos (edificios religiosos entre ellos), por esta causa no se encuentran datos de las obras artísticas de cada lugar, aunque si aparecen las personas que ejercían actividades en el campo del arte.
Los tipos documentales que forman este fondo son: Apeos, autos generales, bienes eclesiásticos, bienes seglares, familias de eclesiásticos, familias de seglares, índices de pueblos, órdenes, respuestas generales y títulos de pertenencia, relaciones de mayores hacendados, relaciones de eclesiásticos, relaciones de seglares, respuestas generales, títulos de pertenencia.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, solo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias: El fondo está microfilmado prácticamente en su totalidad, en 35mm y en 16mm
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Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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